Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
08-11-2010

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101108-115

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR

OTROS ANUNCIOS

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Notificación decreto 168/2008

Habiéndose intentado notificar al posteriormente indicado y no habiéndose podido practicar la misma, y en base al apartado quinto del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a practicar la notificación mediante anuncios en el tablón de edictos del municipio de residencia y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La notificación es del siguiente tenor literal:

Decreto 168/2008

Visto el expediente instruido a don Petter Robert del Rosario, con documento nacional de identidad número X-1641428-X, por ejecutar obras en la parcela 271 del polígono 21 sin licencia municipal.

Resultando que han quedado probados los hechos relativos referidos.

Considerando que estos hechos están tipificados en el artículo 217.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Vistas las normas de general aplicación y la competencia de esta Alcaldía, a tenor del artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, vengo en resolver imponer a don Petter Robert del Rosario una sanción de 7.978 euros por la comisión de la infracción de realizar obras de edificación en la parcela 271 del polígono 21 sin licencia municipal.

Notificación

Recursos: podrá interponer recurso de reposición, de forma potestativa, en el plazo de un mes, contra la resolución ante la Alcaldía, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

Plazos de ingreso de la liquidación:

— Si se notifica la siguiente liquidación entre los días 1 y 15 de cada mes, el ingreso se realizará desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

— Si se notifica la presente liquidación entre los días 16 y último de cada mes, el ingreso se realizará desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil posterior.

Transcurridos los anteriores plazos sin haberse ingresado la deuda, la misma se incrementará con el recargo de apremio de un 20 por 100, más los intereses de demora correspondientes, iniciándose el procedimiento de cobro por vía ejecutiva.

El Molar, a 6 de octubre de 2010.—El alcalde, Emilio de Frutos Sebastián.

(02/10.154/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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