Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
22-11-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101122-172

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

172
Ejecución 244 de 2010

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 244 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Delia María Blasco Góngora, contra la empresa “Global Servicios de Comunicación, Relaciones Públicas y Exclusivas de Publicidad”, sobre despido, se han dictado auto de ejecución y decreto de embargo, cuyas partes dispositiva son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de acta de conciliación a favor de la parte ejecutante doña Delia María Blasco Góngora, frente a “Global Servicios de Comunicación, Relaciones Públicas y Exclusivas de Publicidad”, por la cantidad de 12.000 euros de principal, más 2.400 euros que se calculan provisionalmente para intereses y costas.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo de los bienes de la empresa “Global Servicios de Comunicación, Relaciones Públicas y Exclusivas de Publicidad”, desconociéndose bienes procédase a la averiguación de los mismos a través del Punto Neutro Judicial.

En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades objeto de apremio para responder a la cantidad de 12.000 euros, más 2.400 euros que provisionalmente se calculan para intereses y costas, siendo remitidos a la “Cuenta de depósito y consignaciones” de este Juzgado.

Librándose al efecto mandamiento al servicio común de actos de comunicación/mandamiento a la comisión judicial para que practique el requerimiento.

Requerir a “Global Servicios de Comunicación, Relaciones Públicas y Exclusivas de Publicidad”, a fin de que manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora que les consten.

Notifíquese la presente resolución.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Global Servicios de Comunicación, Relaciones Públicas y Exclusivas de Publicidad”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.114/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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