Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
11-11-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101111-202

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

202
Ejecución 56 de 2010

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 56 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosalía Rainero Holgado, contra don Antonio Valiente Moreno, sobre ordinario, se ha dictado resolución de 31 de marzo de 2010, que es del tenor literal siguiente:

Propuesta de providencia del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 31 de marzo de 2010.

Por presentados los anteriores escritos y minuta de honorarios, regístrense en el libro de ejecuciones y fórmese pieza separada para tramitar la solicitud de reclamación de honorarios formulada por la letrada doña Rosalía Rainero Holgado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil requiérase a don Antonio Valiente Moreno, para que en el plazo de diez días proceda a abonar la cantidad de 1.558,05 euros, más 156 euros que se fijan para costas, o impugne la cuenta, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare impugnación.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral), estando obligada la parte que intentare recurrir a constituir un depósito por importe de 25 euros si no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social.

Asimismo, quedarán exentos del depósito el ministerio fiscal, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos. El depósito habrá de constituirse mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”, número 2807/0000/30/0056/10.

Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Antonio Valiente Moreno, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de octubre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/39.916/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101111-202