Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
22-11-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101122-238

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

238
Demanda 374 de 2009

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 374 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Luzmara Aguilar Domínguez, contra don Jesús Pascual Alarcón Saiz, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Madrid, a 5 de abril de 2010.—Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

Parte dispositiva:

Se habilitan las horas posteriores a las ocho de la tarde para la práctica de diligencia de notificación por la comisión judicial en el domicilio del demandado don Jesús Pascual Alarcón Saiz, sito en la calle Hermanos Alonso Barceló, número 2, tercero C, 28025 Madrid. Remítase testimonio de esta resolución y de copia de la sentencia de fecha 29 de mayo de 2009 al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, sirviendo el presente auto de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si fuera preciso, el auxilio de la fuerza pública.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Luisa Gil Meana.

Sentencia número 516 de 2009

En Madrid, a 2 de noviembre de 2009.—Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña Luzmara Aguilar Domínguez, que comparece asistida del letrado señor López Rodríguez, y de otra, como demandado, don Jesús Pascual Alarcón Saiz, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que con estimación de la demanda presentada por doña Luzmara Aguilar Domínguez, contra don Jesús Pascual Alarcón Saiz, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.674,51 euros por los conceptos de la demanda, así como 167,45 euros de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no podrán interponer recurso.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha por la ilustrísima magistrada-juez doña María Luisa Gil Meana, que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Jesús Pascual Alarcón Saiz, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/41.308/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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