Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
28-10-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101028-133

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

133
Demanda 484 de 2010

Doña María José Sotorra Campodarve, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 484 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio Osvaldo Bravo Robles, contra la empresa “Reformas Integrales Campomanes, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 489 de 2010

En nombre de Su Majestad el Rey.—En Madrid, a 21 de septiembre de 2010.

Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de los de Madrid, los presentes autos sobre despido, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, don Sergio Osvaldo Bravo Robles, asistido por la letrada doña Geraldina González Gil, y de otra, como demandada, “Reformas Integrales Campomanes, Sociedad Limitada”, que no comparece.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Sergio Osvaldo Bravo Robles contra “Reformas Integrales Campomanes, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa a que abone al actor la suma de 4.237,74 euros, más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Reformas Integrales Campomanes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.331/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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