Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
08-11-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101108-19

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

19
ORDEN 2324/2010, de 7 de octubre, por la que se deniegan subvenciones solicitadas al amparo de la convocatoria de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para el equipamiento de bibliotecas públicas correspondiente al ejercicio 2010.

Mediante Orden 2330/2008/02, de 12 de diciembre, de la Consejería de Cultura y Turismo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de enero de 2009), se establecieron las bases reguladoras de las subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para el equipamiento de bibliotecas públicas.

En desarrollo de la anterior, por Orden 222/2010, de 18 de febrero, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de marzo de 2010), se convocaron las ayudas correspondientes al ejercicio 2010.

A la vista de las solicitudes recibidas, previos los informes técnicos oportunos, y de su valoración por parte de la Comisión de Evaluación de las ayudas reunida en fecha 18 de mayo de 2010, se ha elevado propuesta de resolución por parte de la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas.

Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por los artículos 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Denegar subvenciones a los municipios relacionados en el Anexo de la presente Orden, por las causas de exclusión o desestimación que en cada caso se especifican.

Segundo

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2010.—El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, FDF, la Viceconsejera de Cultura (Orden 494/2010, de 25 de marzo), Concepción Guerra Martínez.

ANEXO II

Municipio. — Causa de denegación

Ajalvir. — No obtención de la puntuación suficiente.

Alcalá de Henares. — No obtención de la puntuación suficiente.

Alpedrete (señalización). — No obtención de la puntuación suficiente.

Arroyomolinos (accesibilidad). — La Orden 222/2010, de 18 de febrero, no contempla lo solicitado como gasto subvencionable.

Arroyomolinos (mobiliario). — No obtención de la puntuación suficiente.

El Atazar. — No obtención de la puntuación suficiente.

Becerril de la Sierra. — No obtención de la puntuación suficiente.

Berzosa del Lozoya. — No obtención de la puntuación suficiente.

Brunete. — No obtención de la puntuación suficiente.

Buitrago del Lozoya (señalización y accesibilidad). — No obtención de la puntuación suficiente.

Campo Real. — No obtención de la puntuación suficiente.

Canencia de la Sierra. — No obtención de la puntuación suficiente.

Cercedilla. — No obtención de la puntuación suficiente.

Chapinería. — No obtención de la puntuación suficiente.

Chinchón. — No obtención de la puntuación suficiente.

Ciempozuelos. — No obtención de la puntuación suficiente.

Cobeña. — No obtención de la puntuación suficiente.

Colmenar de Oreja. — No obtención de la puntuación suficiente.

Colmenar del Arroyo. — No obtención de la puntuación suficiente.

Colmenar Viejo. — No obtención de la puntuación suficiente.

Colmenarejo. — No obtención de la puntuación suficiente.

Corpa. — No obtención de la puntuación suficiente.

Daganzo (equipos informáticos y señalización). — No obtención de la puntuación suficiente.

Estremera. — No obtención de la puntuación suficiente.

Fresno de Torote. — Solicitud presentada fuera de plazo.

Fuente el Saz de Jarama. — No obtención de la puntuación suficiente.

Fuentidueña de Tajo. — No obtención de la puntuación suficiente.

Galapagar. — No obtención de la puntuación suficiente.

Getafe. — No obtención de la puntuación suficiente.

Guadalix de la Sierra. — No obtención de la puntuación suficiente.

Guadarrama. — No obtención de la puntuación suficiente.

Humanes de Madrid. — No obtención de la puntuación suficiente.

Loeches. — No obtención de la puntuación suficiente.

Mejorada del Campo (equipos informáticos). — No obtención de la puntuación suficiente.

Miraflores de la Sierra. — No obtención de la puntuación suficiente.

Los Molinos. — No obtención de la puntuación suficiente.

Morata de Tajuña. — No obtención de la puntuación suficiente.

Navas del Rey. — No obtención de la puntuación suficiente.

Olmeda de las Fuentes. — No obtención de la puntuación suficiente.

Parla. — No obtención de la puntuación suficiente.

Pinilla del Valle. — No obtención de la puntuación suficiente.

Puebla de la Sierra. — No obtención de la puntuación suficiente.

Puentes Viejas. — No obtención de la puntuación suficiente.

Quijorna. — No obtención de la puntuación suficiente.

Rascafría (equipos informáticos). — No obtención de la puntuación suficiente.

Robledo de Chavela (equipos Informáticos y señalización). — No obtención de la puntuación suficiente.

San Agustín del Guadalix (equipos informáticos). — No obtención de la puntuación suficiente.

San Fernando de Henares (equipos informáticos). — No obtención de la puntuación suficiente.

San Lorenzo de El Escorial (equipos informáticos). — No obtención de la puntuación suficiente.

San Martín de la Vega. — No obtención de la puntuación suficiente.

Los Santos de la Humosa. — No obtención de la puntuación suficiente.

La Serna del Monte. — No obtención de la puntuación suficiente.

Serranillos del Valle. — No obtención de la puntuación suficiente.

Sevilla la Nueva. — No obtención de la puntuación suficiente.

Tielmes. — No obtención de la puntuación suficiente.

Torrelaguna. — No obtención de la puntuación suficiente.

Torremocha de Jarama. — No obtención de la puntuación suficiente.

Tres Cantos. — No obtención de la puntuación suficiente.

Valdemaqueda. — No obtención de la puntuación suficiente.

Valdeolmos-Alalpardo. — No obtención de la puntuación suficiente.

Valdilecha. — No obtención de la puntuación suficiente.

Valverde de Alcalá. — No obtención de la puntuación suficiente.

Velilla de San Antonio (equipos informáticos). — No obtención de la puntuación suficiente.

Villamanta. — No obtención de la puntuación suficiente.

Villamantilla. — No obtención de la puntuación suficiente.

Villaviciosa de Odón. — No obtención de la puntuación suficiente.

Villavieja del Lozoya. — No obtención de la puntuación suficiente.

(03/41.281/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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