Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
26-11-2010

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101126-81

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

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Notificación decreto 2122/2010

Por medio de la presente, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación del decreto de la Alcaldía 1846/2010, de 24 de septiembre, a los interesados con dirección de notificación desconocida, y cuyo tenor literal se transcribe:

Primero.—Habiéndose realizado visita de inspección por la Policía Local al bien inmueble propiedad de don Pedro Gómez Colom sito en avenida de Navalcarnero, número 59, en la que se comprobó que no se había procedido a la realización de la tala de un chopo que incumple la distancia de seguridad a la valla y la poda de otro ejemplar de la misma especie, al objeto de cumplir la obligación que se deriva de la orden de ejecución dictada por el decreto 949/2009, de 24 de abril, visto el informe emitido al respecto y el informe de Secretaría de fecha 21 de septiembre de 2010 sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

Segundo.—Por providencia de Alcaldía de fecha 21 de septiembre de 2010 se dio audiencia al interesado por un plazo de diez días a los efectos de alegaciones y presentación de los documentos y justificaciones que considerara pertinentes.

Tercero.—Concluido el plazo de audiencia sin haberse presentado alegaciones y encontrarse el propietario en paradero desconocido, y en cumplimiento de los artículos 93 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Resuelvo:

Primero.—Proceder a la ejecución subsidiaria de la tala de un chopo que incumple la distancia de seguridad a la valla y la poda de otro ejemplar de la misma especie, en cumplimiento del decreto 949/2009, de 24 de abril.

Segundo.—La ejecución subsidiaria de las actuaciones por parte del Ayuntamiento se llevará a cabo el día 15 de noviembre de 2010, a partir de las nueve horas, corriendo los gastos que de ello se deriven a cargo de don Pedro Gómez Colom. Las actuaciones se ejecutarán por el Ayuntamiento de Griñón a través de la contrata “FCC”.

Tercero.—Dar cuenta del presente decreto en la próxima sesión ordinaria del Pleno de la Corporación, según el artículo 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y a los efectos previstos en el artículo 22.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Cuarto.—Notificar la presente resolución al interesado.

Lo que notifico a usted para su conocimiento y efectos oportunos, indicándole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, conforme disponen los artículos 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la nueva redacción otorgada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y 210 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, de 28 de noviembre de 1986, podrá interponerse:

— Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado este acuerdo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al recibo de la presente notificación conforme al artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

— Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al recibo de la presente notificación o de la desestimación presunta del recurso potestativo de reposición.

Sin perjuicio de cualesquiera otro que resulte procedente para la defensa de su derecho.

Griñón, a 3 de noviembre de 2010.—El alcalde-presidente, José Ramón Navarro Blanco.

(02/11.119/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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