Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
05-11-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101105-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

83
Modificación ordenanzas fiscales

En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 2/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se encuentran expuestos al público los acuerdos provisionales que a continuación se relacionan, adoptados por la Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2010.

Aprobar la codificación de las ordenanzas fiscales siguientes:

A) Acuerdos de modificación de las ordenanzas de los siguientes impuestos:

1. Ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección.

2. Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

3. Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.

4. Ordenanza fiscal del impuesto sobre actividades económicas.

B) Acuerdos de modificación de las ordenanzas de las siguientes tasas:

1. Tasa por expedición de documentos administrativos.

2. Tasa por prestación de servicios del cementerio municipal.

3. Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del subsuelo, suelo y vuelo de terrenos de uso público.

4. Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial en terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa.

5. Tasas por instalación de quioscos, puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situadas en terrenos de uso público e industrias callejeras ambulantes.

6. Tasa por licencias urbanísticas.

7. Tasa por prestación de servicios de orden urbanístico.

8. Tasa por licencia de apertura de establecimientos.

9. Tasa por depósito de carteles publicitarios.

10. Tasa por retirada de vehículos de la vía pública.

11. Tasa por prestación de servicios en el Área de Alcaldía Sanidad.

12. Tasa por instalación de cajeros automáticos en la vía pública.

Los interesados legítimos a los que hace referencia el artículo 18 del Real Decreto 2/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, podrán examinar el referido expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las siguientes reglas:

a) Plazo de información pública y audiencia, así como presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.

c) Organismo ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

En el supuesto de que no se presenten reclamaciones en el plazo de información pública, se entenderán definitivamente adoptados estos acuerdos.

En Villaviciosa de Odón, a 29 de octubre del 2010.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(03/41.734/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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