Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
22-11-2010

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101122-18

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2010, del Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el requerimiento a doña Cecilia Alejandra Finazzi Díaz de subsanación de la solicitud de cambio de titularidad para el establecimiento de hostelería denominado “Taberna Vives”, sito en calle Luis Vives, número 7, Madrid.

Por la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Consejería de Economía y Hacienda se ha requerido documentación a efectos de poder subsanar la solicitud de cambio de titularidad para el establecimiento de hostelería citado en el título de la presente Resolución. La notificación a la interesada se ha intentado en dos ocasiones conforme a la exigencia contenida en el art. 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputables a esta Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar el contenido de dicha Resolución de requerimiento, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo se informa a la interesada que también se ha efectuado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

En Madrid, a 22 de octubre de 2010.—El Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego PDF (Resolución de 7 de septiembre de 2009). El Subdirector General de Ordenación y Gestión de Juego, Juan Carlos Muñoz Martín.

ANEXO

Examinada la comunicación de cambio de titularidad de la autorización para la instalación de máquinas recreativas y recreativas con premio programado y de azar, en el local sito en Madrid, calle Luis Vives, número 7, presentada en fecha 6 de octubre de 2010, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.3 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 73/2009 de 30 de julio y en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la notificación. Se le informa de que transcurrido dicho plazo sin que se hayan aportado los documentos requeridos, se le podrá declarar decaído en su derecho al trámite correspondiente conforme a lo establecido en el artículo 76.3 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, pudiendo constituir una infracción tipificada como grave en el artículo 29.c) de la Ley 6/2001, de 3 de julio, del Juego en la Comunidad de Madrid.

DOCUMENTACIÓN SOLICITADA

— Documento o título admitido en derecho que acredite fehacientemente la disponibilidad del local por el titular del establecimiento o, en su defecto, declaración responsable del mismo sobre dicha disponibilidad, cuya firma deberá estar reconocida o adverada por entidad bancaria o legitimada por fedatario público.

— Documento acreditativo de la obtención de licencia municipal de apertura y funcionamiento del establecimiento donde se vayan a instalar las máquinas a nombre del solicitante titular del mismo o, en su caso, de la solicitud de dicha licencia o del cambio de titularidad de la misma, sin perjuicio de la admisión de cualquier documento o certificado del Ayuntamiento correspondiente sobre la situación administrativa del expediente municipal en el momento de la solicitud de la autorización de instalación en el que, además, deberá constar la actividad y la ubicación del establecimiento.

Madrid, a 8 de octubre de 2010.—La Jefe del Área de Gestión del Juego, Rosario García Sanz.

(03/42.637/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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