Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
18-11-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101118-129

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

129
Demanda 468 de 2010

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 468 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Andrés Martín, contra doña Imma Sallent y “Alis Silla al Revés, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado auto de aclaración de sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 18 de octubre de 2010.—Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que efectivamente se reconoce en la sentencia que no recoge el contenido exacto en cuanto a la cantidad ya que debería ser de 24.065 euros y no de 5.060,78 euros como fija en la sentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, María del Carmen López Hernández.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alis Silla al Revés, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.579/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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