Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
18-11-2010

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101118-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO

URBANISMO

66
Convenio urbanístico sector 15 del Plan General de Ordenación Urbana

Aprobación inicial del convenio urbanístico a suscribir con “Vallehermoso Promoción, Sociedad Anónima Unipersonal”, para la constitución de un derecho real de uso y disfrute a favor del Ayuntamiento de Navalcarnero dentro del sector 15 del Plan General de Ordenación Urbana.

Por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 20 de octubre de 2010, se aprobó el texto inicial del convenio urbanístico a suscribir entre el Ayuntamiento de Navalcarnero y el copropietario junto con el Ayuntamiento, “Vallehermoso Promoción, Sociedad Anónima Unipersonal”, de la finca registral número 31.919, del Registro de la Propiedad número 1, sita en el sector 15 del Plan General de Ordenación Urbana de Navalcarnero, para la ocupación anticipada mediante la constitución de un derecho real de uso y disfrute en exclusiva y a favor del Ayuntamiento de Navalcarnero, sobre una superficie de 547 metros cuadrados, de cara a la ampliación del cementerio municipal, y que resulta afectada, según descripción que obra en el expediente, por el Plan General de Ordenación Urbana de Navalcarnero, con la calificación de Red General, Equipamiento Genético Público.

De conformidad con el artículo 247 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, de la Comunidad de Madrid, el referido expediente se expone al público durante el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los interesados puedan examinarlos en la Secretaría y presentar cuantas reclamaciones y sugerencias estiman oportunas.

Transcurrido el mencionado plazo y a la vista de las alegaciones, si las hubiera, la propuesta del texto definitivo del convenio se elevará al Ayuntamiento Pleno para su aprobación definitiva, si procede.

Navalcarnero, a 29 de octubre de 2010.—El alcalde-presidente, Baltasar Santos González.

(02/10.793/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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