Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
26-11-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101126-228

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

228
Demanda 843 de 2009

Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 843 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pablo César Zabaleta Benites, contra la empresa “Alcarreña y Bonaval de Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, sobre sanciones, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En Madrid, a 7 de junio de 2010.—Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre sanciones, entre partes: de una, y como demandante, don Pablo César Zabaleta Benites, que comparece, y de otra, como demandada, “Alcarreña y Bonaval de Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Pablo César Zabaleta Benites, frente a la empresa demandada “Alcarreña y Bonaval de Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, debo revocar y revoco las sanciones impuestas a la parte demandante, condenando a la demandada a estar y pasar por la presente declaración, con todas las consecuencias jurídicas y económicas derivadas de la presente resolución.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Pablo César Zabaleta Benites, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.877/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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