Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
01-11-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101101-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

62
Demanda 1.019 de 2009

Doña María del Carmen Martínez Sanjurjo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Santander.

Hago saber: Que en los autos número 1.019 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Nuria Vega Pérez, contra la empresa “Rofel Trading, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “Club Outlet Distribuciones España, Sociedad Limitada”, “Litelzin Distribución Europea, Sociedad Limitada”, y “Lujuca Eurostock, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Carlos de Francisco López.—En Santander, a 7 de septiembre de 2010.

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito por el letrado don Ángel Blanco Llanos, en nombre y representación de doña Nuria Vega Pérez, únase a los autos de su razón, se tiene por subsanada la demanda, ampliando la misma frente a “Club Outlet Distribuciones España, Sociedad Limitada”, “Litelzin Distribución Europea, Sociedad Limitada”, y “Lujuca Eurostock, Sociedad Limitada”, procédase al señalamiento de las mismas para el día 2 de mayo de 2011, a las nueve y cincuenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, reiterando los apercibimientos y requerimientos de la citación inicial y sirviendo este proveído de citación en legal forma a las partes del procedimiento. En cuanto a las pruebas propuestas: estese a las ya admitidas en el procedimiento.

Cítese a la empresa “Rofel Trading, Sociedad Limitada”, a través del “Boletín Oficial de Cantabria”, así como al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a ella cabe recurso de reposición, previa acreditación del depósito de la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el “Banco Español de Crédito”, número 3867000069/101909, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso. De dicho depósito estarán exentos el trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que les sirva de citación en legal forma a “Litelzin Distribución Europea, Sociedad Limitada”, y “Lujuca Eurostock, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Santander, a 11 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.595/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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