Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
26-11-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101126-310

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 7

EDICTO

310
Expediente 104 de 2009

Doña Dolores Villarreal Sancha, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue expediente número 104 de 2009, a instancias de doña Ximena Barceló Rodríguez, contra “Uninet Shaft Light, Sociedad Limitada”, en la que el día 19 de octubre de 2010 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:

Auto

En Valencia, a 19 de octubre de 2010.

Dispongo: Se rectifica el error material manifiesto sufrido en la sentencia número 341 de fecha 30 de septiembre de 2009, de modo que en el fallo de la misma, donde dice: «Se estima la demanda y se condena solidariamente a las mercantiles “Uninet Shaft Light, Sociedad Limitada”, y “Amaranth Accesories, Sociedad Limitada”, a pagar a doña Ximena Rodríguez la cantidad de 818,94 euros, más el interés por mora previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores», en adelante dirá: «Se estima la demanda y se condena a “Amaranth Accesories, Sociedad Limitada” (antiguamente denominada “Uninet Shaft Light, Sociedad Limitada”), a pagar a doña Ximena Barceló Rodríguez la cantidad de 818,94 euros, más el interés por mora previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores».

Y para que conste y sirva de notificación a “Amaranth Accesories, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndole saber a la misma que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 5 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/42.187/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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