Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
08-11-2010

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101108-141

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TITULCIA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

141
Régimen retribuciones cargos electos

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 2010, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar el régimen de retribuciones de los cargos electos, indemnizaciones y asistencias.

Por ello, se transcribe íntegramente el citado acuerdo:

1. Reconocer la dedicación exclusiva a doña María Fuencisla Molinero Cuenca, como alcaldesa-presidenta de la Corporación, fijando una retribución bruta anual de 26.446,98 euros.

2. Reconocer la dedicación parcial a doña Nuria Alonso Rubio, como primera ­teniente de alcalde de la Corporación, fijando una retribución bruta anual de 9.903,18 euros, y siendo el régimen de dedicación mínima de veinte horas semanales.

3. En ambos casos sin perjuicio de ejercer otras ocupaciones marginales, que en cualquier caso no podrán causar detrimento a su dedicación a la corporación. Si tales ocupaciones son remuneradas, se requerirá una declaración formal de compatibilidad por parte del Pleno.

4. La asistencia efectiva a Plenos queda fijada en 60 euros (por concejal y sesión) y únicamente será reconocida para los concejales que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial.

5. Las indemnizaciones se reconocerán según las normas de aplicación general en las Administraciones Públicas (fundamentalmente contenidas en el Real Decreto 462/2002, sobre indemnizaciones por razón del servicio) y lo establecido en las correspondientes bases de ejecución de los presupuestos en vigor.

Se especifica que solo se abonarán los desplazamientos oficiales (para los miembros de la Corporación y personal funcionario o laboral), con una cantidad de 0,40 euros por kilómetros (en vehículo propio y sin abonarse los gastos por el estacionamiento de los mismos).

Respecto a las dietas por manutención (comida, cena o similares) se abonará previa presentación de las facturas.

6. Por mandato del artículo 75.5 de la Ley Reguladora de la Bases de Régimen Local, tal acuerdo se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el ­tablón de anuncios de la Corporación.

En Titulcia, a 6 de octubre de 2010.—La alcaldesa, María Fuencisla Molinero Cuenca.

(03/40.301/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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