Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
17-11-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101117-242

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

242
Ejecución 87 de 2010

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 87 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto José Manzanares de Saavedra, contra la empresa “Buenporvenir, Comunidad de Bienes”, sobre despido, se han dictado auto de fecha 19 de mayo de 2010 y decreto y auto de fecha 29 de julio de 2010 que son del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García.—En Madrid, a 29 de julio de 2010.—Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de conciliación a favor de la parte ejecutante, don Alberto José Manzanares de Saavedra, frente a “Buenporvenir, Comunidad de Bienes”, parte ejecutada, por importe de 28.822,06 euros en concepto de principal, más otros 1.729,32 euros y 2.882,20 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Auto

En Madrid, a 19 de mayo de 2010.

Por lo expuesto, dispongo: Desestimar la demanda incidental formulada por don Alberto José Manzanares de Saavedra, contra “Buenporvenir, Comunidad de Bienes”, integrada por Club Deportivo Europa Odal y Club Patinaje Valladolid.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días, que no paralizará ni suspenderá la ejecución.

Por este mi auto lo pronuncia, manda y firma don Antonio Seoane García, magistrado-juez titular del Juzgado de lo social número 32 de Madrid y su provincia.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Buenporvenir, Comunidad de Bienes”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/40.284/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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