Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
27-10-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101027-217

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

217
Ejecución 5 de 2010

Doña María Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 5 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Rodríguez Jiménez, don Antonio Cabrera García, don Fermín Pérez Luengo, doña Amparo García Gómez, don Luis Blázquez Rodríguez, don Antonio Benayas Hernández, don Manuel Díaz de la Riva, doña Asunción Rosa Fernández, doña María de los Ángeles Mateo Escribano y doña María Judith Montoya Gutiérrez, contra la empresa “Encuadernación Guijarro, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 1 de julio de 2010.

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Encuadernación Guijarro, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia por importe de 574.080,85 euros en concepto de principal. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encuadernación Guijarro, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.305/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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