Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
29-10-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101029-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Gestión Urbanística

Departamento de Gestión Zona I

60
Estatutos entidad urbanística de conservación Cuatro Torres

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2010, ha adoptado el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar definitivamente los estatutos para la constitución de la Entidad Urbanística de Conservación “Cuatro Torres”, del Área de Planeamiento Remitido 08.04 “Ciudad Deportiva”, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 27.1 y 162 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprobó el Reglamento de Gestión Urbanística, subsanando la redacción del párrafo 2.o de su artículo 19.1, que quedará redactado en los siguientes términos:

“Para la fijación de las mismas se considera que las Torres participan con igual porcentaje en las labores de conservación de la urbanización y que su participación conjunta supone un 54,83 por 100 del total del sector, y que la participación del Centro de Convenciones supone un 45,17 por 100 respecto del total, tal y como establece el artículo 8 de los presentes Estatutos”.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con notificación a los interesados.

Tercero.—Designar, como representante de la Administración en el órgano rector de la Entidad Urbanística de Conservación “Cuatro Torres”, al concejal-presidente de la Junta Municipal del Distrito de Fuencarral-El Pardo o persona en quien delegue».

Con la publicación del presente anuncio se consideran notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado, a los efectos establecidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Lo que se publica para general conocimiento, significándose que el contenido del precedente acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra el mismo, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En el supuesto de que se optase por interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Si el recurso de reposición es resuelto expresamente, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será el de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de su resolución, y en el supuesto de desestimación presunta, el plazo de presentación del referido recurso contencioso-administrativo es de seis meses, a contar desde el siguiente día en que debe entenderse presuntamente desestimado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre. Sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime pertinente.

Madrid, a 8 de octubre de 2010.—El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado.

(02/10.195/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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