Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
17-11-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101117-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

151
Demanda 1.752 de 2009

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.752 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nuria Ortega López, contra la empresa “TPC 2005 Red Inmobiliaria, Sociedad Limitada”, “TPC Gestión y Consulting Inmobiliario, Sociedad Limitada”, “Devadai, Sociedad Limitada”, “Vancouver Gestión, Sociedad Limitada”, “Gestión y Técnicas de Ordenación Urbana, Sociedad Limitada”, “Atalia Grupo Inmobiliario, Sociedad Limitada”, “Anahid Gestión, Sociedad Limitada”, “Arauna Corporación y Consulting, Sociedad Limitada”, y “Ananda Integral, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuyo contenido es del tenor siguiente:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Rafael Lozano Terrazas.—En Madrid, a 14 de octubre de 2010.

Se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación interpuesto en su día contra la sentencia dictada en este proceso. Se acuerda formar pieza separada que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida y dar traslado del escrito de formalización a la parte contraria para su impugnación, si así le conviniere, en término de cinco días, impugnación que deberá llevar firma de letrado para su admisión a trámite. Se advierte a las partes para que señalen en su escrito de impugnación domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad Autónoma a los efectos previstos en el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento laboral).

Así lo ordena manda y firma el secretario, y doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Atalia Grupo Inmobiliario, Sociedad Limitada”, y “Ananda Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 14 de octubre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/40.343/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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