Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
18-11-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101118-211

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

211
Ejecución 281 de 2010

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 281 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Airén Julián Agresor, contra doña Margarita Romero Gallardo, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Madrid, a 14 de octubre de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar ejecución de la sentencia firme por un principal de 1.336,50 euros, más 133,65 euros de intereses, más 133,65 euros de costas frente a la parte ejecutada doña Margarita Romero Gallardo.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutad en el plazo de diez días, de conformidad con lo previsto en los artículos 551, 556 y 559 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y sin perjuicio de su ejecutividad.

Decreto

Secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín.—En Madrid, a 14 de octubre de 2010.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

En orden a la efectividad de las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Librar los derechos pertinentes a fin de que remitan a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, doña Margarita Romero Gallardo, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento que se hará por el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Margarita Romero Gallardo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.578/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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