Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
08-11-2010

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101108-165

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

165
Procedimiento ordinario número 158 de 2009

Doña Luz M. Nodar Montes, secretaria del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 4 de los de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento ordinario bajo el número 158 de 2009, a instancias del procurador don Alberto Hidalgo Martínez, en nombre y representación de “Vodafone España, Sociedad Anónima”, contra decreto del Ayuntamiento de Arganda del Rey, de 17 de septiembre de 2009, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra el decreto del citado Ayuntamiento de 30 de julio de 2009, por el que se resuelve imponer a la recurrente una sanción de 30.050,61 euros y se ordena el cese y desmantelamiento de la actividad de la estación base sita en la calle Bilbao, número 8, de Arganda del Rey, en el que por resolución del día de la fecha se ha acordado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.4 de la Ley de Régimen Jurídico de lo Contencioso-Administrativo, que se emplace a los posibles interesados en el presente recurso, por medio de edicto, a fin de que en el término de nueve días se persone, si a su derecho conviene, con abogado, con la indicación de que si se personare después del término indicado se le tendrá por parte para los trámites no precluidos, a tenor de lo establecido en los artículos 23 y 50 de la Ley de Régimen Jurídico de lo Contencioso-Administrativo.

Y para que sirva de emplazamiento en forma a los posibles interesados en el presente recurso y remitir al señor gerente del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente.

En Madrid, a 28 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.679/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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