Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
19-11-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101119-241

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

241
Ejecución 168 de 2010

Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 168 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Amelia Capel Ruiz, doña Manuela Carmona Delgado, doña Concepción Martínez Carrillo, doña María Dolores Coca Castaño, doña Carmen Rejano Escobar, doña María Rosa Antúnez Vidarrazaba, doña María Luisa Belaústegui López y doña María Pilar Frías del Río, contra la empresa “Línea Hogar 2000, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 13 de abril de 2010 a favor de la parte ejecutante, doña Amelia Capel Ruiz, doña Manuela Carmona Delgado, doña Concepción Martínez Carrillo, doña María Dolores Coca Castaño, doña Carmen Rejano Escobar, doña María Rosa Antúnez Vidarrazaba, doña María Luisa Belaústegui López y doña María Pilar Frías del Río, frente a “Línea Hogar 2000, Sociedad Anónima”, por un principal de 14.516,71 euros, más 871 euros de intereses y 1.451,67 euros de costas calculados en ambos casos provisionalmente.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Por recibida la anterior diligencia negativa del Servicio Común de Notificaciones y Embargos, y habiéndose intentado la notificación del auto despachando ejecución de fecha 6 de julio de 2010 y el decreto de la misma fecha a la parte demandada por los medios que constan en autos, se ignora su paradero, por lo que se procede para su notificación a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto, sentencia o se trate de emplazamiento.

Así lo ordeno, mando y firmo.—Doy fe.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar ante el secretario judicial de este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento, que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Línea Hogar 2000, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/40.976/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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