Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
13-11-2010

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101113-4

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

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RESOLUCIÓN de 16 de agosto de 2010, de la Dirección General de Trabajo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa “Fomento de Construcciones y Contratas, Sociedad Anónima”, Sección de Recogida de Basuras de Madrid-Capital (código número 2801711).

Examinado el texto del convenio colectivo de la empresa “Fomento de Construcciones y Contratas, Sociedad Anónima”, Sección de Recogida de Basuras de Madrid-Capital, suscrito por la comisión negociadora del mismo el día 30 de junio de 2010; completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 6.1.a) del Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, esta Dirección General

RESUELVE

1.o Inscribir dicho convenio en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 16 de agosto de 2010.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

TABLA DE RETRIBUCIONES 2010-2011

ANEXO I (A)

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TABLA DE RETRIBUCIÓN ANUAL 2010-2011

ANEXO I (B)

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TABLA DE RETRIBUCIONES 2010-2011

ANEXO I (C)

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TABLA DE RETRIBUCIONES 2010-2011

ANEXO I (D)

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ANEXO II

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CUADRO A: ESTE SISTEMA DE ROTACIÓN DE LIBRANZAS SE APLICARÁN EN GENERAL A LOS GRUPOS DIURNOS DE LOS TRES PARQUES

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CUADRO B: ESTE SISTEMA DE ROTACIÓN DE LIBRANZAS SE APLICARÁN EN GENERAL A AQUELLOS GRUPOS CUYA PRESTACIÓN DOMINICAL NO SEA NECESARIA

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CUADRO C: ESTE SISTEMA DE ROTACIÓN DE LIBRANZAS SE APLICARÁN A LOS GRUPOS NOCTURNOS DE LOS TRES PARQUES

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ANEXO III

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(03/34.944/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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