Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
02-11-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101102-58

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Gestión Urbanística

Subdirección General de Promoción de Suelo

Departamento de Expropiaciones I

Sección de Expropiaciones

58
Proyecto expropiación paseo de la Dirección

Por medio del presente edicto, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a doña Jacinta Godoy Ruiz y don Anselmo José González, a quienes se les comunicó mediante notificación individualizada que ha sido devuelta por el servicio de Correos al no haber comparecido a su retirada en el plazo establecido (según lo indicado por este servicio), lo siguiente:

“La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 16 de abril de 2009, aprobó el Proyecto de Expropiación por tasación correspondiente a la unidad de ejecución por expropiación del Plan Parcial de Reforma Interior 06.02 Paseo de la Dirección, con estimación o desestimación de las alegaciones formuladas durante el trámite de información pública. Todo ello de conformidad con los artículos 201 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística (Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto) y artículo 123 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Asimismo, el precitado acuerdo dispuso su notificación individualizada junto con la hoja de aprecio individualizada a los titulares de bienes y derechos afectados, para que en el término de veinte días pudieran manifestar por escrito su disconformidad con la valoración establecida en el proyecto de expropiación aprobado, tal y como establece el artículo 202.7 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Habiendo sido presentado por su parte escrito, en el que manifiesta la disconformidad con la valoración contenida en el Proyecto de Expropiación aprobado, y de conformidad con la normativa que se indica, procede:

1.o Dar traslado del expediente al Jurado Territorial de Expropiación de la Comunidad de Madrid, a efectos de fijar el justiprecio definitivo en vía administrativa (artículo 202.8 del Reglamento de Gestión Urbanística). Lo que se comunica para su conocimiento.

2.o El pago del importe de la valoración establecida en el Proyecto de Expropiación (artículo 203.2 del Reglamento de Gestión Urbanística y artículo 52.6 de la Ley de Expropiación Forzosa de 1954).

Con el fin de proceder al pago de la hoja de aprecio de la Administración y suscribir el acta de pago y ocupación, se les cita para que comparezcan el día 16 de noviembre de 2010, a las nueve y treinta horas, en el salón de actos de la Dirección General de Gestión Urbanística, en la calle Guatemala, número 13, de Madrid, aportando la siguiente documentación:

A) Propietarios:

— Certificación de dominio y cargas expedida por el Registro de la Propiedad en el que conste el interesado como titular registral de la finca objeto de expropiación (artículo 30.3 de la Ley del Suelo, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio).

— Documento nacional de identidad y número de identificación fiscal de todos los titulares.

— Último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles.

En el caso de titulares de actividad económica:

— Licencia Municipal de Apertura, alta y último recibo pagado del Impuesto de Actividades Económicas.

— Cualquier otro que estime oportuno.

B) Arrendatarios:

— Documento nacional de identidad y número de identificación fiscal de todos los titulares.

— Contrato de arrendamiento.

— Últimos recibos del pago de la renta.

En el caso de titulares de actividad económica (locales en arrendamiento):

— Licencia Municipal de Apertura, alta y último recibo pagado del Impuesto de Actividades Económicas.

— Cualquier otro que estime oportuno.

Para la firma del acta de pago y ocupación deberán comparecer todos los titulares del bien y/o derecho que se afecta, por sí o debidamente representados.

Por último, se comunica que la incomparecencia a dicho acto o la no presentación de la documentación requerida que acredite la condición de propietario o arrendatario dará lugar a la consignación del importe de la hoja de aprecio de la Administración, según lo dispuesto en el artículo 51.1.a) del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, quedando así legitimada la ocupación de la finca”.

Madrid, a 23 de septiembre de 2010.—La jefa del Departamento de Expropiaciones I, Francisca Martín Canales.

(02/9.968/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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