Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
10-11-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101110-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 84

EDICTO

86
Procedimiento ordinario 90 de 2008

En el juicio de procedimiento ordinario número 90 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado la resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 69 de 2010

En Madrid, a 15 de marzo de 2010.—Vistos por don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 84 de esta localidad, los autos de procedimiento ordinario número 90 de 2008, seguidos a instancias de la sindicatura de la quiebra de la entidad “Comercializadora Peninsular de Viviendas, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Sara García-Perrote Latorre y asistida por el letrado don Álvaro González Martínez, contra la herencia yacente de doña María de las Nieves Martínez Vecino, en rebeldía en las presentes actuaciones, sobre acción de nulidad de contrato.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la sindicatura de la quiebra de la entidad “Comercializadora Peninsular de Viviendas, Sociedad Anónima”, contra la herencia yacente de doña María de las Nieves Martínez Vecino, debo declarar y declaro la nulidad del acuerdo de resolución de fecha 28 de mayo de 2002, así como del pago por importe de 30.680,32 euros realizado por la quebrada a la demandada, debiendo de condenarse a esta a reintegrar a la masa de la quiebra el citado importe, así como los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la presente resolución, ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Encontrándose la parte demandada en paradero desconocido, procédase a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entregándose a la procuradora demandante el correspondiente oficio a tal fin.

De conformidad con lo previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, después de la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, con carácter previo a la preparación de recurso de apelación, contra las resoluciones dictadas por este tribunal deberá constituirse depósito, mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, número 2980/0000/02/0090/08 de “Banesto”, indicando el concepto del mismo, en la cantidad de 50 euros.

Así por esta sentencia lo pronuncia, manda y firma don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 84 de Madrid.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a ignorados herederos y herencia yacente de doña María de las Nieves Martínez Vecino.

En Madrid, a 15 de marzo de 2010.—El secretario (firmado).

(02/9.017/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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