Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
28-10-2010

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101028-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

88
Juicio de faltas 1.393 de 2007

Doña Sara Hervás González, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el juicio de faltas número 1.393 de 2007 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 149 de 2010

En Móstoles, a 25 de mayo de 2010.—Vistos por mí, doña Inés Malagón Martín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas número 1.393 de 2007, en los que han sido partes: como denunciantes, don Antonio Bermejo Peña y don Adrián René Ribas García, y como denunciado, don Antonio Tomás González Álvarez, actuando como responsable civil directa la entidad aseguradora “Mutua Madrileña Automovilista”.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don Antonio Tomás González Álvarez de la falta que le fue imputada en el presente procedimiento, declarándose de oficio las costas procesales.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación escrita, ante este mismo Juzgado, que será resuelto por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Llévese certificación de la presente a los autos principales.

Notifíquese al ministerio fiscal y a las partes.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia don Antonio Bermejo Peña, actualmente en paradero desconocido, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, dentro del plazo de cinco días, expido la presente en Móstoles, a 27 de septiembre de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/38.007/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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