Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
08-11-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101108-146

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

OTROS ANUNCIOS

146
Caducidad inscripciones padronales

Habiéndose intentado la notificación a los interesados que se relacionan, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente anuncio se notifica la resolución del alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón de 7 de septiembre de 2010, por la que se declara la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente, acordándose la baja en el padrón municipal de habitantes de las personas que se relacionan, todo ello, de conformidad con la resolución de 28 de abril de 2005, de la presidenta del INE, y del director general de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años.

Personas que se relacionan:

— Don Federico Alcalá Rubí Gandini, con domicilio en la calle Isabel la Católica, número 8, planta baja.

— Doña Laura Alonso Fernández, con domicilio en la calle Isabel la Católica, nú­mero 8, planta baja.

— Doña Lucía Alonso Fernández, con domicilio en la calle Isabel la Católica, nú­mero 8, planta baja.

— Doña Isabel Alejandra Bertone González, con domicilio en la calle Isabel la Católica, número 8, planta baja.

— Doña Valeria Eugenia Cairoli Marino, con domicilio en la calle Isabel la Católica, número 8, planta baja.

— Don Pablo Damián Comesaña Dávila, con domicilio en la calle Isabel la Católica, número 8, planta baja.

— Don Mauro Nicolás Cossa Morchio, con domicilio en la calle Isabel la Católica, número 8, planta baja.

— Doña Viridiana Odeth Cruz Vázquez, con domicilio en la calle Federico de la Torre, número 18, segundo derecha.

— Don Jonathan Gabriel Farias Damelles, con domicilio en la calle Isabel la Católica, número 8, planta baja.

— Don Jorge Adolfo Forero Quintero, con domicilio en la calle Rafael Alberti, número 5, primero C.

— Don Fabián García Pérez, con domicilio en la calle Isabel la Católica, número 8, planta baja.

— Doña Ruth Miryam Gil Romero, con domicilio en la calle Pisuerga, número 50, planta baja.

— Doña Elizabeth Herrera Velázquez, con domicilio en la calle Camilo José Cela, número 20, planta baja.

— Don Jorge Jorge Martínez, con domicilio en la calle Isabel la Católica, número 8, planta baja.

— Don Jesús Adrián Padilla Rodríguez, con domicilio en la avenida Castillo, número 23, planta baja.

— Doña María Pedragosa Alberti, con domicilio en la calle Isabel la Católica, nú­mero 8, planta baja.

— Don Andrés Adolfo Salazar Madrid, con domicilio en la calle Fuentecilla, nú­mero 44, primero izquierda.

— Don Orlando Toledo, con domicilio en la calle Guadiana, número 77, planta baja.

— Don Fabián Fernando Vázquez Charlier, con domicilio en la calle Isabel la Católica, número 8, planta baja.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá impugnar el acto directamente mediante la interposición de recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación. No obstante, puede interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano municipal en el plazo de un mes, contado en la misma forma. Igualmente, podrá utilizar otros recursos, si lo estimase oportuno.

Villaviciosa de Odón, a 18 de octubre de 2010.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(02/10.467/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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