Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
22-11-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101122-234

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

234
Ejecución 145 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 710 de 2009 y acumulados números 712 de 2009 y 713 de 2009, ejecución número 145 de 2010-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Kléber Eleuterio Espinoza Zamora, don César Augusto González Sánchez y don Wáshinton Roberto Campos Castañeda, contra la empresa “Promociones, Proyectos y Soluciones Castillar, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Gil Meana.—En Madrid, a 21 de octubre de 2010.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del auto a favor de la parte ejecutante don Kleber Eleuterio Espinoza Zamora, don César Augusto González Sánchez y don Wáshinton Roberto Campos Castañeda, frente a la parte ejecutada “Promociones, Proyectos y Soluciones Castillar, Sociedad Limitada”, por un principal de 43.294,71 euros (19.223,75 euros a favor de don Kléber Eleuterio Espinoza Zamora, 7.235,96 euros a favor de don César Augusto González Sánchez y 16.835 euros a favor de don Wáshinton Roberto Campos Castañeda), más la cantidad de 2.597,68 euros de intereses y 4.329,47 euros de costas, calculados provisionalmente sin perjuicio de ulterior liquidación.

Decreto

Secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 21 de octubre de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora que les consten, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar la insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Promociones, Proyectos y Soluciones Castillar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/41.214/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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