Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
27-11-2010

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101127-8

Páginas: 25


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Tesorería General de la Seguridad Social

Dirección Provincial de Madrid

8
Notificación bienes inmuebles embargados

URE 28/01.

NOTIFICACIÓN DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Doña GLORIA SOTO GONZALEZ, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva número. 28/01 de las de Madrid, con domicilio en la Cl Juan Bravo número 49, 28006 de Madrid.

Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar la VALORACIÓN de los bienes inmuebles más abajo descritos.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente valoración inicial. En caso de discrepancia entre ambas valoraciones se aplicará la siguiente regla:

- Si la diferencia entre ambas valoraciones, considerada por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la U.R.E. solicitará a los Colegios Profesionales o mercantiles la designación de otro perito, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, deberá estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DÍAS, contados a partir de la publicación del presente, comparezcan en el expediente por sí o por medio de representante autorizado, a fin de señalar persona y domicilio para la practica de las notificaciones a las que haya lugar en el procedimiento, con la prevención de que transcurrido dicho plazo sin personarse se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento.

NOMBRE RAZON SOCIAL: ORTEGA LAGUIA SL.-DOMICILIO: CL NUÑEZ DE BALBOA NÚMERO 82 DE MADRID.

RSN99.-DATOS FINCA: CASA EN VILLAROBLEDO, CL LOZANAS NÚMERO 12, ALBACETE.-SUPERFICIE 248 M2.-DATOS REGISTRALES: finca 19090, tomo 1249, libro 419, folio 53.-IMPORTE DE LA TASACION A EFECTOS DE SUBASTA: 111.308,97 EUROS.

Madrid a 23 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Gloria Soto Gonzáalez.

NOTIFICACIÓN DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Doña GLORIA SOTO GONZALEZ, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva número. 28/01 de las de Madrid, con domicilio en la Cl Juan Bravo número 49, 28006 de Madrid.

Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar la VALORACIÓN de los bienes inmuebles más abajo descritos.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente valoración inicial. En caso de discrepancia entre ambas valoraciones se aplicará la siguiente regla:

- Si la diferencia entre ambas valoraciones, considerada por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la U.R.E. solicitará a los Colegios Profesionales o mercantiles la designación de otro perito, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, deberá estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DÍAS, contados a partir de la publicación del presente, comparezcan en el expediente por sí o por medio de representante autorizado, a fin de señalar persona y domicilio para la practica de las notificaciones a las que haya lugar en el procedimiento, con la prevención de que transcurrido dicho plazo sin personarse se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento.

NOMBRE RAZON SOCIAL: EMILIO CALVIÑO IGLESIAS.- DOMICILIO: CL NARANJO DE BULNES NÚMERO 62, CUIDALCAMPO, MADRID.- DATOS FINCA: RUSTICA EN PONTEVEDRA, LUGAR DE AGUETE, VIÑAS PERDIDAS.- DATOS REGISTRALES: finca 9082, tomo 658, libro 101, folio 74.- IMPORTE DE LA TASACION A EFECTOS DE SUBASTA: 57.265,36 EUROS.

Madrid a 23 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Gloria Soto Gonzáalez.

URE 28/06.

EDICTO DE NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/06, con sede en la avenida de la Albufera, número 41, 28038 Madrid.

HACE SABER: Que en los expedientes administrativos que se citan en párrafos posteriores, se han dictado las DILIGENCIAS DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES, que se transcriben a continuación, por deudas contraídas con la Seguridad Social, motivadas por desconocerse el domicilio o que intentada la notificación no se ha podido practicar, en relación al deudor, y/o su cónyuge u otro titular o poseedor de derechos sobre las fincas embargadas.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio número 28 06 08 00089761 contra FIGUEROA LEON JOSE MAURO, D.N.I. 51.996.118-H, cuyo último domicilio conocido es calle Sierra Carbonera, 36, 28053 Madrid, por deudas a la Seguridad Social, Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, que corresponden al siguiente detalle: providencias de apremio de 28 08 061294308 a 28 09 065812261, por descubiertos en los períodos varios por importe total de 3.931,25 euros. DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor, que a continuación se relacionan:

URBANA: MUNICIPIO: MADRID, NATURALEZA DE LA FINCA: VIVIENDA, VÍA PÚBLICA: CALLE SIERRA CARBONERA NÚMERO 36, BAJO B, SUPERFICIE: 67 METROS CUADRADOS.

FINCA 26479 TOMO 1393 LIBRO 1381 FOLIO 188. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 10 de Madrid.

Los citados bienes quedan afectados en virtud de estos embargos a las responsabilidades de los deudores en los expedientes, que al día de la fecha ascienden a las cantidades totales antes reseñadas, y respecto a los mismos se proseguirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 del citado Reglamento General.

Asimismo, expídanse los oportunos mandamientos a los Registros de la Propiedad correspondientes, para que se efectúen las anotaciones preventivas de los embargos realizados a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicite certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento de estos expedientes a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Hallándose los deudores, cónyuges, copartícipes o acreedores hipotecarios en paradero ignorado, notifique mediante edictos que se publicarán en el B.O.C.M. y en el tablón de anuncios de la Junta Municipal correspondiente. Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153, de 25 de junio), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación a los deudores, y si los hubiera, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se les requiere para que faciliten los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de quince días. Advirtiéndose que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de la publicación de este Edicto, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Se advierte por último de que transcurridos ocho días desde la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente sin que hayan comparecido los deudores o sus representantes en los expedientes de apremio que se les sigue, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid, a 17 de noviembre de 2010.- El recaudador ejecutivo, Ángel Arranz Panadero.

URE 28/09.

Unidad de Recaudación Ejecutiva 28/09.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN A DEUDORES.

DOÑA MARÍA JOSÉ MORENO ARRÓNIZ Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/09, con sede en C/ Santa Juliana, 11 - 28039 Madrid.

HAGO SABER: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial: Unidad de Recaudación Ejecutiva 28/09, sita en Madrid, calle Santa Juliana núm. 11, teléfono 91.459.3112, fax 91.450.4998 en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Relación que se cita:

- Número expediente: 28091000004285; Nombre/razón social: LACOBA DÍAZ RAMÓN; Cónyuge: VÁZQUEZ VACA MARIA ROSA; Domicilio: Emilia núm. 33 AT-B 28029 - MADRID; Procedimiento: Embargo inmuebles; Documento: 280950110052791103; Deuda: 6.121,85 euros; 1.- Número finca: 13716; Libro 0176; Tomo 1016; Folio 0087 Reg Prop. núm. 34 de Madrid; Dirección inmueble: Plaza de garaje num. 26 c/Emilia núm. 33 MADRID. 2.- Número finca: 75531; Libro 1065; Tomo 2022; Folio 0199; Reg Prop núm. 2 de Torrevieja (Alicante); Dirección inmueble: c/Monteagudo c/v Jacarilla Edificio Godisa VII 3ª planta tipo 2; TORREVIEJA.

- Número expediente: 28090900242617; Nombre/razón social: GROSSOCORDON CAMPA JOSE FERNANDO; Cónyuge: PEDRAJA SOMOANO ANA BELEN; Domicilio: Teruel núm. 34 5º-C 28020 - MADRID; Procedimiento: Embargo inmuebles; Documento: 280950410052796860; Deuda: 34.333,12 euros; 1.- Número finca: 77336; Libro 2304; Tomo 2863; Folio 0005 Reg Prop. núm. 6 de Madrid; Dirección inmueble: c/Teruel núm. 34 5º-C MADRID. 2.- Número finca: 9522; Libro 0373; Tomo 3646; Folio 0100; Reg Prop núm. 1 de San Lorenzo de El Escorial (Marid); Dirección inmueble: Avda. Madrid núm. 8 Viv Unifam; VALDEMORILLO (MADRID).

En Madrid, a 30 de septiembre de 2010.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, MARIA JOSÉ MORENO ARRÓNIZ.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN A DEUDORES.

DOÑA MARÍA JOSÉ MORENO ARRÓNIZ, Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/09, con sede en C/ Santa Juliana, 11 - 28039 Madrid.

HAGO SABER: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 al 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27) según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2.001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente Edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior, dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Así mismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

RELACIÓN QUE SE CITA:

EXPEDIENTE - NIF/CIF – NOMBRE/RAZÓN SOCIAL -IMPORTE DEUDA-PROCEDIMIENTO/NUMERO.

28090900346081- X7549782D – ANNA - SALAH EDDINE– 141,20 euros – SUELDOS/SALARIOS.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2010.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, MARIA JOSÉ MORENO ARRÓNIZ.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 11), y en virtud de lo previsto en el artículo 262 apartado 5, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90) o en el artículo 105, apartados 1 y 4, en conexión con el artículo 104, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por lo que en su caso daría lugar a la apertura del correspondiente expediente de derivación de responsabilidad conforme se señala en el artículo 12.2 del R.D. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 25), y de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 13 de mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Unidad de Recaudación Ejecutiva citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99).

En cualquier caso, el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29). Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sita en la calle Santa Juliana núm. 11 28039-MADRID.

En Madrid, a 17 de noviembre de 2010.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, María José Moreno Arróniz.

DNI. – NOMBRE. – DIRECCION ENVIO. – CP. – LOCALIDAD. – PROVINCIA. – NÚMERO EXPTE. – ENTIDAD MERCANTIL. – IMPORTE. – PERÍODO.

050280645T. – MIRALLES POTENCIANO SANTIAGO. – SIRIO, 8 2-D. – 28007. – MADRID. – 28090700131415. – TARUGUIM S.L. – 28017,80 euros. – 03/2008 a 12/2008.

050863432J. – MIRALLES SEGURA SAMUEL JOSÉ. – SIRIO, 8 2-D. – 28007. – MADRID. – 280700131415. – TARUGUIM S.L. – 28017,80 euros. – 03/2008 a 12/2008.

URE 28/10.

EDICTO.

Don Rafael Bacete Silva, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/10, con domicilio en la C/ Miguel Fleta 3 (28037) Madrid.

HAGO SABER: que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en el expediente que en ella misma se expresa:

NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS HALLANDOSE EL DEUDOR EN PARADERO DESCONOCIDO. Expte.: 28 10 09 00149641 expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor “MARTINEZ PINEDO CRISTINA” D.N.I. 052860306G,por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 25 06 2009 al embargo de la Finca número28561, inscrita en el Registro de la Propiedad número 11 de Madrid, Tomo 0696, Libro 0504; Folio 0136, Piso 1º izquierda Portal – J de la antigua Glorieta de Eisenhower Portal-J, actualmente calle Pirra número 18, Portal-J. Como interesado se le notifica que el inmueble ha sido tasado, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda, en la cantidad de 272.412,00 euros (número documento 28 10 503 10 032882558).

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados, en el plazo de QUINCE DIAS, a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación ejecutiva en caso necesario.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20 por 100, queda convocado en su calidad de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de los quince días siguientes al de la presentación de la peritación contradictoria y, de no hacerse así o cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Contra el acto notificado que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por.

El interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real.

Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

Madrid 27 Octubre de 2010.-El Recaudador Ejecutivo.

URE 28/14.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DILIGENCIA DE EMBARGO DE INMUEBLE.

Doña Estrella del Olmo García, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/14, de las de Madrid, con domicilio en la calle Cáceres número 4.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra JOAQUIN CASTEJÓN LÓPEZ, N.I.F. 50429618W, por deudas a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Autónomos, se dictó con fecha 20 de septiembre de 2010 diligencia de embargo de bienes inmuebles, no habiendo sido posible la notificación de la misma al interesado, en los domicilios conocidos, por lo que se realiza a través de la publicación de este Edicto:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

“Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social, expediente administrativo de apremio contra el deudor/a JOAQUIN CASTEJON LOPEZ, por débitos a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Autónomos por descubiertos totales en los períodos: 7, 8 y 10 a 12/2008 y 1 a 4/2009, por un importe principal de 2.208,26.- (dos mil doscientos ocho euros y veintiseis céntimos), más 441,67 (cuatrocientos cuarenta y un euros y sesenta y siete céntimos), correspondientes al recargo de apremio, más 221,43 (doscientos veintiún euros y cuarenta y tres céntimos) de intereses, más 163,86 (ciento sesenta y tres euros y ochenta y seis céntimos) de costas devengadas, más 250,00 (doscientos cincuenta euros) de costas presupuestadas; TOTAL: 3.285,22 (tres mil doscientos ochenta y cinco euros y veintidos céntimos).

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen a continuación:

URBANA: 1.-100 por 100 pleno dominio 1/86 ava parte indivisa que da derecho al uso y disfrute de la plaza de garaje número 33 del local destinado a garaje aparcamiento letra A, situado en la planta de primer sótano de la casa en Madrid, Av. De Córdoba, 21 y C/ Antonio López, 238, de superficie aproximada 2012 m/2. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Madrid, al tomo 2866, folio 25, finca número 50177/76.

URBANA: 2.-100 por 100 pleno dominio 1/86 ava parte indivisa que da derecho al uso y disfrute de la plaza de garaje número 34 del local destinado a garaje aparcamiento letra A, situado en la planta de primer sótano de la casa en Madrid, Av. De Córdoba, 21 y C/ Antonio López, 238, de superficie aproximada 2012 m/2. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Madrid, al tomo 2866, folio 29, finca número 50177/77.

URBANA: 3.-100 por 100 pleno dominio 1/86 ava parte indivisa que da derecho al uso y disfrute de la plaza de garaje número 47 del local destinado a garaje aparcamiento letra A, situado en la planta de primer sótano de la casa en Madrid, Av. De Córdoba, 21 y C/ Antonio López, 238, de superficie aproximada 2012 m/2. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Madrid, al tomo 2866, folio 33, finca número 50177/78.

URBANA: 4.-100 por 100 pleno dominio 1/86 ava parte indivisa que da derecho al uso y disfrute de la plaza de garaje número 48 del local destinado a garaje aparcamiento letra A, situado en la planta de primer sótano de la casa en Madrid, Av. De Córdoba, 21 y C/ Antonio López, 238, de superficie aproximada 2012 m/2. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Madrid, al tomo 2866, folio 37, finca número 50177/79.

URBANA: 4.-100 por 100 pleno dominio 1/86 ava parte indivisa que da derecho al uso y disfrute de la plaza de garaje número 49 del local destinado a garaje aparcamiento letra A, situado en la planta de primer sótano de la casa en Madrid, Av. De Córdoba, 21 y C/ Antonio López, 238, de superficie aproximada 2012 m/2. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Madrid, al tomo 2866, folio 41, finca número 50177/80.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presenta notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra este acto podrá formularse Recurso de Alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día de su publicación en el BOCM, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992”.

Madrid, a 17 de noviembre de 2010.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, ESTRELLA DEL OLMO GARCÍA.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DILIGENCIA DE EMBARGO DE INMUEBLE.

Doña Estrella del Olmo García, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/14, de las de Madrid, con domicilio en la calle Cáceres número 4.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra VALENTIN MENDEZ MARTIL, N.I.F. 11817997E, por deudas a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Autónomos, se dictó con fecha 21 de septiembre de 2010 diligencia de embargo de bienes inmuebles, no habiendo sido posible la notificación de la misma al interesad y a los cotitulares de los inmuebles, FLORENTINA MARTIL GARCIA, N.I.F. 7317887T y CESAR MENDEZ MARTIL, N.I.F. 11817998T, en los domicilios conocidos, por lo que se realiza a través de la publicación de este Edicto:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

“Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social, expediente administrativo de apremio contra el deudor/a VALENTIN MENDEZ MARTIL, por débitos a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Autónomos por descubiertos totales en los períodos: 2 a 12/2009 y 1 y 2/2010, por un importe principal de 3.238,06.- (tres mil doscientos treinta y ocho euros y seis céntimos), más 647,65.- (seiscientos cuarenta y siete euros y sesenta y cinco céntimos), correspondientes al recargo de apremio, más 175,10.- (ciento setenta y cinco euros y diez céntimos) de intereses, más 42,56.- (cuarenta y dos euros y cincuenta y seis céntimos) de costas devengadas, más 300,00.- (trescientos euros) de costas presupuestadas; TOTAL: 4.403,37.- (cuatro mil cuatrocientos tres euros y treinta y siete céntimos).

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen a continuación.

URBANA: 1.-100 por 100 pleno dominio carácter privativo vivienda en Madrid, C/ francisco Ruiz, 10, piso 4º B. Superficie: 48,14 m/2. Cuota de participación: 6,72 por 100. Inscrito a favor del deudor en el Registro de la Propiedad número 16 de Madrid, 100 por 100 del pleno dominio al tomo 1374, libro 1374, folio 31, finca número 22638.

URBANA: 2.-50 por 100 pleno dominio carácter privativo vivienda en Madrid, C/ Josefina Veredas, 7, piso 1º izquierda. Superficie: 65 m/2. Cuota participación: 10 por 100. Inscrito a favor del deudor en el Registro de la Propiedad número 16 de Madrid, 50 por 100 pleno dominio al tomo 904, libro 904, folio 115, finca 49705.

URBANA: 3.-50 por 100 nuda propiedad carácter privativo local en Madrid, C/ Isabelita Usera, 48, piso bajo. Superficie construida: 47,5 m/2. Cuota de participación: 4,92 por 100.Inscrito a favor del deudor en el Registro de la Propiedad número 16 de Madrid, 50 por 100 nuda propiedad al tomo 827, libro 827, folio 114, finca 64246.

URBANA: 4.-33,333333 por 100 (1/3) pleno dominio privativo vivienda en planta 2ª del edificio denominado “Finlandia”, entre las calles Suecia, Finlandia y Pola de Siero, con entrada por c/ Finlandia, en Torrevieja (Alicante). Superficie construida: 47,13 m/2 y útil: 35,93 m/2.Inscrito a favor del deudor en el Registro de la Propiedad de Torrevieja número 3 1/3 del pleno dominio privativo al tomo 2597, libro 1458, folio 87, finca de Torrevieja número 103643.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presenta notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra este acto podrá formularse Recurso de Alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día de su publicación en el BOCM, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992”.

Madrid, a 17 de noviembre de 2010.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, ESTRELLA DEL OLMO GARCÍA.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Doña Estrella del Olmo García, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/14, de las de Madrid, con domicilio en la calle Cáceres número 4.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra ROBERTO CARLOS LAFOZ QUINTERO, N.I.F. 33521160V, por deudas a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Autónomos y en Régimen General, se dictó con fecha 16 de julio de 2010 diligencia de ampliación de embargo de bienes inmuebles, no habiendo sido posible la notificación de la misma al interesado y a la cotitular del inmueble, IBELISSE TERRERO GARCÍA, N.I.F. 11871463J, en los domicilios conocidos, por lo que se realiza su publicación a través de este Edicto:

“Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social, expediente administrativo de apremio contra el deudor/a ROBERTO CARLOS LAFOZ QUINTRO, por débitos a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Autónomos, y en el Régimen General para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que más abajo se detallan, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de MADRID NÚMERO 3, garantizando la suma total de 2.282,97.- euros (dos mil doscientos ochenta y dos euros y noventa y siete céntimos), que incluyen el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO: 1281 – TOMO: 1372 – FOLIO: 79 – FINCA: 45717 – Anotación letra “D”.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, que corresponden a descubiertos totales en el Régimen Especial de Autónomos, períodos: 4/2009 y en el Régimen General, períodos: 10 y 11/2008 y 2 a 4, 6 y 9/2009, por un importe principal (sumados ambos regímenes) de 2.575,62 (dos mil quinientos setenta y cinco euros y sesenta y dos céntimos), más 856,60 (ochocientos cincuenta y seis euros y sesenta céntimos), correspondientes al recargo de apremio, más 174,44 (ciento setenta y cuatro euros y cuarenta y cuatro céntimos) de intereses, más 90,61 (noventa euros y sesenta y un céntimos) de costas devengadas, más 100,00 (cien euros) de costas presupuestadas; TOTAL:. 3.797,27 euros (tres mil setecientos noventa y siete euros y veintisiete céntimos). No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), se acuerda ampliar el embargo sobre las fincas descritas a continuación en la suma de 3.797,27.- euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 6.080,24 euros.

URBANA: 50 por 100 pleno dominio carácter privativo vivienda en Madrid, C/ General Lacy, 44, piso bajo dcha. Inscrito en el Registro de la Propiedad 3 de Madrid, al tomo 1372, libro 1281, folio 79, finca 45717.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presenta notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra este acto cabe interponer Recurso de Alzada, ante la Subdirección de Recaudación Ejecutiva de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, en el plaza de UN MES, contado a partir del día de su publicación en el BOCM, de conformidad con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento antes citado, debiendo acompañar al escrito la prueba documental correspondiente, advirtiendo que transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso ordinario sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos.

Madrid, a 17 de noviembre de 2010.-La Recaudadora Ejecutiva, ESTRELLA DEL OLMO GARCIA.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Doña Estrella del Olmo García, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/14, de las de Madrid, con domicilio en la calle Cáceres número 4.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra CARLOS GONZALEZ BLANCO, N.I.F. 7496896T, por deudas a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Autónomos, se dictó con fecha 13 de septiembre de 2010 diligencia de ampliación de embargo de bienes inmuebles, no habiendo sido posible la notificación de la misma al interesado, en los domicilios conocidos, por lo que se realiza su publicación a través de este EDICTO:

“Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social, expediente administrativo de apremio contra el deudor/a CARLOS GONZALEZ BLANCO, N.I.F. 7496896T, por débitos a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Autónomos, para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que más abajo se detallan, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad 2 de Estepona (Málaga), garantizando la suma total de 1.455,35.- euros (mil cuatrocientos cincuenta y cinco euros y treinta y cinco céntimos), que incluyen el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

FINCA: 62834 - LIBRO: 1116 - TOMO: 1369 – FOLIO: 192 – Anotación letra “A”.

FINCA: 62786 - LIBRO: 1160 - TOMO: 1413 - FOLIO: 173 - Anotación letra “A”.

FINCA: 62786 - LIBRO: 1160 - TOMO: 1413 – FOLIO: 177 - Anotación letra “A”.

FINCA: 54340 - LIBRO: 988 - TOMO: 1239 – FOLIO: 3 – Anotación letra “A”.

FINCA: 54270 - LIBRO: 975 - TOMO: 1226 – FOLIO: 157 – Anotación letra “A”.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, que corresponden a descubiertos totales en el Régimen Especial de Autónomos, períodos: 7 a 12//2009 y 1 y 2/2010, por un importe principal de 1.998,48.- (mil novecientos noventa y ocho euros y cuarenta y ocho céntimos), más 399,72.- (trescientos noventa y nueve euros y setenta y dos céntimos), correspondientes al recargo de apremio, más 77,25.- (setenta y siete euros y veinticinco céntimos) de intereses, más 343,43.- (trescientos cuarenta y tres euros y cuarenta y tres céntimos) de costas devengadas, más 300,00.- (trescientos euros) de costas presupuestadas; TOTAL:. 3.118,88.- (tres mil ciento dieciocho euros y ochenta y ocho céntimos).

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), se acuerda ampliar el embargo sobre las fincas descritas a continuación en la suma de 3.118,88.- euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 4.574,23.- euros.

1.-URBANA: 100 por 100 pleno dominio vivienda en Estepona (Málaga), urbanización Hacienda del Sol, 48, escalera K, piso 1º B. Superficie construida: 187,61 m/2. Util: 130,91 m/2.Inscrito en el Registro de la Propiedad 2 de Estepona, al tomo 1369, libro 1116, folio 192, finca 62834.

2.-URBANA: 100 por 100 pleno dominio participación indivisa de 0,711 por 100 de la finca 62786, en planta sótano, del edificio en Estepona (Málaga), Urbanización Hacienda del Sol que se concreta en el garaje número 29-B de superficie útil aproximada: 18,6 m/2. Inscrito en el Registro de la Propiedad 2 de Estepona, al tomo 1413, libro 1160, folio 173, finca 62786/110.

3.-URBANA: 100 por 100 pleno dominio participación indivisa de 0,403 por 100 de la finca a62786, en planta sótano común a los bloques J, K y L, del conjunto residencial Urbanización Hacienda del Sol, en Estepona (Málaga), participación se que se concreta en el trastero 27 B, de superficie útil aproximada: 10,22 m/2. Inscrito en el Registro de la Propiedad 2 de Estepona, al tomo 1413, libro 1160, folio 177, finca número 62786/112.

4.-URBANA: 100 por 100 pleno dominio piso planta primera, letra “B-1”, en el edificio número 3 de la segunda fase del conjunto residencial “Luna blanca golf”, sito en la Urbanización Monte Biarritz del término municipal de Estepona (Málaga). Superficie útil: 69,73 m/2 de vivienda y 13,57 m/2 de terraza. Inscrito en el Registro de la propiedad 2 de Estepona, al tomo 1239, libro 988, folio 3, finca 54340.

5.-URBANA: 100 por 100 pleno dominio plaza garaje número 10 sita en planta sótano del edificio número 2 de la 2ª fase del conjunto residencial “Luna blanca golf”, sito en la urbanización Monte Biarritz de término municipal de Estepona. Superficie útil: 10,90 m/2. Se le asigna como anejo y en uso exclusivo el trastero número 2 con entrada a través de la plaza de garaje y de superficie útil: 2,64 m/2. Inscrita en el Registro de la Propiedad 2 de Estepona, al tomo 126, libro 975, folio 157, finca 54270.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presenta notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra este acto cabe interponer Recurso de Alzada, ante la Subdirección de Recaudación Ejecutiva de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, en el plaza de UN MES, contado a partir del dia de su publicación en el BOCM, de conformidad con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento antes citado, debiendo acompañar al escrito la prueba documental correspondiente, advirtiendo que transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso ordinario sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos.

Madrid, a 17 de noviembre de 2010.-La Recaudadora Ejecutiva, ESTRELLA DEL OLMO GARCIA.

URE 28/15.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Doña Esperanza Alonso González, jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/15, con sede en la Av. Monforte de Lemos, 155, 28029 de Madrid.

HACE SABER: Que en los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores que se citan en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue el que igualmente se indica, se procedió a dictar diligencia de embargo de los bienes inmuebles que se especifican en la citada relación, cuyo texto es el siguiente:

“DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores relacionados a continuación, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas las providencias de apremio por los débitos perseguidos cuyo importe y datos se indican.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta:

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha asciende a la cantidad total reseñada.

Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente ­regla:

Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Así mismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103,2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los inmuebles embargados, en el término de diez días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa”.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del presente edicto, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

RELACION DE DEUDORES Y BIENES:

Interesado: EAD MADRID, COMUNIDAD DE BIENES (Comunidad de bienes formada por Jesús Vicente Enrique Martínez, Eduardo Aristizabal Cañizares y Juan José Díaz Galán, casado con Eva Hungria Martín).

Domicilio: Pza. Puerto de la Cruz, 10-6º-4 28029 Madrid.

DNI/CIF: 03780353G.

Exp.: 28 15 08 26258.

Período: 06/2007, 03 a 12/2008 y 02 a 05/2009 R. General.

Importe principal: 1.750,12.

Recargo: 498,99.

Intereses calculados: 12,86.

Costas: 0,00.

Intereses devengados: 104,63.

Costas presupuestas: 71,00.

TOTAL DEBITOS: 2.437,60.

El presente embargo garantiza únicamente el 33,33 por 100 de las deudas que de la comunidad de bienes responde D. JUAN JOSE DIAZ GALAN como comunero y Dª EVA HUNGRIA MARTIN cónyuge del deudor, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 393 del Código Civil.

Datos Finca Urbana: 33,33 por 100 del pleno dominio con carácter presuntivamente ganancial. Local comercial. c/ Alcalá s/n puerta 18, Hermanos García Noblejas s/n.

Datos Registro: Inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 17 de Madrid, tomo 2075, libro1089, folio 37, finca 57492.

Interesado: SHEHAB EDDIN SHEHAB ALDEEN MOHD.

Domicilio: C/ Chantada, 22-2º-4 28029 Madrid.

DNI/CIF: 003209886Y.

Exp.: 28 15 10 93610.

Período: 07/2007 a 05/2009.

Régimen: General.

Importe principal: 14.246,28.

Recargo: 2.849,25.

Intereses: 1.941,87.

Costas devengadas: 23,82.

Costas e intereses presupuestados: 571,84.

TOTAL DEBITOS: 19.633,06.

Datos Finca Urbana: 100 por 100 pleno dominio. Vivienda. Calle Chantada, 22, planta 2, puerta 4.

Datos Registro: Inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 18 de Madrid, tomo 1060, libro 212, folio 117, finca núm. 12479.

Interesado: EUROARESAN S.L.

Domicilio: Avda. Llano Castellano, 5 28034 Madrid.

DNI/CIF: 0B83647354.

Exp.: 28 15 09 59025.

Período: 10/2009, 12/2009 y 02/2010.

Régimen: General.

Importe principal: 3.503,49.

Recargo: 700,69.

Intereses: 110,15.

Costas devengadas: 0,00.

Costas e intereses presupuestados: 129,43.

TOTAL DEBITOS: 4.443,76.

Datos Finca Urbana: 100 por 100 pleno dominio. Local comercial. Avenida Llano Castellano, 5 puerta 1. 28034 Madrid.

Datos Registro: Inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 38 de Madrid, tomo 1897, libro 1426, folio 221, finca núm. 21082.

Interesado: PEDRO PABLO JUAREZ ARROYO.

Titular/Cotitular: María Josefa Arroyo Fernández.

Domicilio: C/ Puerto de Maspalomas, 26-8º-2 28029 Madrid.

DNI/CIF: 002852179H.

Exp.: 28 15 09 279394.

Período: 02/2009 a 01/2010.

Régimen: Autónomos.

Importe principal: 3.022,56.

Recargo: 604,47.

Intereses: 171,11.

Costas devengadas: 0,00.

Costas presupuestadas: 113,95.

TOTAL DEBITOS: 3.912,09.

Datos Finca Urbana: 11,1111 por 100 pleno dominio y 5,5556 por 100 nuda propiedad. Vivienda. Calle Puerto de Maspalomas, 26, planta 8, puerta 2. 28029 Madrid.

Datos Registro: Inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 18 de Madrid, tomo 452, libro 452, folio 212, finca núm. 35144.

Interesado: CECILIO RODRIGUEZ GARCIA.

Cónyuge: María San Marcos González.

Domicilio: c/ Fermín Caballero, 75 28034 Madrid.

DNI/CIF: 002060791Z.

Exp.: 28 15 09 163200.

Período: 02/2009 a 02/2010.

Régimen: Autónomos.

Importe principal: 2.900,20.

Recargo: 580,08.

Intereses: 154,37.

Costas devengadas: 0,00.

Costas presupuestadas: 109,04.

TOTAL DEBITOS: 3.743,69.

Datos Finca Urbana: 100 por 100 del pleno dominio con carácter ganancial. Vivienda. Urbanización Nuevo Puerto Bello 1ª fase. La Manga 469. Planta 11ª. Rincón de San Gines. 30380 La Manga del Mar Menor.

Datos Registro: Inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 2 de La Unión, tomo 581, libro 238, folio 45, finca núm. 20402.

Madrid, a 17 de noviembre de 2010.-La Recaudadora Ejecutiva.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Doña Esperanza Alonso González, jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/15, con sede en la Avda. Monforte de Lemos 155, 28029 de Madrid.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio núm.28 15 09 00113080 que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor JANA MARTIN SOLOMONS, cuyo último domicilio conocido es c/ Bravo Murillo, 316-1º B1 28020 Madrid, se procedió con fecha 08/09/2010 a la ampliación de embargo cuya diligencia más abajo se transcribirá.

Hallándose el deudor en ignorado paradero y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, el citado acto:

“DILIGENCIA: de las actuaciones del presente expediente ejecutivo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con DNI 051085083J, resulta lo siguiente:

- Que para responder de los débitos de dicha deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de la finca URBANA núm.11546 en c/ Bravo Murillo, 316-1º b1 28020 Madrid, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 7 de Madrid, al tomo1239, libro 302, folio 139, siendo anotado el embargo en dicho Registro, garantizando la suma total de 1.677,30 euros, que incluye el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican: Anotación letra B de fecha 27/07/2010.

- Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle: Régimen Autónomos, Períodos 01/2009 a 01/2010, importe del principal: 5.830,50, recargos 1.166,10, intereses 347,77, costas devengadas 0,00, costas e intereses presupuestados 220,34, total 7.564,71.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las finca indicada en la suma de 7.564,71 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 9.242,01 euros.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios, y a los demás acreedores anteriores, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad para su anotación a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de la publicación el presente edicto, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda”.

Se advierte por último que transcurridos ocho días desde la publicación de este edicto en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente sin que haya comparecido el deudor en las oficinas de esta URE, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid, a 17 de noviembre de 2010.-La recaudadora ejecutiva.

EDICTO DE NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Doña Esperanza Alonso González, jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/15, con sede en la Av. Monforte de Lemos, 155, 28029 de Madrid.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio número 28 15 08 00039291 que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor MARIA JESUS NIETO GARCIA, por deudas a la Seguridad Social, Régimen General, cuyo último domicilio conocido es Calle Pintor Ignacio de Zuloaga, 4-5º a 28050 Madrid, se procedió con fecha 21 10 2008 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad. Como interesado se le notifica que los bienes embargados (Finca Urbana núm. 3097. Solar al sitio Colmeneros en Otero. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrijos, al tomo 1754, libro 42, folio 32, finca 3097) han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva en 131.798,74 euros.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. Si no estuviese conforme con esta tasación, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla:

- Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del presente edicto, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Se advierte por último que transcurridos ocho días desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente sin que hayan comparecido el deudor en las oficinas de esta U.R.E., se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid, a 17 de noviembre de 2010.-La recaudadora ejecutiva.

URE 28/16.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Empecinado número 21 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social número 28 16 09 00083055 que instruye contra Amadin OGEDENGBE, con D.N.I./C.I.F/N.I.F. 0X1070627T, con domicilio en Alcalá de Henares, se ha procedido al embargo de bienes inmuebles mediante diligencia de fecha 6 de abril de 2010 que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

“DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con D.N.I./C.I.F/N.I.F.0X1070627T por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: (NÚMERO PROVIDENCIA, PERIODO, RÉGIMEN: 28 08 062093748, 05/2008/05/2008, 0521; 28 08 062093849, 06/2008/06/2008, 0521; 28 08 069613571, 07/2008/07/2008, 0521; 28 08 075708306, 08/2008/08/2008, 0521; 28 09 027996712, 12/2008/12/2008, 0521; 28 09 036883831, 01/2009/01/2009, 0521; 28 09 041140919, 02/2009/02/2009, 0521; 28 09 049164839, 03/2009/03/2009, 0521; 28 09 061628632, 04/2009/04/2009, 0521; 28 09 066510560, 05/2009/05/2009, 0521; 28 09 073417364, 06/2009/06/2009, 0521; 28 09 081884252, 07/2009/07/2009, 0521; IMPORTE DEUDA: Principal: 3.137,92 euros, Recargo, 627,58 euros, Intereses, 222,26 euros, Costas devengadas, 10,46 euros, Costas e intereses presupuestados, 119,94 euros, Total deuda: 4.118,16 euros).

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta (que se describe al final).

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor: Amadin OGEDENGBE, cuyo último domicilio conocido es Calle Blasco de Garay, 1 3º C de Alcalá de Henares, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 diez días a contar desde el siguiente a la publicación. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada, sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del citado Reglamento.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

Deudor: OGEDENGBE, Amadin.

Finca número 01.

Datos finca urbana.

Descripción finca: Vivienda V.P.O. Alcalá de Henares (100 por 100 pleno dominio privativo).

Tipo vía: Cl Nombre vía: Blasco de Garay número vía: Piso:3º Puerta: C Cod.post.:28802 Cod.Mun.:28005.

Datos registro.

Número Reg. 28068 número Tomo 3889 número Libro 0262 número Folio 0025 número Finca 20068.

Descripción ampliada.

Urbana. Finca número 20068 inscrito en Registro de la Propiedad 1 de los de Alcalá de Henares.

- Vivienda de protección oficial en la localidad de Alcalá de Henares, calle Blasco de Garay, planta 3, puerta C, Urbanización Grupo Reyes.

- Superficie construida de ochenta y un metros, setenta y ocho decímetros cuadrados.

- Cuota de participación de seis enteros, treinta y dos centésimas por ciento.

(Embargo del 100 por 100 del plano dominio inscrito a favor del apremiado con carácter privativo por título de compraventa).

Alcalá de Henares, a 10 de noviembre de 2010.-La Recaudadora Ejecutiva, Begoña Ortiz Fernández.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Empecinado número 21 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social número 28 16 08 00332396 que instruye contra María Mar PARTAGAS MORAN, con D.N.I./C.I.F/N.I.F. 051367900E, con domicilio en Valdeavero (Madrid), se ha procedido al embargo de bienes inmuebles mediante diligencia de fecha 7 de abril de 2010 que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

“DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con D.N.I./C.I.F/N.I.F.0051367900E por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: (NÚMERO PROVIDENCIA, PERIODO, RÉGIMEN:28 08 058355713, 05 2008/05 2008, 0521; 28 08 069589727, 07 2008/07 2008, 0521; 28 08 075682640, 08 2008/08 2008, 0521; 28 08 083484773, 09 2008/09 2008, 0521; 28 08 095957862, 10 2008/10 2008, 0521; 28 09 015348720, 11 2008/11 2008; 0521; 28 09 027969632, 12 2008/12 2008, 0521; 28 09 036858468, 01 2009/01 2009, 0521; 28 09 041115859, 02 2009/02/2009, 0521; 28 09 049140486, 03 2009/03 2009, 0521; 28 09 061605188, 04 2009/04 2009, 0521; 28 09 066485706, 05 2009/05 2009, 0521; 28 09 073394631, 06 2009/06 2009, 0521; 28 09 081861721, 07 2009/07 2009, 0521; IMPORTE DEUDA: Principal: 2.980,73 euros, Recargo, 596,20 euros, Intereses, 208,93 euros, Costas devengadas, 10,46 euros, Costas e intereses presupuestados, 113,88 euros, Total deuda: 3.910,20 euros).

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta (que se describe al final).

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor: María Mar PARTAGAS MORAN, cuyo último domicilio conocido es Calle Nogal número 36 de Valdeavero, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 diez días a contar desde el siguiente a la publicación. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada, sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del citado Reglamento.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

DEUDORA: PARTAGAS MORAN, María Mar.

Finca número 01.

Datos finca urbana.

Descripción finca: Vivienda Valdeavero (100 por 100 pleno dominio privativo).

Tipo vía: Cl. Nombre vía: Nogal número vía: 36 Cod. Post.: 28816 Cod. Munic.: 28156.

Datos registro.

Número Reg. 28181 número Tomo 3325 número Libro 0028 número Folio 0007 número Finca 3311.

Descripción ampliada.

Urbana. Finca número 3311, inscrita en Registro de la Propiedad de Meco.

- Vivienda unifamiliar en la localidad de Valdeavero, calle Nogal, número 36.

- Superficie construida de trescientos cincuenta y tres metros, veintinueve decímetros cuadrados.

-Superficie útil de doscientos noventa y cuatro metros, veinticuatro decímetros cuadrados.

- Superficie terreno de tres mil doscientos noventa metros cuadrados.

Embargo del 100 por 100 del pleno dominio inscrito a favor del apremiado con carácter privativo por título de compraventa).

Alcalá de Henares, a 10 de noviembre de 2010.-La Recaudadora Ejecutiva, Begoña Ortiz Fernández.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Dña BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Empecinado número 21 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social número 28 16 09 00233407 que instruye contra R.G. MUNDO INMOBILIARIO Y SOLUCIONES FINANCIERAS, S.L., con D.N.I./C.I.F/N.I.F. 0B83237479, con domicilio en Alcalá de Henares, se ha procedido al embargo de bienes inmuebles mediante diligencia de fecha 7 de octubre de 2009 que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

“DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con D.N.I./C.I.F/N.I.F.0B83237479 por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: (NÚMERO PROVIDENCIA, PERIODO, RÉGIMEN: 28 08 087663655, 08 2008/08 2008, 0111; 28 09 010736772, 09 2008/09 2008, 0111; 28 09 021940575, 10 2008/10 2008, 0111; 28 09 024176427, 11 2008/11 2008, 0111; 28 09 032928554, 12 2008/12/2008, 0111; IMPORTE DEUDA: Principal: 2.048,75 euros, Recargo, 409,75 euros, Intereses, 103,17 euros, Costas devengadas, 10,46 euros, Costas e intereses presupuestados, 77,16 euros, Total deuda: 2.649,29 euros).

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta (que se describe al final).

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor: R.G. MUNDO INMOBILIARIO Y SOLUCIONES FINANCIERAS, S.L., cuyo último domicilio conocido es Plaza Juan XXIII, 3 Local de Alcalá de Henares, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 diez días a contar desde el siguiente a la publicación. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada, sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del citado Reglamento.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

Deudor: R.G. MUNDO INMOBILIARIO Y SOLUCIONES FINANCIERAS, S.L.

Finca número 01.

Datos finca urbana.

Descripción finca: Vda. VPO. Alcalá de Henares (100 por 100 pleno dominio privativo).

Tipo vía: Av. Nombre vía: Juan de Austria número vía: 6 Piso: 1 Puerta: A Cod. Post.: 28804 Cod. Muni.: 28005.

Datos registro.

Número Reg.:28071 número Tomo: 3884 número Libro: 0358 número Folio: 0087 Mº Finca: 25672.

Descripción ampliada.

Urbana. Finca número 25672, inscrita en el Registro de la Propiedad 4 de los de Alcalá de Henares.

- Vivienda de protección oficial en la localidad de Alcalá de Henares, bloque 6, planta 1, puerta A de la avenida Juan de Austria.

- Superficie construida de ochenta metros, setenta y seis decímetros cuadrados.

- Cuota de participación de tres enteros, veinticinco centésimas por ciento.

(Embargo del 100 por 100 del pleno dominio inscrito a favor del apremiado con carácter privativo por título de compraventa).

Alcalá de Henares, a 11 de noviembre de 2010.-La Recaudadora Ejecutiva, Begoña Ortiz Fernández.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Empecinado número 21 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social número 28 16 09 00409017 que instruye contra Tiberiu NICOLESCU, con D.N.I./C.I.F/N.I.F. 0X6835279R, con domicilio en Alcalá de Henares, se ha procedido al embargo de bienes inmuebles mediante diligencia de fecha 30 de junio de 2010 que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

“DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con D.N.I./C.I.F/N.I.F.0X6835279R por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: (NÚMERO PROVIDENCIA, PERIODO, RÉGIMEN: 28 09 036928186, 01 2009/01 2009, 0521; 28 09 041186991, 02 2009/02 2009, 0521; 28 09 049211723, 03 2009/03 2009, 0521; 28 09 061670765, 04 2009/04 2009, 0521; 28 09 059326496, 04 2009/04 2009, 0111; 28 09 066554212, 05 2009/05 2009, 0521; 28 09 070841915, 05 2009/05 2009, 0111; 28 09 073461218, 06 2009/06 2009, 0521; 28 09 078368408, 06 2009/06 2009, 0111; 28 19 081926890, 07/2009/07 2009, 0521; 28 09 087482667, 08 2009/08 2009, 0521; 28 09 092635084, 07 2009 07 2009, 0111; 28 09 096336040, 08 2009/08 2009, 0111; 28 09 097823675, 09 2009/09 2009, 0521; 28 09 100990929, 09 2009/09 2009, 0111; 28 09 100987592, 10 2009/10 2009, 0521; 28 09 100987693, 11 2009/11 2009, 0521; 28 09 100991030, 10/2009/10 2009, 0111.

IMPORTE DEUDA: Principal: 5.857,17 euros, Recargo, 1.371,87 euros, Intereses, 250,71 euros, Costas devengadas, 10,46 euros, Costas e intereses presupuestados, 224,0 euros, Total deuda: 7.714,91 euros).

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta (que se describe al final).

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor: TIBERIU NICOLESCU, cuyo último domicilio conocido es Francisco de Toledo, número 4 3º B de Alcalá de Henares, en su caso al cónyuge: MARIOARA GHEORGHE, NIE 0X6722579R, con el mismo domicilio que el apremiado, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 diez días a contar desde el siguiente a la publicación. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada, sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del citado Reglamento.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

DEUDOR: Tiberiu Nicolescu.

Finca número 01.

Datos finca urbana.

Descripción finca: Vivienda VPO. Alcalá de Henares (100 por 100 pleno dominio ganancial).

Tipo vía: Cl Nombre vía: Francisco de Toledo número vía: 4 Piso: 3º Puerta: B Cod. Post.: 28802 Cod. Munic.: 28005.

Datos registro.

Número Registro 28068 número Tomo 3847 número Libro 0241 número Folio 0016 número Finca 3018.

Descripción ampliada.

Urbana. Finca número 3018, inscrita en el Registro de la Propiedad 1 de los de Alcalá de Henares.

- Vivienda en la localidad de Alcalá de Henares, número 4, planta 3ª, puerta B de la calle Francisco de Toledo, grupo Reyes.

- Superficie construida de ochenta y cinco metros, cincuenta y nueve decímetros cuadrados.

- Cuota de participación de seis enteros, cincuenta y siete centésimas por ciento.

(Embargo del 100 por 100 del pleno dominio inscrito a favor del apremiado con carácter ganancial por título de compraventa).

Alcalá de Henares, a 11 de noviembre de 2010.-La Recaudadora Ejecutiva, Begoña Ortiz Fernández.

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES.

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MADRID.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Empecinado número 21 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio número 28 16 08 00204680, que se instruye contra D. JOSE LUIS GOMEZ PENA por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido a la ampliación del embargo de bienes inmuebles mediante diligencia que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con C.I.F. número 010086774D y con domicilio en calle Mayor 39 de Alcalá de Henares, resulta lo siguiente:

a) Que, para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó el embargo de la finca que se detalla, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Guadalajara, número 2, garantizando la suma total de 2.681,69 euros, que incluye el principal, el recargo de apremio, intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican: Libro 0039, Tomo 2094, Folio 0148 y Finca 3288 anotación letra “A” sobre la que se amplia el embargo.

b) Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle y que pertenecen al Régimen autónomos y general: (NÚMERO Providencia de Apremio, Periodo y Régimen) 28 08 079586989, 07/2008 a 07/2008, 0111; 28 08 083497810, 09/2008 a 09/2008, 0521; 28 08 088355385, 08/2008 a 08/2008, 0111; 28 09 011429415, 09/2008 a 09/2008, 0111; 28 08 095969582, 10/2008 a 10/2008, 0521; 28 09 015361551, 11/2008 a 11/2008, 0521; 28 09 027983069, 12/2008 a 12/2008, 0521; 28 09 056185821, 03/2009 a 03/2009, 0111; 28 09 057119041, 09/2007 a 09/2007, 0111; 28 09 057119142, 10/2007 a 10/2007, 0111; 28 09 057119243, 11/2007 a 11/2007, 0111; 28 09 057119344, 12/2007 a 12/2007, 0111; 28 09 057119445, 01/2008 a 01/2008, 0111; 28 09 057119546, 02/2008 a 02/2008, 0111; 28 09 057119647, 02/2008 a 02/2008, 0111; 28 09 092627913, 07/2009 a 07/2009, 0111; 28 09 092628014, 07/2009 a 07/2009, 0111; expediente número 28 16 08 00204680, importe del principal 41.121,22 euros, recargos de apremio 8.244,24 euros, intereses 6.380,65 euros, costas devengadas 111,49 euros, costas presupuestadas 1.675,13 euros, total débitos 57.512,73 euros.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 57.512,73 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 61.290,06 euros.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor D. JOSE LUIS GOMEZ PENA con DNI 010086774D y cuyo último domicilio conocido es c/ Mayor 39 en Alcalá de Henars y en su caso, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 103 y 104 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Expídase, asimismo, mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

DESCRIPCIÓN DE LA FINCA EMBARGADA:

- Urbana.

- Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Guadalajara, al Tomo 2094, Libro 0039, Folio 0148, Finca número 3288.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Empecinado número 21 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio número 28 16 08 00184573, que se instruye contra D. GABRIEL GOMEZ LOBATO por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido a la ampliación del embargo de bienes inmuebles mediante diligencia que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con C.I.F. número 009001622C y con domicilio en calle La Olivilla 56 de Corpa, resulta lo siguiente:

a) Que, para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó el embargo de la finca que se detalla, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares, número 4, garantizando la suma total de 1.817,55 euros, que incluye el principal, el recargo de apremio, intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican: Libro 0042, Tomo 3765, Folio 0165 y Finca 4340 anotación letra “A” sobre la que se amplia el embargo.

b) Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle y que pertenecen al Régimen autónomos y general: (número Providencia de Apremio, Periodo y Régimen) 28 08 075715679, 08/2008 a 08/2008, 0521; 28 08 083516301, 09/2008 a 09/2008, 521; 28 08 095988073, 10/2008 a 10/2008, 0521; 28 09 015380648, 11/2008 a 11/2008, 0521; 28 09 028003176, 12/2008 a 12/2008, 0521; 28 09 035082661, 03/2009 a 03/2009, 0521; 28 09 035082459, 01/2009 a 01/2009, 0521; 28 09 035082560, 02/2009 a 02/2009, 0521; 28 09 061633581, 04/2009 a 04/2009, 0521; 28 09 066517331, 05/2009 a 05/2009, 0521; 28 09 073423024, 06/2009 a 06/2009, 0521; 28 09 081889609, 07/2009 a 07/2009, 0521; 28 09 087444069, 08/2009 a 08/2009, 0521; 28 09 097789121, 09/2009 a 09/2009, 521; 28 09 102390860, 10/2009 a 10/2009, 0521; 28 10 013776689, 11/2009 a 11/2009, 0521;28 10 021171123, 12/2009 a 12/2009, 0521; expediente número 28 16 08 00184573, importe del principal 4.211,91 euros, recargos de apremio 842,43 euros, intereses 277,33 euros, costas devengadas 76,69 euros, costas presupuestadas 162,25 euros, total débitos 5.570,61 euros.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 5.570,61 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 7.388,16 euros.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor D. GABRIEL GOMEZ LOBATO con DNI 009001622C y cuyo último domicilio conocido es c/ La Olivilla 56 en Corpa y en su caso, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 103 y 104 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Expídase, asimismo, mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

DESCRIPCIÓN DE LA FINCA EMBARGADA:

- Urbana.

- Inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Alcalá de Henares, al Tomo 3765, Libro 0042, Folio 0165, Finca número 4340.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Empecinado número 21 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio número 28 16 07 00119676, que se instruye contra D. JUAN FERNANDEZ FERNANDEZ por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido a la ampliación del embargo de bienes inmuebles mediante diligencia que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con C.I.F. número 000650910X y con domicilio en calle Las Fuentes 1 de Camarma de Esteruelas, resulta lo siguiente:

a) Que, para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó el embargo de la finca que se detalla, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Guadalajara, número 2, garantizando la suma total de 3.672,09 euros, que incluye el principal, el recargo de apremio, intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican: Libro 0039, Tomo 2082, Folio 0005 y Finca 2929 anotación letra “C” sobre la que se amplia el embargo.

b) Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle y que pertenecen al Régimen autónomos y general: (número Providencia de Apremio, Periodo y Régimen) 28 07 086565152, 05/2007 a 05/2007, 0111; 28 07 100449286, 06/2007 a 06/2007, 0111; 28 07 102207111, 07/2007 a 07/2007, 0111; 28 07 109454425, 08/2007 a 08/2007, 0111; 28 07 119152102, 09/2007 a 09/2007, 0111; 28 08 013545046, 10/2007 a 10/2007, 0111; 28 08 019369995,11/2007 a 11/2007, 0111; 28 08 036823935, 02/2008 a 02/2008, 0521; 28 08 041699395, 02/2008 a 02/2008, 0111; 28 08 026414219, 12/2007 a 12/2007, 0111; 28 08 029543679, 01/2008 a 01/2008, 0111; 28 08 087495119, 07/2008 a 07/2008, 0111; 28 08 087495220, 07/2008 a 07/2008, 0111; 28 09 027956090, 11/2008 a 11/2008, 0521; 28 09 027956191, 12/2008 a 12/2008, 0521; 28 09 021759612, 11/2008 a 10/2008, 0111; 28 09 023996066, 11/2008 a 11/2008, 0111; 28 09 044131650, 12/2008 a 12/2008, 0111; 28 09 052085852, 02/2009 a 02/2009, 0111; 28 09 054652514,03/2009 a 03/2009, 0111; 28 09 057843713, 04/2009 a 04/2009, 0111; 28 09 044131751, 01/2009 a 01/2009, 0111; 28 09 069404089, 05/2009 a 05/2009, 0111; 28 09 036847657, 01/2009 a 01/2009, 0521; 28 09 041104139, 02/2009 a 02/2009, 0521;28 09 061594781, 04/2009 a 04/2009, 0521; 28 09 066475396, 05/2009 a 05/2009, 0521; 28 09 073383517, 06/2009 a 06/2009, 0521; 28 09 049128059, 03/2009 a 03/2009, 0521; 28 09 081850405, 07/2009 a 07/2009, 0521; 28 09 076937050, 06/2009 a 06/2009, 0111; 28 09 091226867, 07/2009 a 07/2009, 0111; expediente número 28 16 07 00119676, importe del principal 11.703,32 euros, recargos de apremio 3.358,23 euros, intereses 935,83 euros, costas devengadas 336,97 euros, costas presupuestadas 490,03 euros, total débitos 16.824,38 euros.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 16.824,38 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 20.496,47 euros.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor D. JUAN FERNANDEZ FERNANDEZ con DNI 000650910X y cuyo último domicilio conocido es c/ Las Fuentes 1 en Camarma de Esteruelas y en su caso, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 103 y 104 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Expídase, asimismo, mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

DESCRIPCIÓN DE LA FINCA EMBARGADA:

- Urbana.

- Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Guadalajara, al Tomo 2082, Libro 0039, Folio 0005, Finca número 2929.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Empecinado número 21 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio número 28 16 09 00088614, que se instruye contra IVAN PERDIGUERO SANCHEZ por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido a la ampliación del embargo de bienes inmuebles mediante diligencia que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con C.I.F. número 009024914J y con domicilio en calle Avd. Valladolid local 126 de Alcalá de Henares, resulta lo siguiente:

a) Que, para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó el embargo de la finca que se detalla, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares, número 5, garantizando la suma total de 6.613,35 euros, que incluye el principal, el recargo de apremio, intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican: Libro 0565, Tomo 4072, Folio 0080 y Finca 39146 anotación letra “A” sobre la que se amplia el embargo.

b) Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle y que pertenecen al Régimen autónomo y general: (NÚMERO PROVICENCIA, PERIODO Y REGIMEN) 28 09 049186259, 03/2009 a 03/2009, 0521; 28 09 054948564, 28 09 054948564, 03/2009 a 03/2009, 0111; 28 09 061646921, 04/2009 a 04/2009, 0521; 28 09 058127538,04/2009 a 04/2009, 0111; 28 09 066530465, 05/2009 a 05/2009, 0521; 28 09 069680844, 05/2009, 05/2009, 0111; 28 09 073436966, 06/2009 a 06/2009, 0521; 28 09 081903349, 07/2009 a 07/2009, 0521; 28 09 077226232, 06/2009 a 06/2009, 0111; 28 09 091497053, 07/2009 a 0111; 28 09 087459227, 08/2009 a 08/2009, 0521;28 09 09530472, 08/2009 a 08/2009, 0111; 28 09 106534578, 09/2009 a 09/2009, 0111; 28 09 097802154, 09/2009 a 09/2009, 0521; 28 09 102404503, 10/2009 a 10/2009, 0521; expediente número 28 16 09 00088614, importe del principal 4.692,65 euros, recargos de apremio 938,57euros, intereses 187,59 euros, costas devengadas 88,37 euros, costas presupuestadas 177,22 euros, total débitos 6.084,40 euros.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 6.084,40 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 12.832,22 euros.

Notifíquese esta diligencia de embargo a los cotitulares D.JOSE PERDIGUERO DIEGUEZ con DNI 001359147P y DÑA. VICTORIA SANCHEZ GOMEZ con DNI 050926251L y último domicilio conocido de ambos c/ Camilo Jose cela número53 2ºC de Alcalá de Henares y, en su caso, a los cónyuges, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 103 y 104 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Expídase, asimismo, mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

DESCRIPCIÓN DE LA FINCA EMBARGADA:

- Urbana.

- Inscrita en el Registro de la Propiedad número 5 de Alcalá de Henares, al Tomo 4072, Libro 0565, Folio 0080, Finca número 39146.

Alcalá de Henares, a 12 de noviembre de 2010.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, BEGOÑA ORTIZ FERNANDEZ.

URE 28/17.

Don Juan Luís Suárez Romero, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/17, con domicilio en el Pº de la Chopera, 92-94 de Alcobendas.

HAGO SABER: que con fecha de 14.10.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra JOSE BANUS, S.A., C.I.F. 0A28061562, expediente 28/17/10/1400/54, último domicilio conocido en ALCOBENDAS, pp de los Parques 27 (28109), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Ibiza número 2, garantizando la suma total de 20.726,68 euros, que incluye el principal, el recargo y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

Núm. Embargo: 01.

Descripcion de la finca: vivienda en Ibiza, Sant Josep de Sa Talaia, La Serreta, edificio Vista Vedra sn, planta 5, puerta 5ª, C.P. 07830. Superficie construida 148,61 m2. Es titular del 100 por 100 del pleno dominio por compraventa.

Registro de la Propiedad de: Eivissa 2.

Libro: 371, Tomo: 1556, Folio: 159, Finca número: 25888, Anotación letra: C.

Núm. Embargo: 03.

Descripción de la finca: vivienda en Ibiza, Sant Josep de Sa Talaia, conjunto Dos Mares, La Serreta sn, portal Blq VI, planta baja, puerta A-11, C.P. 07830. Superficie construida 80,77 m2. Apartamento con terrazas de 65,55 m2. Es titular del 100 por 100 del pleno dominio por compraventa.

Registro de la Propiedad de: Eivissa 2.

Libro: 489, Tomo: 1876, Folio: 118, Finca número: 30748, Anotación letra: C.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, y que corresponden al siguiente detalle: total débitos: 55.505,35 euros, comprensiva de 40.756,87 euros de principal, 8.151,38 euros de recargo, 1.419,18 euros de intereses, 177,92 euros de costas devengadas, y 5.000,00 euros de costas presupuestas.

Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 55.505,35 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 76.232,03 euros.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 04.10.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra M CRUZ ARIAS MARTIN, C.I.F. 070030686X, expediente 28/17/10/0746/79, último domicilio conocido en Alcobendas, pasaje de la Radio 4, (28100), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Núm. Embargo: 01.

Descripcion de la finca: plaza de garaje número 64 en calle Mariano Sebastian Izuel número 14, planta sotano 3, en Alcobendas. Superficie construida 25,08 m2. Titulares: Maria Cruz Arias Martin y Angel Municio Benito 100 por 100 del pleno dominio con carácter ganancial por titulo de compra.

Registro de la Propiedad de: Alcobendas número 2.

Número tomo: 1180, libro: 1026, folio: 187, número finca: 46059.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 3.684,55 euros, comprensiva de 2.692,04 euros de principal, 538,40 euros de recargo, 144,82 euros de intereses, 9,29 euros de costas devengadas y 300,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

- RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 06/2009, 07/2009, 08/2009, 09/2009, 10/2009, 11/2009, 12/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 04.10.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra MARIA GARCIA GONZALEZ, C.I.F. 21396512A, expediente 28/17/09/2408/65, último domicilio conocido en Fuente el Saz de Jarama, camino de Talamanca 13, (28140), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Núm. Embargo: 01.

Descripcion de la finca: vivienda unifamiliar en Fuente el Saz de Jarama, calle Torrelaguna 19, superficie del terreno 50,43 m2 y una superficie construida de 103,62 m2. Es titular del 100 por 100 del pleno dominio por compraventa con carácter privativo.

Registro de la Propiedad de: Algete.

Número tomo: 3244, libro: 108, folio: 203, número finca: 5181.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 5.722,35 euros, comprensiva de 3.952,85 euros de principal, 790,59 euros de recargo, 519,62 euros de intereses, 9,29 euros de costas devengadas y 450,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

- RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 05/2009, 06/2009.

- RÉGIMEN ESPECIAL EMPLEADOS HOGAR: 10/2008.

- RÉGIMEN GENERAL: 09 2007 / 11 2007.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de FUENTE EL SAZ DE JARAMA.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 11.11.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra EMILIO PINO CAMPO, C.I.F. 051663263L, expediente 28/17/09/1872/14, último domicilio conocido en MADRID, Alcala 463, (28037), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Núm. Embargo: 02.

Descripción de la finca: vivienda unifamiliar en Pedrezuela, calle Barcelona número 1, Urbanización Montenebro. Superficie construida 132,50 m2 y del terreno 433,17 m2. Es titular del 100 por 100 del pleno dominio por título de compra.

Registro de la Propiedad de: San Agustin de Guadalix.

Número tomo: 585, libro: 15, folio: 88, número finca: 1487.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 99.156,14 euros, comprensiva de 61.772,46 euros de principal, 13.850,72 euros de recargo, 15.467,39 euros de intereses, 565,57 euros de costas devengadas y 7.500,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

- RÉGIMEN GENERAL:05/2006, 07/2006, 08/2006, 09/2006, 10/2006, 11/2006, 12/2006, 01/2007, 03/2007, 04/2007, 05/2007, 08/2007, 09/2007, 10/2007, 11/2007, 12/2007, 12/2007, 01/2008, 02/2008, 02/2007, 02/2008, 06/2006.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de MADRID.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Alcobendas, a 18 de noviembre de 2010.-El recaudador ejecutivo, Juan Luis Suarez Romero.

URE 28/18.

PROVIDENCIA DE SUBASTA PUBLICA DE BIENES INMUEBLES (TVA-602) (A LA DEUDORA TECHOS Y DECORACIONES FORTUNA SL) EXPTE 28180700367396).

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/18 de Madrid.

Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor TECHOS Y DECORACIONES FORTUNA S.L, con NIF/DNI B81903577, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por la Directora Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 11 de OCTUBRE de 2010, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 14 de diciembre de 2010, a las 10 : 00 horas, en CL AGUSTIN DE FOXA, 28-30 de MADRID, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son los abajo indicados.

Notifíquese esta providencia al deudor, y, en su caso, a los terceros poseedores, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge del deudor, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS A ENAJENAR.

DEUDOR: TECHOS Y DECORACIONES FORTUNA S.L.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA.

DESCRIPCION FINCA: URBANA EN LEGANES 100 POR 100 PLENO DOMINIO. FINCA 804.

TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: SAN FERNANDO NÚMERO VIA:

BIS-NÚMERO VIA: ESCALERA: PISO: PUERTA: COD-POSTAL: 28917 COD-MUNI: 28074.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REG: 1 NÚMERO TOMO: 865 NÚMERO LIBRO: 0023 NÚMERO FOLIO: 0108 NÚMERO FINCA: 804.

IMPORTE DE TASACION: 182.543,80.

CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES:

BANCO SANTANDER CARGA: HIPOTECA IMPORTE: 112.921,95.

TIPO SUBASTA: 69.621,85.

DESCRIPCION AMPLIADA.

URBANA.: UNO A. LOCAL ALMACEN SITUADO EN LA PLANTA DE SEMISOTANO DEL EDIFICIO SITO EN EL BARRIO DE LA FORTUNA DE LEGANES Y SUS CALLES DE SAN JUSTO Y DE SAN FERNANDO. MIDE 150 M2 TOTALMENTE DIAFANOS.

TITULARIDADES:

TECHOS DECORACIONES FORTUNA, SL. 100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA.

Alcorcón (Madrid), a 11 de OCTUBRE de 2010.-El jefe de la Unidad, Jesús Puyuelo Gili.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA AL ADMINISTRADOR AVELINO LOPEZ FERNANDEZ EN EL EXPTE 2818 10 00296248.

Don Jesús Puyuelo Gili, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 18 de las de Madrid, con domicilio en la calle Inspector Juan Antonio Bueno c/v C/.La Paz s/n, 28924 -Alcorcón.

HACE SABER: De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D.AVELINO LOPEZ FERNANDEZ figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad MUNDIAL PARK ATRACCIONES,S.L, la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 7.366,96 euros, período 09/2004 A 05/2005. Se adjunta informe con desglose de la deuda.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolucón o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/18 de las de Madrid, sita en la Calle Inspector Juan Antonio Bueno s/n, 28924 Alcorcón (Madrid), teléfono 91 621 04 26. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil ; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar.Alcorcón 17 de noviembre de 2010.-El Recaudador Ejecutivo.

URE 28/22.

EDICTO.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/22, con sede en la calle San Isidro, número 2, 28901 Getafe (Madrid).

HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4, 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior, y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (“Boletín Oficial del Estado” del 31), y habiéndose intentado la notificación a los interesados o sus representantes por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos datos identificativos y otras circunstancias se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva 28/22, sita en C/. San Isidro, 2 – 28901 – Getafe, número de teléfono 91 601 07 60 – Fax 91 601 07 64, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

ACTOS QUE SE NOTIFICAN.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

En los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores cuyos datos identificativos y otras circunstancias se especifican en relación adjunta, una vez notificadas a los mismos las providencias de apremio por los débitos perseguidos, y no habiendo satisfecho la deuda, conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores relacionados más abajo que se identifican asimismo en la citada relación.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades de los deudores en sus respectivos expedientes, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total reseñada en relación adjunta.

Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte de los apremiados. Si no estuviesen conformes los deudores con la tasación fijada, podrán presentar valoración contradictoria de los bienes que les han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirán los oportunos mandamientos a los Registros de la Propiedad correspondientes, para que se efectúen anotaciones preventivas de los embargos realizados, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de estos expedientes a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se les requiere para que faciliten los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la publicación de las presentes notificaciones, advirtiéndoles que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 103 del Reglamento citado a efectos de que sirva de notificación con plena virtualidad legal al deudor y, si los hubiere, cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios, anotantes anteriores y demás interesados.

RELACIÓN QUE SE CITA.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: CARLOS FERNANDO TORRES UQUILLAS.

DNI/NIF/NIE/CIF: 0X2087252W.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 07 00042683.

DOMICILIO: CL CARLOS V 10 4 A – 28980 PARLA.

RÉGIMEN: 0521.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 04/2008 a 10/2009.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 6.779,06.

RECARGO DE APREMIO: 1.676,85.

INTERESES: 605,91.

COSTAS DEVENGADAS: 0,00.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 271,85.

TOTAL DEUDA: 9.333,67.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 20/09/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 5622 Registro de la Propiedad PARLA-2.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: JUAN PEDRO PULIDO FDEZ. Y VERÓNICA PÉREZ ARENAS, C.B.

DNI/NIF/NIE/CIF: 0E84534437.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 07 00199402.

DOMICILIO: CL SAN BLAS 28 – 28980 PARLA.

RÉGIMEN: 0111.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 08/2006 a 01/2007.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 724,72.

RECARGO DE APREMIO: 208,30.

INTERESES: 203,58.

COSTAS DEVENGADAS: 0,00.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 34,09.

TOTAL DEUDA: 1.170,69.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 04/10/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 20030 Registro de la Propiedad PARLA-1.

COMUNEROS:

INTERESADO: JUAN PEDRO PULIDO FERNÁNDEZ (D.N.I. 053088391K).

DOMICILIO: PARLA.

COPARTÍCIPE: VERÓNICA PÉREZ ARENAS (D.N.I. 053139211B).

DOMICILIO: PARLA.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: JUAN PEDRO PULIDO FDEZ. Y VERÓNICA PÉREZ ARENAS, C.B.

DNI/NIF/NIE/CIF: 0E84534437.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 07 00199402.

DOMICILIO: CL SAN BLAS 28 – 28980 PARLA.

RÉGIMEN: 0111.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 08/2006 a 01/2007.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 724,72.

RECARGO DE APREMIO: 208,30.

INTERESES: 203,58.

COSTAS DEVENGADAS: 0,00.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 34,09.

TOTAL DEUDA: 1.170,69.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 04/10/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 20030 Registro de la Propiedad PARLA-1.

COMUNEROS:

INTERESADO: VERÓNICA PÉREZ ARENAS (D.N.I. 053139211B).

DOMICILIO: PARLA.

COPARTÍCIPE: JUAN PEDRO PULIDO FERNÁNDEZ (D.N.I. 053088391K).

DOMICILIO: PARLA.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: M ÁNGELES PAJARES SÁNCHEZ.

DNI/NIF/NIE/CIF: 015223538E.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 09 00405782.

DOMICILIO: CL CAZALEGAS 5 – 28025 MADRID.

RÉGIMEN: 0521.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 04/2009 a 01/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 879,71.

RECARGO DE APREMIO: 175,94.

INTERESES: 48,83.

COSTAS DEVENGADAS: 0,00.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 33,13.

TOTAL DEUDA: 1.137,61.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 20/09/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 4984 Registro de la Propiedad PARLA-2.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: VALENTÍN SÁNCHEZ LUBIAN.

DNI/NIF/NIE/CIF: 007311164Q.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 09 00436906.

DOMICILIO: CL ISABEL II 18 – 28980 PARLA.

RÉGIMEN: 0111.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 10/2009 a 12/2009.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 1.744,62.

RECARGO DE APREMIO: 348,92.

INTERESES: 60,69.

COSTAS DEVENGADAS: 10,64.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 64,94.

TOTAL DEUDA: 2.229,81.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 20/09/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 4984 Registro de la Propiedad PARLA-2.

CÓNYUGE: Mª ÁNGELES PAJARES SÁNCHEZ (D.N.I. 015223538E).

DOMICILIO: PARLA.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: JUAN CARLOS GUIJARRO EGIDO.

DNI/NIF/NIE/CIF: 052502583T.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 09 00559972.

DOMICILIO: CL DELFÍN 1 4 B – 28907 GETAFE.

RÉGIMEN: 0521.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 07/2009 a 10/2009.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 1.782,18.

RECARGO DE APREMIO: 423,80.

INTERESES: 96,06.

COSTAS DEVENGADAS: 0,00.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 69,06.

TOTAL DEUDA: 2.371,10.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 06/10/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 10241 Registro de la Propiedad GETAFE-2.

CÓNYUGE: RUTH PORRAS TIJERAS (D.N.I. 002655628W).

DOMICILIO: GETAFE.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: MIGUEL ÁNGEL BIZARRO VÁZQUEZ.

DNI/NIF/NIE/CIF: 050424857W.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 09 00571187.

DOMICILIO: CL MARGARITA XIRGU 9 – 28980 PARLA.

RÉGIMEN: 0521.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 02/2009 a 11/2009.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 2.259,15.

RECARGO DE APREMIO: 451,87.

INTERESES: 122,22.

COSTAS DEVENGADAS: 0,00.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 85,00.

TOTAL DEUDA: 2.918,24.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 24/08/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 14225 Registro de la Propiedad PARLA-1.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: TEODORO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ.

DNI/NIF/NIE/CIF: 048997025X.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 09 00715576.

DOMICILIO: CL PERALES 3 – 28903 GETAFE.

RÉGIMEN: 0521.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 04/2009 a 03/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 2.708,47.

RECARGO DE APREMIO: 541,70.

INTERESES: 132,20.

COSTAS DEVENGADAS: 0,00.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 101,47.

TOTAL DEUDA: 3.483,84.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 27/10/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 31194 Registro de la Propiedad FUENLABRADA-2.

COPARTÍCIPE: MARÍA TERESA LÓPEZ PÉREZ (D.N.I. 009456691B).

DOMICILIO: FUENLABRADA.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: MANUELA MATOS DE LA PAZ.

DNI/NIF/NIE/CIF: 050895370G.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 10 00058936.

DOMICILIO: CL FUENLABRADA 78 IZ 1 B – 28980 PARLA.

RÉGIMEN: 0521.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 08/2009 a 12/2009.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 1.710,37.

RECARGO DE APREMIO: 369,12.

INTERESES: 83,27.

COSTAS DEVENGADAS: 10,64.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 65,20.

TOTAL DEUDA: 2.238,60.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 13/10/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 3373 Registro de la Propiedad PARLA-

CÓNYUGE: JUSTO NOVAS ESCANIO (D.N.I. 05328886Q).

DOMICILIO: PARLA.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: JOSÉ ALFREDO ESTEBAN MOLINAR.

DNI/NIF/NIE/CIF: 007520536L.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 10 00061057.

DOMICILIO: CL VILLAVICIOSA 13 3 13 – 28925 ALCORCÓN.

RÉGIMEN: 0521.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 05/2009 a 02/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 2.496,84.

RECARGO DE APREMIO: 499,40.

INTERESES: 110,14.

COSTAS DEVENGADAS: 10,64.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 93,51.

TOTAL DEUDA: 3.210,53.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 15/09/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 7365 Registro de la Propiedad ALCORCÓN-2.

COPARTÍCIPE: Mª DOLORES GÓMEZ DEZA (D.N.I. 07526039W).

DOMICILIO: ALCORCÓN.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: MARÍA ISABEL MARTÍNEZ ALMIRÓN.

DNI/NIF/NIE/CIF: 052501314L.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 10 00108244.

DOMICILIO: CL LOS MAJUELOS 19 – 28979 SERRANILLOS DEL VALLE.

RÉGIMEN: 0521.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 11/2007 a 08/2009.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 5.395,61.

RECARGO DE APREMIO: 1.079,16.

INTERESES: 583,63.

COSTAS DEVENGADAS: 21,28.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 212,39.

TOTAL DEUDA: 7.292,07.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 27/09/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 2937 Registro de la Propiedad MÓSTOLES-3.

CÓNYUGE: VÍCTOR JOSÉ ALONSO ARRIBAS (D.N.I. 052508706M).

DOMICILIO: SERRANILLOS DEL VALLE.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: MARÍA ISABEL MARTÍNEZ ALMIRÓN.

DNI/NIF/NIE/CIF: 052501314L.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 10 00108244.

DOMICILIO: CL LOS MAJUELOS 19 – 28979 SERRANILLOS DEL VALLE.

RÉGIMEN: 0521.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 11/2007 a 08/2009.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 5.395,61.

RECARGO DE APREMIO: 1.079,16.

INTERESES: 583,63.

COSTAS DEVENGADAS: 21,28.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 212,39.

TOTAL DEUDA: 7.292,07.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 27/09/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 1672 Registro de la Propiedad GETAFE-1.

CÓNYUGE: VÍCTOR JOSÉ ALONSO ARRIBAS (D.N.I. 052508706M).

DOMICILIO: SERRANILLOS DEL VALLE.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: JAVIER EXPÓSITO VÁZQUEZ.

DNI/NIF/NIE/CIF: 052101573H.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 10 00406217.

DOMICILIO: CL SEVERO OCHOA 1 – 28980 PARLA.

RÉGIMEN: 0111.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 10/2008 a 01/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 9.073,55.

RECARGO DE APREMIO: 1.814,71.

INTERESES: 895,01.

COSTAS DEVENGADAS: 49,16.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 354,97.

TOTAL DEUDA: 12.187,40.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 08/09/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 6344 Registro de la Propiedad PARLA-1.

COPARTÍCIPE: LIDIA LÓPEZ MIRANDA (D.N.I. 052106554P).

DOMICILIO: PARLA.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: JAVIER EXPÓSITO VÁZQUEZ.

DNI/NIF/NIE/CIF: 052101573H.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 10 00406217.

DOMICILIO: CL SEVERO OCHOA 1 – 28980 PARLA.

RÉGIMEN: 0111.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: 10/2008 a 01/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 9.073,55.

RECARGO DE APREMIO: 1.814,71.

INTERESES: 895,01.

COSTAS DEVENGADAS: 49,16.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 354,97.

TOTAL DEUDA: 12.187,40.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 08/09/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 5404 Registro de la Propiedad ILLESCAS-1.

COPARTÍCIPE: LIDIA LÓPEZ MIRANDA (D.N.I. 052106554P).

DOMICILIO: PARLA.

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

De las actuaciones en los expedientes administrativos de apremio por deudas a la Seguridad Social cuyos datos identificativos y otras circunstancias se especifican en relación adjunta, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dichos deudores, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en relación adjunta, siendo anotados los embargos en los Registros de la Propiedad que asimismo se citan, garantizando la suma total que igualmente se especifican en la reseñada relación.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en los Registros que se indican en la relación adjunta, por los descubiertos en los períodos y por importes que asimismo se citan en la relación.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en las sumas citadas en relación adjunta, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a las cantidades asimismo reflejadas en dicha relación, y expedir los mandamientos de ampliación de embargo a los correspondientes Registros de la Propiedad.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 103 del Reglamento citado a efectos de que sirva de notificación con plena virtualidad legal al deudor y, si los hubiere, cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios, anotantes anteriores y demás interesados.

RELACIÓN QUE SE CITA.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: VIOLA FORTICH ERLINDA.

DNI/NIF/NIE/CIF: 051879641J.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 04 00021279.

DOMICILIO: CL GUADALAJARA 27 2º D – 28980 PARLA.

RÉGIMEN: 0521.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: Entre 01/2009 y 02/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 21.451,52.

RECARGO DE APREMIO: 7.058,79.

INTERESES: 1.285,11.

COSTAS DEVENGADAS: 76,69.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 893,86.

IMPORTE TOTAL AMPLIACIÓN: 30.765,97.

TOTAL DEUDA: 34.998,32.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 30/09/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 23686 del Registro de la Propiedad de PARLA-1, Anotación B.

IMPORTE ANOTADO: 4.232,35.

CÓNYUGE: JOSÉ LUIS DEL RÍO PÉREZ (D.N.I. 051839276J).

DOMICILIO: PARLA.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: CUPA - ARTUR.

DNI/NIF/NIE/CIF: 0X1221386V.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 07 00254265.

DOMICILIO: CL GABRIEL GARCÍA MÁRQUEZ 57 – 28980 PARLA.

RÉGIMEN: 0521.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: Entre 06/2008 y 02/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 4.959,66.

RECARGO DE APREMIO: 991,98.

INTERESES: 396,37.

COSTAS DEVENGADAS: 426,82.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 190,44.

IMPORTE TOTAL AMPLIACIÓN: 6.965,27.

TOTAL DEUDA: 13.983,02.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 06/10/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 12935 del Registro de la Propiedad de PARLA-2, Anotación E.

IMPORTE ANOTADO: 7.017,75.

CÓNYUGE: MALGORZATA JADWIGA CUPA (D.N.I. 0X4665284X).

DOMICILIO: PARLA.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: STANIOS - KRZYSZTOF.

DNI/NIF/NIE/CIF: 0X6190098Q.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 08 00326034.

DOMICILIO: CL SAN SEBASTIÁN 7 – 28902 GETAFE.

RÉGIMEN: 0521.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: Entre 08/2008 y 02/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 4.940,97.

RECARGO DE APREMIO: 988,17.

INTERESES: 349,24.

COSTAS DEVENGADAS: 62,74.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 188,35.

IMPORTE TOTAL AMPLIACIÓN: 6.529,47.

TOTAL DEUDA: 8.766,94.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 30/09/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 922 del Registro de la Propiedad de SAN JAVIER-1, Anotación A.

IMPORTE ANOTADO: 2.237,47.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: FRANCISCO GALÁN QUESADA.

DNI/NIF/NIE/CIF: 011789230M.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 08 00326034.

DOMICILIO: CL CIEMPOZUELOS 13 3 D – 28901 GETAFE.

RÉGIMEN: 0521.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: Entre 07/2008 y 01/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 14.557,57.

RECARGO DE APREMIO: 2.911,53.

INTERESES: 960,26.

COSTAS DEVENGADAS: 130,88.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 552,88.

IMPORTE TOTAL AMPLIACIÓN: 19.113,12.

TOTAL DEUDA: 27.015,08.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 06/10/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 12987 del Registro de la Propiedad de GETAFE-2, Anotación A.

IMPORTE ANOTADO: 7.901,96.

CÓNYUGE: MARÍA ESTRELLA ROMERO SÁNCHEZ (D.N.I. 02222372C).

DOMICILIO: GETAFE.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: MARCOS JIMÉNEZ LÓPEZ.

DNI/NIF/NIE/CIF: 050461939P.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 22 09 00346774.

DOMICILIO: CL TEREBINTO 91 – 28903 GETAFE.

RÉGIMEN: 0111.

PERIODOS AL DESCUBIERTO: Entre 07/2009 y 01/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 4.872,54.

RECARGO DE APREMIO: 974,52.

INTERESES: 228,42.

COSTAS DEVENGADAS: 0,00.

COSTAS PRESUPUESTADAS: 182,26.

IMPORTE TOTAL AMPLIACIÓN: 6.257,74.

TOTAL DEUDA: 9.971,85.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 01/10/2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: Finca número 35815 del Registro de la Propiedad de GETAFE-1, Anotación B.

IMPORTE ANOTADO: 3.714,11.

DILIGENCIA DE EMBARGO PREVENTIVO DE DERECHOS ECONÓMICOS.

NÚMERO EXPEDIENTE. – NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. – RÉGIMEN. – TIPO. – IDENTIFICADOR. – DOMICILIO. – LOCALIDAD. – CÓDIGO POSTAL.

282010003422. – TÉCNICAS Y DESARROLLOS METÁLICOS, S.L.L. – 0111. – 10. – 28139393337. – CL AMSTERDAM, 9. – PARLA. – 28983.

PROVIDENCIA POR LA QUE SE DECLARA LA CONVERSIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES EN DEFINITIVAS.

PROVIDENCIA: A tenor de lo establecido en los artículos 33 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio y 54 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), en diligencia cuya fecha se cita más abajo, se practicaron las medidas cautelares que asimismo se relacionan a continuación sobre los bienes propiedad de los deudores cuyos datos identificativos igualmente se citan en relación adjunta.

Como quiera que la deuda perseguida no ha sido saldada, habiéndose dictado las correspondientes providencias de apremio, se DECLARA LA CONVERSIÓN EN EJECUTIVO del embargo preventivo acordado, para responder de la deuda que se desglosa en relación adjunta, de conformidad con lo establecido en el artículo 54.5 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Expídase, en su caso, el oportuno Mandamiento al Registro correspondiente, entendiéndose que la sujeción de los bienes embargados al procedimiento de apremio se produce, a todos los efectos, desde la fecha en que se practicó la medida cautelar.

Asimismo, los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento General de Recaudación, a efectos de la posible enajenación pública de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, tasación que servirá para fijar el tipo de salida de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su asignación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento. Comuníquese esta providencia al deudor, y en su caso al cónyuge y demás interesados, dándose cuenta al Registro de la Propiedad.

RELACIÓN QUE SE CITA.

Número expediente: 282010001922.

Identificador: 28121665878.

Régimen: 0111.

Nombre o razón social: FASIDER, S.L.

Domicilio deudor: CT PARLA PINTO KM.1,800.

Localidad: 28980 – Parla.

N.I.F./C.I.F.: 0B81877110.

Fecha de la diligencia: 9-07-2010.

Medida cautelar adoptada: Embargo preventivo de la finca núm. 10899 tomo 757 Libro 237 Registro Propiedad número 1 de PARLA.

Fecha de la Providencia de conversión en definitiva de la medida cautelar: 5-10-2010.

Importe de la deuda:

Principal: 39.722,88. Recargo: 7.949,98. Costas e intereses presupuestados: 4.767,29. Total: 52.440,15.

(TVA-313) NOTIFICACIÓN DE LA DILIGENCIA DE EMBARGO DE CUENTAS CORRIENTES Y DE AHORRO.

NÚMERO EXPEDIENTE. – NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. – RÉGIMEN. – TIPO. – IDENTIFICADOR. – DOMICILIO. – LOCALIDAD. – CÓDIGO POSTAL.

28220700067440. – ÁLVARO SÁNCHEZ MORA OLMEDO (COMUNERO DE DANIEL MOYA PULIDO Y ALVARO SANCHEZ DE L A MORENA C.B). – 0111. – 10. – 28156985703. – CL JIMÉNEZ IGLESIAS, 13 BJ A. – GETAFE. – 28902.

Contra los actos notificados, que no agotan la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contando a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido emplazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos delo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

(TVA 602) PROVIDENCIA DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES INMUEBLES.

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada, la subasta de bienes muebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la ­subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, y, en su caso, a los terceros poseedores, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.- Madrid, a 11 de octubre de 2010.-EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Rodrigo Mares Ramírez”.

Número expediente: 28 22 98 00098693.

Identificador: 28120704568.

Régimen: 0111.

Nombre o razón social: JULIÁN ALFONSO SANTIAGO SÁNCHEZ RUIZ.

Domicilio deudor: CL. PORTUGAL, 4 – 2º A.

Localidad: 13600 – ALCÁZAR DE SAN JUAN.

N.I.F./C.I.F.: 000681146R.

Fecha de Autorización: 11-10-2010.

Finca embargada: número 57323 de ALCÁZAR DE SAN JUAN.

Registro de la Propiedad: ALCÁZAR DE SAN JUAN.

Fecha Subasta: 14-12-2010 a las 10:00 Horas en CL. AGUSTÍN DE FOXÁ, 28-30 - MADRID.

Importe de tasación: 28.300,25.

Cargas que deberán quedar subsistentes:

BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A. Carga: HIPOTECA 9.989,38.

Tipo de Subasta: 18.310,87.

Copartícipe: PORFIRIA BRITO LIRIANO (053471682V).

Domicilio: CL ESPAÑOLETO, 1.

Localidad: 28980 - PARLA.

(TVA 602) PROVIDENCIA DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES INMUEBLES.

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada, la subasta de bienes muebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, y, en su caso, a los terceros poseedores, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.- Madrid, a 11 de octubre de 2010.-EL DIRECTOR PROVINCIAL.- Fdo.: Rodrigo Mares Ramírez”.

Número expediente: 28 22 01 00075758.

Identificador: 28128112237.

Régimen: 0111.

Nombre o razón social: FELIPE MARTÍN GARCÍA.

Domicilio deudor: CL. FUENTEBELLA, 21 – 3º D.

Localidad: 28980 - PARLA.

N.I.F./C.I.F.: 007845141W.

Fecha de Autorización: 11-10-2010.

Finca embargada: número 255N, 440N DE BOADILLA y 4007N, 4008N de LA FUENTE DE SAN ESTEBAN.

Registro de la Propiedad: CIUDAD RODRIGO.

Fecha Subasta: 14-12-2010 a las 10:00 Horas en CL. AGUSTÍN DE FOXÁ, 28-30 - MADRID.

Importe de tasación respectivamente: 7.487,18 - 415,45 - 2.908,47 - 2.668,96.

Cargas que deberán quedar subsistentes: SIN CARGAS.

Tipo de Subasta respectivamente: 7.487,18 - 415,45 - 2.908,47 - 2.668,96.

Copartícipe: AMALIA MARTÍN GARCÍA (70956797A).

Domicilio: CL FUENTEBELLA, 21 – 3º D.

Localidad: 28980 – PARLA.

(TVA-212 y TVA-218) REQUERIMIENTO PREVIO Y MANIFESTACIÓN DE BIENES.

Se requiere a los apremiados que se relacionan, para que comparezcan en el plazo de diez días por sí o por medio de representante, en el expediente de apremio que se les instruye, con el fin de que efectúen manifestación de sus bienes y derechos con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, en cumplimiento de los efectos y a los efectos previstos en el artículo 89.2 del Real Decreto 1415/2004.

El incumplimiento de esta obligación implicará que no podrá estimarse como causa de impugnación del procedimiento de apremio la preterición o alteración del orden de prelación de embargo a que se refiere el artículo 91 del citado Reglamento General de Recaudación, en relación con los bienes y derechos no señalados por el deudor.

NÚMERO EXPEDIENTE. – NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. – RÉGIMEN. – TIPO. – IDENTIFICADOR. – DOMICILIO. – LOCALIDAD. – CÓDIGO POSTAL.

28221000156643. – ÁNGEL CAMARERO SÁNCHEZ (COMUNERO DE A,CAMARERO BALBAS Y A. CAMARERO SANCHO, COM.B.). – 0111. – 10. – 28040128674. – CL GUINEA ECUATORIAL, 4 9 3 A. – GETAFE. – 28907.

PROVIDENCIAS DE APREMIO I.N.E.M.

Don Juan Antonio Mantecón López, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/22, sita en la C/. San Isidro, 2 (28901 - Getafe - Madrid), Tlfno: 91 6 01 07 62.

HACE SABER: Que por haber resultado infructuosas la notificación realizada en el último domicilio conocido del deudor, practicadas conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25 de junio), que remite a los artículos 58 a 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se recurre a la notificación por edictos de lo siguiente:

“La Subdirectora Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran en relación adjunta, por deudas al Instituto Nacional de Empleo, cuya cuantía total asimismo se indica en la citada relación ha dictado la siguiente:

PROVIDENCIA DE APREMIO: “De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 29-06-94), y 85 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25-06-2004), dicto la presente Providencia de Apremio, que constituye el TÍTULO EJECUTIVO suficiente para el inicio del procedimiento de apremio y tiene la misma fuerza ejecutiva que las sentencias judiciales para proceder contra los bienes y derechos de los sujetos responsables del pago de la deuda, practicándose, en caso de impago, el EMBARGO DE LOS BIENES en los términos establecidos en el artículo 32.2 de la Ley General de la Seguridad Social y la ejecución de las garantías existentes.

Para el caso de certificaciones que se correspondan con Resoluciones emitidas con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, si no se ingresa su importe en el plazo de 15 días naturales desde su notificación serán exigibles los INTERESES DE DEMORA (interés legal incrementado en un 25 por 100) devengados desde la finalización del plazo reglamentario de ingreso hasta la fecha de pago de la deuda para el principal y desde el vencimiento del plazo de ingreso de esta providencia para el recargo”.

A tenor de lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social y artículos 85 y 86 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, contra la Providencia de Apremio podrá formularse RECURSO DE ALZADA, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente en que se recibe la notificación de la Providencia de Apremio, ante el superior jerárquico del que dictó el acto, que sólo será admisible por los siguientes motivos debidamente justificados: pago, prescripción, error material o aritmético en la determinación de la deuda, condonación, aplazamiento de la deuda o suspensión del procedimiento, falta de notificación de la reclamación de deuda. La interposición del recurso suspenderá el procedimiento de apremio hasta la resolución de la impugnación.

El importe total de la deuda deberá ser hecho efectivo, por los medios de pago legalmente admitidos, dentro del plazo de QUINCE DÍAS NATURALES siguientes al de la notificación de la presente providencia de apremio, mediante ingreso en la cuenta de la Unidad de Recaudación Ejecutiva competente.

No obstante, si se ingresa el importe de la deuda transcurrido el plazo de los 15 días citados en el apartado anterior, el responsable del pago deberá solicitar el cálculo y liquidación de los intereses de demora exigibles en el momento del pago ante la Unidad de Recaudación Ejecutiva personándose en la dirección o llamando al número de teléfono indicados en esta providencia, aplicándose a estos ingresos los criterios de imputación de pagos en vía de apremio previstos en el artículo 29 de la Ley General de la Seguridad Social.

RELACIÓN QUE SE CITA.

NOMBRE. – DOMICILIO. – TÍTULO EJECUTIVO. – IMPORTE.

COLLAR IBARRA SARA. – CL CIEMPOZUELOS 11 3º B. – 28901. – GETAFE. – 28 10 050966186. – 373,62 euros.

CHAKALAA - ABDELFATTAH. – CL RIO SIL 1 1º 4. – 28980. – PARLA. – 28 10 050966287. – 226,83 euros.

CEBALLOS YETI SHAILA. – CL. PABLO CASALS 33C 3 A. – 28980. – PARLA. – 28 10 050967604. – 155,57 euros.

JUEGOS CANARIOS SA. – ÁNGELES, 5. – 28902. – GETAFE. – 28 10 050968412. – 2225,66 euros.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 11), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90), según redacción dada por la Disposición final vigésima de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (“Boletín Oficial del Estado” del 10), o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), en redacción dada por la Disposición final vigésima primera de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (“Boletín Oficial del Estado” del 10), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 d ejunio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Unidad de Recaudación Ejecutiva citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99).

En cualquier caso, el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no infierior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29). Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sita en la Calle SAN ISIDRO, NÚMERO 2, Código Postal- 28901 - GETAFE (Madrid).

Número del Documento Nacional de Identidad del Administrador o miembro del Consejo de Administración (DNI)— Nombre del Administrador o miembro del Consejo de Administración(NOMBRE) — Dirección del envío (DIRECCION ENVIO) — Código Postal (CP) — Localidad del envío (LOCALIDAD) — Provincia del envío (PROVINCIA) — Número del expte. Adminitrativo de apremio (NÚMERO EXPTE) — Empresa o sociedad mercantil de la que es administrador o miembro de su consejo de administracion (ENTIDAD MERCANTIL) — Importe de la Deuda que mantiene en la Unidad de Recaudación Ejecutiva (IMPORTE) — Período que abarca la Deuda Reclamada (PERÍODO).

DNI. – NOMBRE. – DIRECCION ENVIO. – CP. – LOCALIDAD. – PROVINCIA. – NÚMERO EXPTE. – ENTIDAD MERCANTIL. – IMPORTE. – PERÍODO.

047040735P. – ANGEL GONZALEZ RODRIGUEZ. – CL FERROCARRIL, 48. – 28901. – GETAFE. – MADRID. – 28220800562874. – TELE BURGUER ROCK, S.L. – 08-2008/01-2010. – 10.981,50.

047040735P. – ANGEL GONZALEZ RODRIGUEZ. – CL CARABANCHEL, 12 LOCAL. – 28902. – GETAFE. – MADRID. – 28220800562874. – TELE BURGUER ROCK, S.L. – 08-2008/01-2010. – 10.981,50.

049008407F. – YOLANDA HAYDEE DEMONT ESCOBAR. – CL PORTUGAL, 13 2 4. – 28943. – FUENLABRADA. – MADRID. – 28221000216459. – DONUM SOLIS S.L. – 07-2009/01-2010. – 13.407,50.

052082478J. – JUAN CARLOS GARCÍA LORENTE. – AV PRINCIPAL, 17. – 28991. – TORREJÓN DE LA CALZADA. – MADRID. – 28221000216459. – DONUM SOLIS S.L. – 07-2009/01-2010. – 13.407,50.

052082478J. – JUAN CARLOS GARCÍA LORENTE. – CL CARDENAL LORENZANA, 11. – 28991. – TORREJÓN DE LA CALZADA. – MADRID. – 28221000216459. – DONUM SOLIS S.L. – 07-2009/01-2010. – 13.407,50.

En Getafe (Madrid), a 23 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Juan Antonio Mantecón López.

URE 28/24.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 11), y en virtud de lo previsto en el artículo 262 apartado 5, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90) o en el artículo 105, apartados 1 y 4, en conexión con el artículo 104, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por lo que en su caso daría lugar a la apertura del correspondiente expediente de derivación de responsabilidad conforme se señala en el artículo 12.2 del R.D. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 25), y de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 13 de mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Unidad de Recaudación Ejecutiva citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99).

En cualquier caso, el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29). Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sita en la Calle Manuel Sandoval, número 3-5,Torrejón de Ardoz - Código Postal- 28850 - Madrid.

En Madrid, a 18 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO. FRANCISCO GUAZMÁN GOMEZ-SELLES.

Número del Documento Nacional de Identidad del Administrador o miembro del Consejo de Administración 011010278V; Nombre del Administrador o miembro del Consejo de Administración MARIA DEL CARMEN ALVAREZ BLANCO; Dirección del envío PASEO DE LA CONCEPCIÓN, 9; Código Postal 28223; Localidad del envío POZUELO DE ALARCÓN; Provincia del envío MADRID; Número del expte. Administrativo de apremio 28 24 09 00349570; Empresa o sociedad mercantil de la que es administrador o miembro de su consejo de administración PROCESSES STORAGE LOGISTICS, S.L.; Importe de la Deuda que mantiene en la Unidad de Recaudación Ejecutiva 35.757,92euros; Período que abarca la Deuda Reclamada FEBRERO/2009 A MAYO/2010.

DNI; NOMBRE; DIRECCION ENVIO; CP; LOCALIDAD; PROVINCIA; NÚMERO EXPTE; ENTIDAD MERCANTIL; IMPORTE; PERÍODO.

URE 28/26.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 05 06 00362131.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. LUIS MIGUEL PEREZ MADRID, cuyo último domicilio conocido es calle Beatriz Galindo 4 28005 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. LUIS MIGUEL PEREZ MADRID, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad SON LENTEJAS, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 4.030,72 euros, período 05/2007 a 11/2009.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 1 de septiembre de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 05 07 00091265.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. FRANCISCO JAVIER VIÑAS BARRERA, cuyo último domicilio conocido es calle Las Naves 9 4 14 28005 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. FRANCISCO JAVIER VIÑAS BARRERA, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad VOSS HOME, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 31.251,84 euros, período 07/2006 a 03/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 30 de septiembre de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 05 08 00004396.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. JUAN CARLOS CASTILLO OCHANDIANO, cuyo último domicilio conocido es calle Ercilla 51 B 28005 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. JUAN CARLOS CASTILLO OCHANDIANO, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad ESTUDIO DE ARQUITECTURA DE JUAN CARLOS CASTILLO, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 18.890,64 euros, período 08/2007 a 06/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 14 de octubre de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 05 08 00316012.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. JOSE MANUEL RAMOS TORO, cuyo último domicilio conocido es calle Don Pedro 4 esc. Ex. 1º izq 28005 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. JOSE MANUEL RAMOS TORO, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad GRUPO RAMOS TORO INSTALACIONES GENERALES, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 17.570,97 euros, período 11/2007 a 03/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 15 de julio de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 05 09 00020894.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. FRANCISCO FLOREZ MENENDEZ, cuyo último domicilio conocido es calle Pico Peñagolosa 9 esc. Izda. 3º C 28038 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. FRANCISCO FLOREZ MENENDEZ, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad LA PANERA DEL ESQUIERZO, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 16.338,34 euros, período 04/2008 a 03/2009.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 18 de octubre de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 09 00035547.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D/Dª. FLORINITA MIRELA FLAMAND, cuyo último domicilio conocido es calle Carabela 13 28500 Arganda del Rey (Madrid) por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D/Dª. FLORINITA MIRELA FLAMAND, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad IMPACT POWER MOTORS, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 5.515,38 euros, período 04/2008 a 02/2009.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 11 de junio de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 09 00115672.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a SOLUCIONES GABANNA, S.L., cuyo último domicilio conocido es calle Monte Esquinza 26 28010 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que SOLUCIONES GABANNA, S.L., figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad IBERFRUT SELECTA, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 16.033,87 euros, período 10/2007 a 01/2009.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 23 de julio de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 09 00320438.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. JOAQUIN ABAD RODRIGUEZ, cuyo último domicilio conocido es calle Cedro 8 bloque 15 28250 Torrelodones por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. JOAQUIN ABAD RODRIGUEZ, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad PRESSELLERS, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 23.779,07 euros, período 09/2009 a 06/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 29 de octubre de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 05 09 00333520.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. SERGIO POZO SANZ, cuyo último domicilio conocido es calle Segovia 69 28005 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. SERGIO POZO SANZ, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad PLASMA IDEA, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 42.708,56 euros, período 11/2008 a 05/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 11de octubre de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 09 00268807.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. FRANCISCO JAVIER ZABALETA MARTIN, cuyo último domicilio conocido es calle Gran Vía 31 6º 1 28013 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. FRANCISCO JAVIER ZABALETA MARTIN, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad OFIGES ASESORES TRIBUTARIOS, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 34.260,18 euros, período 10/2008 a 05/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 8 de septiembre de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 10 00005217.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. JUAN CARLOS CARRILLO GONZALEZ, cuyo último domicilio conocido es avenida Europa 7 - 2 ap. 21 28224 Pozuelo de Alarcón por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. JUAN CARLOS CARRILLO GONZALEZ, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad PELUQUERIA HUGAL, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 22.656,45 euros, período 02/2009 a 06/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 14 de octubre de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 05 10 00089128.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. JAVIER GARCIA MARTIN, cuyo último domicilio conocido es calle Cava de San Miguel 8 28005 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. JAVIER GARCIA MARTIN, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad EL FISQUITO, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 26.487,58 euros, período 05/2009 a 12/2009.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 14 de octubre de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 10 00095042.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. FERNANDO CARLOS SAINZ VON PETZINGER, cuyo último domicilio conocido es plaza Beata María Ana de Jesús 13 28045 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. FERNANDO CARLOS SAINZ VON PETZINGER,figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad TEJEMANEJE Y FERNANDO SAINZ, S.C., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 23.005,56 euros, período 01/2009 a 10/2009.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 24 de junio de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 10 00107671.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. JON KARLA ALDAY URQUIJO, cuyo último domicilio conocido es calle Vergara 14 local 28013 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. JON KARLA ALDAY URQUIJO, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad RAMALES GOURMET, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 32.969,53 euros, período 09/2009 a 04/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 9 de agosto de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 10 00134044.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. TOMAS GIMENEZ TORRENT, cuyo último domicilio conocido es calle Jacometrezo 15 28013 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. TOMAS GIMENEZ TORRENT, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad MERRICK ARAN PRODUCTIONS, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 31.343,15 euros, período 09/2009 a 05/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 4 de noviembre de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 10 00164356.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. JUAN GONZALEZ FERRER, cuyo último domicilio conocido es calle Soria 9 28005 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. JUAN GONZALEZ FERRER, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad VIAJES EMPORIO, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 23.706,88 euros, período 10/2009 a 06/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 5 de noviembre de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 10 00188305.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. SANTIAGO JAVIER JIMENEZ CALVO, cuyo último domicilio conocido es calle Xavier Laffitte 7 28250 Torrelodones por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. SANTIAGO JAVIER JIMENEZ CALVO, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad ESTRUCTURAS MODULOS Y SISTEMAS MECANICOS, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 32.764,95 euros, período 09/2009 a 03/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 1 de julio de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 10 00211947.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a Dª. RAQUEL ANDREU RUIZ, cuyo último domicilio conocido es calle Bailén 23 (Bar-Restaurante) 28005 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que Dª. RAQUEL ANDREU RUIZ, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad ASIAN TRANSIT, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 29.306,04 euros, período 03/2009 a 03/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 8 de septiembre de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 10 00218112.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a Dª. JOSEFA PAJUELO MORENO, cuyo último domicilio conocido es plaza Conde Toreno 2 28013 Madrid por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que Dª. JOSEFA PAJUELO MORENO, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad DYPACO, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 6.745,86 euros, período 08/2008 a 06/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 21 de septiembre de 2010.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

EXPEDIENTE 28 26 10 00284392.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación a D. JOSE MARIA BLANCO VERA, cuyo último domicilio conocido es calle San Joaquín 4 28230 Las Rozas por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar el emplazamiento para trámite de audiencia que se transcribe a continuación:

“De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D. JOSE MARIA BLANCO VERA, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad TKT EXPRESS SERVICIOS TURISTICOS TECNOLOGICOS, S.L., la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 18.785,79 euros, período 01/2010 a 06/2010.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26 de las de Madrid, sita en la Calle Jacometrezo, número 6, 28013 - Madrid, Teléfono 91 360 56 40. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar”.

Madrid, 21 de septiembre de 2010.

EDICTO DE SOLICITUD DE MANIFESTACIÓN DE BIENES.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26 con sede en la calle Jacometrezo número 6, 28013 Madrid.

HACE SABER: Que por haber resultado infructuosas las notificaciones realizadas en el último domicilio conocido del deudor, practicadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios para REQUERIR a los apremiados que se relacionan, incursos en procedimientos ejecutivos seguidos por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por débitos a la Seguridad Social en los importes que asimismo se indica, para que comparezcan en el plazo de ocho días, por si o por medio de representante, en el expediente de apremio que se le sigue y efectúen MANIFESTACIÓN DE SUS BIENES Y DERECHOS con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, en cumplimiento de lo dispuesto y a los efectos previstos en el artículo 89. 1 d) del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25).

En dicha manifestación se deberá indicar las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre los bienes y si estos están sujetos a otros procedimientos de apremio. En caso de que estuviesen gravados con cargas reales es obligatorio manifestar el importe del crédito garantizado y la parte pendiente de pago en esa fecha.

El incumplimiento de esta obligación implicará que no podrá estimarse como causa de impugnación del procedimiento de apremio la perpetración o alteración del orden de prelación de embargo a que se refiere el artículo 91 del citado Reglamento General de Recaudación, en relación con los bienes y derechos no señalados por el deudor. Asimismo, transcurridos ocho días desde la publicación de este acto sin personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta concluir la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho a comparecer que le asiste.

Madrid, 15 de noviembre de 2010. El recaudador ejecutivo.

EXPEDIENTE. – TIPO/IDENTIFICADOR. – RÉGIMEN. – NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. – DOMICILIO. – C.P.. – LOCALIDAD. – DEUDA EXPEDIENTE.

28 26 03 00050789 (DP30). – 07 280464310702. – 0521. – OLIVEIRA BORBA PAULA CLEMENTIN. – CL LAS CONCHAS 4 (LOCUTORIO). – 28013. – MADRID. – 21.737,69 euros.

28 04 05 00063541 (DP30). – 10 28148613791. – 0111. – PEDRAJA REYES MARIANA. – CL TIRSO DE MOLINA 12-2º. – 28012. – MADRID. – 959.200,60 euros.

28 26 06 00039962 (DP30). – 07 090024666596. – 0521. – PEREZ RODRIGUEZ CARLOS. – CL PRINCESA 31-5. – 28008. – MADRID. – 16.408,97 euros.

28 26 06 00105236 (DP30). – 10 28116970472. – 0111. – GAVIOTA MORENA, S.L. – CL GRAN VIA 62 8º DCH. – 28013. – MADRID. – 276.562,79 euros.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE EMBARGO DE SALARIOS.

Don Ventura Yeves de la Cruz, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26, con domicilio en C/ Jacometrezo número 6 de Madrid.

Hace saber: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Unidad, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Ayuntamiento para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Madrid, 15 de noviembre de 2010. El recaudador ejecutivo.

RELACIÓN QUE SE CITA.

CCC. – NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. – DOMICILIO. – C.P. – LOCALIDAD. – EXPEDIENTE. – PROCEDIMIENTO. – UNIDAD.

07 281135646230. – NAVARRO CORREA VICTOR. – CL EVARISTO SAN MIGUEL 16-B-IZQ. – 28008. – MADRID. – 28 26 03 00169920 (CI). – EMBARGO DE SALARIO. – URE 28/26.

07 280359687512. – CASTRO LOPEZ MARIANO. – AV CANILLEJAS A VICALVARO 125 3º C. – 28022. – MADRID. – 28 26 04 00133369 (CI). – EMBARGO DE SALARIO. – URE 28/26.

07 280357313840. – DIAZ ROMAN MARIA ISABEL. – CL VIRGEN DEL CORO 1-A-7º-2. – 28027. – MADRID. – 28 26 05 00124912 (CI). – EMBARGO DE SALARIO. – URE 28/26.

07 071001065041. – PUJOL RAMON IGNACIO JUAN. – CL AMNISTIA 10. – 28013. – MADRID. – 28 26 05 00242625 ((DP30). – EMBARGO DE SALARIO. – URE 28/26.

10 28161513074. – CHICHARRO VILAS JOSE ANDRES. – AV LIBERTAD 51. – 28917. – FORTUNA. – 28 26 07 00097179 (CI). – EMBARGO DE SALARIO. – URE 28/26.

07 281098395196. – PETER KEMP MICHEL. – CL VALVERDE 37 4º 13. – 28004. – MADRID. – 28 26 07 00236114 (CI). – EMBARGO DE SALARIO. – URE 28/26.

07 281237180978. – ZHANG. – RUTING. – CL BLASCO DE GARAY 47-P-2º D. – 28015. – MADRID. – 28 26 09 00021859 (CI). – EMBARGO DE SALARIO. – URE 28/26.

INEM.

EDICTO DE NOTIFICACION DE PROVIDENCIA DE APREMIO A DEUDORES NO LOCALIZADOS.

El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social cuya cuantía total asciende a la cantidad que asimismo se indica en la citada relación, ha dictado la siguiente.

PROVIDENCIA DE APREMIO: En uso de la facultad que me confiere el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” 29-6-94) y el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” 24-10-95), ordeno la ejecución contra el patrimonio del deudor.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación, mediante la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficial correspondiente.

La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de QUINCE DIAS ante la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en caso contrario se procederá al embargo de los bienes del deudor en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo de apremio, intereses en su caso, y costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110.3 del Reglamento General de Recaudación, así como para solicitar su comparecencia en el plazo de 8 días por sí o por medio de representante, con la advertencia de que si ésta no se produce, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer, conforme dispone el artículo 109.4 del citado Reglamento General.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse oposición al apremio dentro del plazo de los quince días siguientes al de su notificación, ante el mismo órgano que lo dictó, por alguna de las causas señaladas en el artículo 34.2 de la Ley General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución de la oposición.

Asimismo, y dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio, podrá interponerse recurso ordinario ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto, que no suspenderá el procedimiento de apremio, salvo que se realice el pago de la deuda perseguida, se garantice con aval suficiente o se consigne su importe incluido el recargo de apremio y el 3 prociente a efectos de la cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente establecidas, a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme a lo previsto en el artículo 34.4 de la citada Ley General de la Seguridad Social.

Madrid, 15 de noviembre de 2010. El recaudador ejecutivo: Ventura Yeves de la Cruz.

TITULO EJECUTIVO. – IDENTIFICADOR DEL S.R. – NOMBRE/RAZON SOCIAL. – DOMICILIO. – C.P. – LOCALIDAD. – IMPORTE RECLAMADO. – PERIODO LIQUIDACION.

28 10 050967806. – 07 2804296122990. – MUÑOZ GARCIA ROSA EVA. – PZ DE SN MIGUEL 8 CT 5 DCH. – 28005. – MADRID. – 377,84. – 10/05 a 11/05.

28 09 050908314. – 10 28106541962. – SERVICIOS EMPRESARIALES DE TRABAJO TEMPORAL, EMPRES DE. – CL GRAN VIA 60 5 D. – 28013. – MADRID. – 10.385,63. – 08/06 a 08/07.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

HACE SABER: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), según redacción dada por la Ley 4/199, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del día 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001 de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible parcticarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentra pendiente de notificar la siguiente.

DILIGENCIA: En cumplimiento de la Providencia de apremio, dictada en su día al amparo del artículo 84 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores, que se describen en la RELACIÓN adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho reglamento. Los citados bienes quedan afectados en virtud de estos embargos a las responsabilidades de los deudores en sus respectivos expedientes, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total señalada en la relación.

Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte de los apremiados. Si no estuviesen conformes los deudores con la tasación fijada, podrán presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirán los oportunos mandamientos a los Registros de la Propiedad correspondientes, para que se efectúen anotaciones preventivas de los embargos realizados a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento de los expedientes a la Dirección Provincial para autorización de las subastas.

Hallándose los deudores descritos en la relación adjunta, sus respectivos cónyuges, copartícipes o acreedores hipotecarios en paradero ignorado, notifique mediante edictos que se publicarán en el B.O.C.M y en el tablón de anuncios de la Junta Municipal correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se les requiere para que faciliten los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio “Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.

Se advierte por último de que transcurridos ocho días desde la publicación de este anuncio en el B.O.C.M. y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente sin que hayan comparecido los deudores o sus representantes en el expediente de apremio que se le sigue, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid, 15 de noviembre de 2010. El recaudador ejecutivo.

EXPEDIENTE. – CÓDIGO CUENTA COTIZACIÓN. – RÉGIMEN. – NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. – N.I.F/C.I.F. – DOMICILIO. – CÓDIGO POSTAL. – LOCALIDAD. – PERIODO DE LA DEUDA. – IMPORTE PRINCIPAL. – RECARGO DE APREMIO. – INTERESES. – COSTAS DEVENGADAS. – COSTAS PRESUPUESTADAS. – IMPORTE TOTAL. – DESCRIPCIÓN FINCA/FINCAS Y DATOS REGISTRALES.

28 26 05 00170984. – 07 281216472185. – 0521. – FERNANDEZ ORDOÑEZ MARIA CAMINO. – 002492805L. – CL MARQUES DE URQUIJO 14 1 D. – 28008. – MADRID. – 06 2007 A 12 2008. – 4.766,57. – 953,35. – 770,20. – 10,64. – 500,00. – 7.000,76. – FINCA NÚMERO 03: LOCAL COMERCIAL NÚMERO 2 EN CL EMILIA BALLESTER 46 BJ DE MADRID. – TOMO NÚMERO 0855 LIBRO NÚMERO 0855 FOLIO NÚMERO 0104 FINCA NÚMERO 66145 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 16 DE MADRID.

28 26 05 00170984. – 07 281216472185. – 0521. – FERNANDEZ ORDOÑEZ MARIA CAMINO. – 002492805L. – CL MARQUES DE URQUIJO 14 1 D. – 28008. – MADRID. – 06 2007 A 12 2008. – 4.766,57. – 953,35. – 770,20. – 10,64. – 500,00. – 7.000,76. – FINCA NÚMERO 03: LOCAL COMERCIAL NÚMERO 2 EN CL EMILIA BALLESTER 46 BJ DE MADRID. – TOMO NÚMERO 0855 LIBRO NÚMERO 0855 FOLIO NÚMERO 0104 FINCA NÚMERO 66145 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 16 DE MADRID.

Para que sirva de notificación al cónyuge, DURO MARTIN JUAN JOSE, cuyo último domicilio conocido es CL AGUSTIN DE FOXA 16 28036 MADRID.

28 05 06 00173181. – 07 280257545805. – 0521. – RODRIGO GUTIERREZ FCO JAVIER. – 000268810D. – CL JOSE DE CADALSO 86 7 C. – 28044. – MADRID. – 11 2006 A 11 2009. – 13.245,59. – 2.649,04. – 1.479,42. – 0,00. – 1.500,00. – 18.874,05. – FINCA NÚMERO 01: GANANCIAL EN CL JOSE DE CADALSO 87 7º C DE MADRID. – TOMO NÚMERO 0498 LIBRO NÚMERO 0498 FOLIO NÚMERO 0005 FINCA NÚMERO 036927 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 15 DE MADRID.

28 05 06 00173181. – 07 280257545805. – 0521. – RODRIGO GUTIERREZ FCO JAVIER. – 000268810D. – CL JOSE DE CADALSO 86 7 C. – 28044. – MADRID. – 11 2006 A 11 2009. – 13.245,59. – 2.649,04. – 1.479,42. – 0,00. – 1.500,00. – 18.874,05. – FINCA NÚMERO 01: GANANCIAL EN CL JOSE DE CADALSO 87 7º C DE MADRID. – TOMO NÚMERO 0498 LIBRO NÚMERO 0498 FOLIO NÚMERO 0005 FINCA NÚMERO 036927 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 15 DE MADRID.

Para que sirva de notificación al cónyuge, RICO NOGALES MARIA GRACIAS, cuyo último domicilio conocido es CL JOSE DE CADALSO 86 7 C 28044 MADRID.

28 05 07 00294157. – 07 280172682121. – 0521. – ANGEL FERNANDEZ ANGEL. – 050928284M. – PZ CAMPILLO MUNDO NUEVO 9. – 28005. – MADRID. – 10 2006 A 03 2007. – 1.914,26. – 382,85. – 110,05. – 10,46. – 200,00. – 2.617,62. – FINCA NÚMERO 01: 50 POR 100 PLENO DOMINIO EN CL QUINTANA 13 2 C DE MADRID. – TOMO NÚMERO 2224 LIBRO NÚMERO 2224 FOLIO NÚMERO 0068 FINCA NÚMERO 056738 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 25 DE MADRID.

Para que sirva de notificación al acreedor, IOAN CURTEAN, cuyo último domicilio conocido es CL CARABELOS 21 ESC. IZQ 2º B 28041 MADRID.

28 26 09 00189385. – 07 280352450605. – 0521. – GRECO GARCIA JUAN. – 007867022X. – CL MARTIN DE LOS HEROS 7. – 28008. – MADRID. – 03 2009 A 02 2010. – 2.816,39. – 563,32. – 155,57. – 0,00. – 300,00. – 3.835,28. – FINCA NÚMERO 01: 100 POR 100 PLENO DOMINIO GANANCIAL DE VIVIENDA DE 98 M2 EN CL VILLAJOYOSA 94 4 B DE MADRID. – TOMO NÚMERO 0913 LIBRO NÚMERO 0913 FOLIO NÚMERO 0035 FINCA NÚMERO 54377 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 41 DE MADRID. FINCA NÚMERO 02: 100 POR 100 PLENO DOMINIO GANANCIAL DE PISO EN CL MARTIN DE LOS HEROS 7 BJ INT. IZQ. DE MADRID. – TOMO NÚMERO 2037 LIBRO NÚMERO 2037 FOLIO NÚMERO 0094 FINCA NÚMERO 010973 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 25 DE MADRID. FINCA NÚMERO 03: 100 POR 100 PLENO DOMINIO GANANCIAL DE VIVIENDA EN CL BONILLA S/N BJ DE PIEDRAHITA. – TOMO NÚMERO 1864 LIBRO NÚMERO 0097 FOLIO NÚMERO 0154 FINCA NÚMERO 009357 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PIEDRAHITA. FINCA NÚMERO 04: 100 POR 100 PLENO DOMINIO DEL GARAJE EN CL BONILLA S/N PLATA ST. BLOQUE A6 DE PIEDRAHITA. – TOMO NÚMERO 1864 LIBRO NÚMERO 0097 FOLIO NÚMERO 0135 FINCA NÚMERO 009340 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PIEDRAHITA.

Para que sirva de notificación al cónyuge, GONZALEZ HERNANDEZ JACINTA, cuyo último domicilio conocido es CL VILLAJOYOSA 94 4 B 28041 MADRID.

28 14 10 00046641. – 10 28173305143. – 0111. – PEREZ REMMERS ANYELLA FLOR. – 0X4650088V. – CL LAGO BAÑOLAS 30. – 28905. – GETAFE. – 01 2009 A 01 2010. – 12.244,69. – 3.799,81. – 842,63. – 21,10. – 1.604,00. – 18.512,23. – FINCA NÚMERO 01: VIVIENDA UNIFAMILIAR EN CL LAGO BAÑOLAS 30 DE GETAFE. – TOMO NÚMERO 0946 LIBRO NÚMERO 0150 FOLIO NÚMERO 0183 FINCA NÚMERO 3693 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 2 DE GETAFE.

28 26 10 00078369. – 10 28122117031. – 0111. – DEKONYA MADRID, S.L. – 0B81916769. – CL DON PEDRO 6. – 28005. – MADRID. – 05 2009 A 01 2010. – 4.913,50. – 1.235,79. – 249,72. – 49,12. – 600,00. – 7.048,13. – FINCA NÚMERO 01: 100 POR 100 PLENO DOMINIO DEL PISO BJ. INT. DCHA. EN CL DON PEDRO 6 DE MADRID. – TOMO NÚMERO 2665 LIBRO NÚMERO FOLIO NÚMERO 0163 FINCA NÚMERO 39832 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 4 DE MADRID. FINCA NÚMERO 02: 100 POR 100 PLENO DOMINIO DEL LOCAL COMERCIAL EN CL DON PEDRO 6 DE MADRID. – TOMO NÚMERO 2665 LIBRO NÚMERO 1486 FOLIO NÚMERO 0157 FINCA NÚMERO 039828 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 4 DE MADRID.

28 26 10 00095143. – 10 28156960542. – 0111. – PROYECTOS INMOPAM, S.L. – 0B84416403. – CL FERRAZ 31. – 28008. – MADRID. – 08 2008 A 09 2008. – 4.024,91. – 1.034,95. – 461,44. – 127,68. – 500,00. – 6.148,98. – FINCA NÚMERO 01: 100 POR 100 PLENO DOMINIO VIVIENDA EN BARRIO LOS ROSALES CL DIAMANTE 36 1 IZQ DE MADRID. – TOMO NÚMERO 1765 LIBRO NÚMERO 0178 FOLIO NÚMERO 0178 FINCA NÚMERO 012958 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 41 DE MADRID. FINCA NÚMERO 02: 100 POR 100 PLENO DOMINIO DEL PISO EN CL PICOS DE EUROPA 23 BJ 2 DE MADRID. – TOMO NÚMERO 1572 LIBRO NÚMERO 0106 FOLIO NÚMERO 0114 FINCA NÚMERO 009825 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 39 DE MADRID. FINCA NÚMERO 03: 100 POR 100 PLENO DOMINIO DEL PISO EN CL PICOS DE EUROPA 70 1 3 DE MADRID. – TOMO NÚMERO 1547 LIBRO NÚMERO 0081 FOLIO NÚMERO 0112 FINCA NÚMERO 008557 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 39 DE MADRID. FINCA NÚMERO 04: 100 POR 100 DE LA NUDA PROPIEDAD DE LA VIVIENDA EN CL LUCERO 45 2º D DE MADRID. – TOMO NÚMERO 2279 LIBRO NÚMERO 2279 FOLIO NÚMERO 0180 FINCA NÚMERO 139661 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 9 DE MADRID. FINCA NÚMERO 05: 100 POR 100 DE LA NUDA PROPIEDAD DE LA VIVIENDA EN CL LUCERO 45 2º E DE MADRID. – TOMO NÚMERO 2279 LIBRO NÚMERO 2279 FOLIO NÚMERO 0183 FINCA NÚMERO 139662 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 9 DE MADRID.

28 26 10 00095143. – 10 28156960542. – 0111. – PROYECTOS INMOPAM, S.L. – 0B84416403. – CL FERRAZ 31. – 28008. – MADRID. – 08 2008 A 09 2008. – 4.024,91. – 1.034,95. – 461,44. – 127,68. – 500,00. – 6.148,98. – FINCA NÚMERO 06: 100 POR 100 PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN CL CASTILLA 11 1º A DE MADRID. – TOMO NÚMERO 0529 LIBRO NÚMERO 0529 FOLIO NÚMERO 0129 FINCA NÚMERO 023844 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 26 DE MADRID. FINCA NÚMERO 07: 100 POR 100 PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN CL CASTILLA 11 2º B DE MADRID. – TOMO NÚMERO 0529 LIBRO NÚMERO 0529 FOLIO NÚMERO 0137 FINCA NÚMERO 023848 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 26 DE MADRID. FINCA NÚMERO 08: 100 POR 100 PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN CL SANZ RASO 6 3º INT DE MADRID. – TOMO NÚMERO 1548 LIBRO NÚMERO 0082 FOLIO NÚMERO 0173 FINCA NÚMERO 007804 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 39 DE MADRID. FINCA NÚMERO 09: 100 POR 100 PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN CL SANZ RASO 6 BJ EXT DE MADRID. – TOMO NÚMERO 1548 LIBRO NÚMERO 0082 FOLIO NÚMERO 0165 FINCA NÚMERO 007796 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 39 DE MADRID.

EDICTO.

Don Ventura Yeves de la Cruz, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/26, con domicilio en C/ Jacometrezo número 6 de Madrid.

HACE SABER Que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en el expediente que en ella misma se expresa:

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLÁNDOSE IOAN CURTEAN CON DOMICILIO EN CL CARABELOS 21 ESC. IZQ. 2º B DE MADRID, ACREEDOR DEL DEUDOR ANGEL FERNANDEZ ANGEL EN PARADERO IGNORADO. Expte. número 28 05 07 00294157.

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra ANGEL FERNANDEZ ANGEL NIF: 050928284M, con domicilio en pz Campillo Mundo Nuevo 9, 28005 Madrid, de las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor antes citado, resulta lo siguiente:

a) Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de la finca que se detalla a continuación, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de MADRID NÚMERO 25, garantizando la suma total de 2.617,62 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento.

b) Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, que ascienden a la cantidad total de 33.647,42 euros, por descubiertos de cuotas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos del período siguiente: 06 2008 a 03 2009 y del Régimen General del período siguiente: 07 2008 a 03 2009, por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 33.647,42 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 36.265,04 euros.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO:

50 POR 100 PLENO DOMINIO EN CL QUINTANA 13 2º C, MADRID, Registro de la Propiedad número 25 de Madrid, tomo 2224, libro 2224, folio 0068, finca 056738, letra D.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Hallándose el deudor, el cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios o demás interesados en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alcorcón (Madrid), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Madrid, 22 de diciembre de 2009.-El recaudador ejecutivo.

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Expte. número 28 05 07 00294157 ANGEL FERNANDEZ ANGEL.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

HACE SABER: Que tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente ejecutivo de apremio contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 05 12 2007 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Hallándose el deudor ANGEL FERNANDEZ ANGEL, cuyo último domicilio conocido es cl Quintana 13 1 C de Madrid, en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS).

FINCA NUMERO 01: 50 POR 100 PLENO DOMINIO EN CL QUINTANA 13 2º C DE MADRID.

DATOS REGISTRO: NÚMERO 25 DE MADRID TOMO NÚMERO: 2224 LIBRO NÚMERO: 2224 FOLIO NÚMERO: 0068 FINCA NÚMERO: 056738.

IMPORTE DE TASACIÓN: 161.668,80.

Madrid, 29 de octubre de 2010.-El recaudador ejecutivo, Ventura Yeves de la Cruz.

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Expte. número 28 05 08 00116150 SIMA SPORT, S.A.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

HACE SABER: Que tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente ejecutivo de apremio contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 11 11 2008 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Hallándose el deudor SIMA SPORT, S.A., cuyo último domicilio conocido es cl Bailén 16 3 izq. de Madrid, en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS).

FINCA NUMERO 01: TIT. DOMINICAL EN CL BAILEN 16 3º IZD DE MADRID.

DATOS REGISTRO: NÚMERO 4 DE MADRID TOMO NÚMERO: 2006 LIBRO NÚMERO: FOLIO NÚMERO: 0203 FINCA NÚMERO: 035271.

IMPORTE DE TASACIÓN: 572.550,08.

Madrid, 9 de julio de 2010.-El recaudador ejecutivo, Ventura Yeves de la Cruz.

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Expte. número 28 26 08 00271507 AL AMERI AL AMERI BASSAM.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

HACE SABER: Que tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente ejecutivo de apremio contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 07 09 2009 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Hallándose el deudor AL AMERI AL AMERI BASSAM, cuyo último domicilio conocido es cl Tres Cruces 8 bj de Madrid, en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS).

FINCA NUMERO 01: VIVIENDA DE 103,77 M2 Y CUARTO TRASTERO NÚMERO 48 DE 7,13 M2 EN CL MONASTERIO DE GUADALUPE 2 1 C DE MADRID.

DATOS REGISTRO: NÚMERO 35 DE MADRID TOMO NÚMERO: 2752 LIBRO NÚMERO: 1261 FOLIO NÚMERO: 0111 FINCA NÚMERO: 70406.

IMPORTE DE TASACIÓN: 362.192,00.

FINCA NUMERO 02: PLAZA DE APARCAMIENTO NÚMERO 17 EN SOTANO 1 DE 10,13 M2 EN CL MONASTERIO DE GUADALUPE 21 DE MADRID.

DATOS REGISTRO: NÚMERO 35 DE MADRID TOMO NÚMERO: 2857 LIBRO NÚMERO: 1366 FOLIO NÚMERO 0169 FINCA NÚMERO: 70358.

IMPORTE DE TASACIÓN: 25.000,00.

Madrid, 29 de octubre de 2010.-El recaudador ejecutivo, Ventura Yeves de la Cruz.

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Expte. número 28 26 09 00063487 YAGUE CASADO TERESA.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

HACE SABER: Que tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente ejecutivo de apremio contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 26 08 2009 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Hallándose el deudor YAGUE CASADO TERESA, cuyo último domicilio conocido es cl Costanilla de Santiago 2 de Madrid, en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS).

FINCA NUMERO 02: 16,6666667 POR 100 (1/6) DE LA NUDA PROPIEDAD POR TITULO DE HERENCIA CON CARÁCTER PRIVATIVO DE FINCA RUSTICA DE DIECINUEVE AREAS SETENTA CENTIAREAS EN PARAJE TOMILLARES DE SEGOVIA.

DATOS REGISTRO: NÚMERO 3 DE SEGOVIA TOMO NÚMERO: 3488 LIBRO NÚMERO: 0055 FOLIO NÚMERO: 0126 FINCA NÚMERO: 2113.

IMPORTE DE TASACIÓN: 283,75.

FINCA NUMERO 03: 16,6666667 POR 100 (1/6) DE LA NUDA PROPIEDAD POR TITULO DE HERENCIA CON CARÁCTER PRIVATIVO DE FINCA RUSTICA DE SEIS HETAREAS, DOS AREAS, CUARENTA CENTIAREAS EN PARAJE ARMORALES DE SEGOVIA.

DATOS REGISTRO: NÚMERO 3 DE SEGOVIA TOMO NÚMERO: 3488 LIBRO NÚMERO: 0055 FOLIO NÚMERO: 0130 FINCA NÚMERO: 5031.

IMPORTE DE TASACIÓN: 20.893,93.

Madrid, 14 de julio de 2010.-El recaudador ejecutivo, Ventura Yeves de la Cruz.

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Expte. número 28 05 09 00127800 GREENGENIO, S.L.U.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

HACE SABER: Que tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente ejecutivo de apremio contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 23 07 2009 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Hallándose el deudor GREENGENIO, S.L.U., cuyo último domicilio conocido es cl Canteras 24 de Chapinería, en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Chapinería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS).

FINCA NUMERO 01: PLENO DOMINIO NAVE EN CL CANTERAS 24 DE CHAPINERIA.

DATOS REGISTRO: NÚMERO 2 DE NAVALCARNERO TOMO NÚMERO: 1725 LIBRO NÚMERO: 0055 FOLIO NÚMERO: 0004 FINCA NÚMERO: 002869.

IMPORTE DE TASACIÓN: 265.920,20.

Madrid, 27 de octubre de 2010.-El recaudador ejecutivo, Ventura Yeves de la Cruz.

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Expte. número 28 26 10 00154151 VEGA BOZA ANDRES.

Don Ventura Yeves de la Cruz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/26, con sede en la calle Jacometrezo número 6, Madrid.

HACE SABER: Que tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente ejecutivo de apremio contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 20 05 2010 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Hallándose el deudor VEGA BOZA ANDRES, cuyo último domicilio conocido es cl Santovenia 16 3º dch. de Madrid, en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de anuncios a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS).

FINCA NUMERO 01: 100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO DE VIVIENDA DE 100 M2 EN CL LLANO DE LAS MAYAS 8 DE FREGENAL DE LA SIERRA (BADAJOZ).

DATOS REGISTRO: FREGENAL DE LA SIERRA TOMO NÚMERO: 0740 LIBRO NÚMERO: 0199 FOLIO NÚMERO: 0051 FINCA NÚMERO: 2544.

IMPORTE DE TASACIÓN: 134.070,00.

Madrid, 27 de septiembre de 2010.-El recaudador ejecutivo, Ventura Yeves de la Cruz.

EDICTO DE NOTIFICACION DE RECLAMACIÓN DE DEUDA.

AL PARTÍCIPE DE COMUNIDAD DE BIENES.

Expte. número 28 05 09 00405258.

En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue expediente ejecutivo de apremio contra ANTONIO DIAZ ORTIZ Y JULIAN GARCIA BENITEZ C.B., con C.C.C. 28169929442 y CIF 0E85311272.

Habiéndose intentado la notificación a D. ANTONIO DIAZ ORTIZ, cuyo último domicilio conocido es pza. Segovia Nueva 1 28005 Madrid, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar la reclamación de deuda al partícipe de la comunidad de bienes.

Según el contrato privado de constitución de la mencionada comunidad, usted ostenta una cuota de participación del 50 por 100 en los gastos e ingresos de la misma.

El artículo 393 del Código Civil establece que “el concurso de los partícipes en una Comunidad de Bienes, tanto en los beneficios como en las cargas será proporcional a sus respectivas cuotas”. En consecuencia la responsabilidad de los miembros partícipes respecto a las deudas de la comunidad es, con carácter general, mancomunada y principal, de tal manera que las actuaciones del procedimiento de apremio se dirigen sin necesidad de previa declaración de responsabilidad, contra el patrimonio de los partícipes.

La deuda que la comunidad mantiene con la Seguridad Social asciende a 3.475,82 euros, período 01/2009 a 08/2009, siendo por tanto usted responsable de 1.737,91 euros.

Transcurrido el plazo legalmente establecido para hacer efectiva la deuda pendiente, sin haberse atendido, se le requiere para que de forma inmediata y en todo caso antes de la práctica del embargo, haga efectiva la deuda en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, significándole que de no hacerlo se llevará a cabo el embargo de sus bienes en el domicilio o lugar en el que se encuentren, siendo extensivo a todos los que, a juicio de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, garanticen debidamente la deuda.

A tal efecto, en el plazo de 10 días, podrá señalar bienes embargables de su propiedad, al amparo de los dispuesto en el artículo 89 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Transcurrido dicho plazo sin haber designado bienes, se entenderá que renuncia al derecho que le asiste, siendo trabados de embargo los designados por el ejecutor, traba que será extensiva a toda clase de bienes que, a juicio de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, garanticen debidamente la deuda.

Madrid, 30 de septiembre de 2010. El recaudador ejecutivo, Ventura Yeves de la Cruz.

EDICTO DE NOTIFICACION DE RECLAMACIÓN DE DEUDA.

AL PARTÍCIPE DE COMUNIDAD DE BIENES.

Expte. número 28 05 09 00405258.

En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue expediente ejecutivo de apremio contra ANTONIO DIAZ ORTIZ Y JULIAN GARCIA BENITEZ C.B., con C.C.C. 28169929442 y CIF 0E85311272.

Habiéndose intentado la notificación a D. JULIAN GARCIA BENITEZ, cuyo último domicilio conocido es pza. Segovia Nueva 1 28005 Madrid, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar la reclamación de deuda al partícipe de la comunidad de bienes.

Según el contrato privado de constitución de la mencionada comunidad, usted ostenta una cuota de participación del 50 por 100 en los gastos e ingresos de la misma.

El artículo 393 del Código Civil establece que “el concurso de los partícipes en una Comunidad de Bienes, tanto en los beneficios como en las cargas será proporcional a sus respectivas cuotas”. En consecuencia la responsabilidad de los miembros partícipes respecto a las deudas de la comunidad es, con carácter general, mancomunada y principal, de tal manera que las actuaciones del procedimiento de apremio se dirigen sin necesidad de previa declaración de responsabilidad, contra el patrimonio de los partícipes.

La deuda que la comunidad mantiene con la Seguridad Social asciende a 3.475,82 euros, período 01/2009 a 08/2009, siendo por tanto usted responsable de 1.737,91 euros.

Transcurrido el plazo legalmente establecido para hacer efectiva la deuda pendiente, sin haberse atendido, se le requiere para que de forma inmediata y en todo caso antes de la práctica del embargo, haga efectiva la deuda en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, significándole que de no hacerlo se llevará a cabo el embargo de sus bienes en el domicilio o lugar en el que se encuentren, siendo extensivo a todos los que, a juicio de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, garanticen debidamente la deuda.

A tal efecto, en el plazo de 10 días, podrá señalar bienes embargables de su propiedad, al amparo de los dispuesto en el artículo 89 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Transcurrido dicho plazo sin haber designado bienes, se entenderá que renuncia al derecho que le asiste, siendo trabados de embargo los designados por el ejecutor, traba que será extensiva a toda clase de bienes que, a juicio de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, garanticen debidamente la deuda.

Madrid, 30 de septiembre de 2010.-El recaudador ejecutivo, Ventura Yeves de la Cruz.

URE 28/27.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE ACTOS DE GESTIÓN DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA.

Don José Luis Miguel Vázquez, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/27, con domicilio en la calle Londres número 60 de Madrid.

HACE SABER: Que, por haber resultado infructuosas las notificaciones realizadas en el último domicilio conocido del deudor, practicadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de11 de junio ( “Boletín Oficial del Estado” de 25 de junio), que remite a los artículos 58 a 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se recurre a la notificación por edictos de los actos dictados por los jefes de las Unidades de Recaudación Ejecutiva de la Dirección Provincial de Madrid a los apremiados que se relacionan, incursos en procedimientos ejecutivos seguidos por débitos a la Seguridad Social, haciendo constar que el presente edicto se hace público a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

ACTO QUE SE NOTIFICA.

DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD Y TRÁMITE DE AUDIENCIA. Se requiere a los apremiados que se relacionan para que comparezcan en el plazo de DIEZ DIAS por sí o por medio de representante, en el expediente de apremio que se les instruye, con el fin de que efectúen manifestación de sus bienes y derechos con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, en cumplimiento de lo dispuesto y a los efectos previstos en el artículo 89.2 del Real Decreto 1415/2004.

El incumplimiento de esta obligación implicará que no podrá estimarse como causa de impugnación del procedimiento de apremio la preterición o alteración del orden de prelación de embargo a que se refiere el artículo 91 del citado Reglamento General de Recaudación, en relación con los bienes y derechos no señalados por el deudor.

28270900148246. – GOLPE DE EFECTO PRODUCCIONES, S.L. – 28165971741. – 0111 –.

5.701,21 euros. – B32366338. – MADRID.

CARLOS HERRAIZ MARTIN. – 51908731P - C/HERMOSILLA, 130-4º EXT. IZDA. – 28028. – MADRID.

28271000051879. – PURMA BUILDING SERVICE, SL. – 28169216995. – 0111. –49.679,36 euros- B85344471. – MADRID.

MARIA ROMERO LAZARO. – 70074543Y. – PURIFICACION LAZARO JIMENEZ. – 51613075V.– C/PUERTO CONTRERAS, 3. – 28500. – ARGANDA DEL REY.

28270900272629. – MISALOA, S.L. – 28166794423. – 0111. – 12.479,90 euros - B85044386.– MADRID.

MIGUEL ANGEL MORENO MONTAÑO. – X8449363Z. – SANDRA LORENA ALARCON GIRALDO. – X8449379F - C/PORVENIR, 19. – 28028. – MADRID. – AVDA. DE LAS MORERAS, 33.– 28220. – MAJADAHONDA. – C/ MORERAS, 33. – 28220. – MAJADAHONDA. – C/CARLOS ARNICHES, 3-7º D. – 28935. – MOSTOLES.

Madrid a 17 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, José Luis Miguel Vázquez.

URE 28/28.

EDICTO DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

DOÑA ANA CASTILLO IRURITA Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/28, con sede en C/ Manuel Ferrero, 19 - 28036 Madrid.

HAGO SABER: Que con fecha de hoy he dictado las siguientes diligencias en los expedientes que en ellas mismas se expresan:

EDICTO.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B O E del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de los anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la provincia, para el conocimiento integro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

En el Anexo 1 se detalla el domicilio y localidad de cada unidad asignada a dichos actos administrativos, así como su teléfono y número de fax.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Exp: 28 15 07 1571 79 Deudor: PARADELA DE LA FUENTE MIGUEL, Domicilio: CL/MARBELLA NÚMERO 68-2º-1º E C.P 28034 MADRID.

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Notificadas al deudor de referencia las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe más abajo se indica, sin haberlas satisfecho, y habiendo procedido con fecha 13-03-01 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva según se transcribe en relación adjunta a efectos de su posible venta en pública subasta si no se realiza el pago de la deuda.

Importe deuda: Principal: 6.215,83 Recargo 1.243,21 intereses 935,81 TOTAL: 8.506,12.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta no obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones se aplicara la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes no excediera del 20 por 100 de la menor se estimara como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitara de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería a General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Ley General de Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30 1992, de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE BIENES EMBARGADOS CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS.

Descripción finca:

100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO CARÁCTER PRIVATIVO.

DATOS DEL REGISTRO: Registro número 35,54 y 55 de MADRID número de Libro 1367, número de tomo 2858, número de folio 7, número de finca 6027.

IMPORTE DE LA TASACIÓN 703.438,00 euros.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA:

VIVIENDA URBANA SITA EN LA CL/ MARBELLA NÚMERO 68-ESC. 2-PISO 1º E, DEL CONJUNTO URBANO DENOMINADO EDIFICIO RIBADESELLA. LA SUPERFICIE ES DE 158 M2 EN LA GENERAL CONSTRUIDA Y DE 137 M2 DE PROPIA AREA OCUPADA POR LA VIVIENDA.

TITULARES: DON MIGUEL PARADELA DE LA FUENTE, CASADO PLENO DOMINIO PRIVATIVO.

Anexo 1 Unidad de Recaudación Ejecutiva 28/28- Cl/ Manuel Ferrero, 19 - 28036 Madrid- Telf. 91 334 86 67 Fax: 91 334 86 72.

Madrid 11 de NOVIEMBRE de 2010.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, Ana Castillo Irurita.

RESOLUCIONES.

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Dirección Provincial de Madrid.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE LOS ACUERDOS DE DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD A SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS.

Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 29) en materia de gestión recaudatoria, y los artículos 15 y 104, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 11); los artículos 2, sobre competencia y atribución de funciones, 12, 13, 14, 15, reguladores respectivamente, de los responsables de pago: normas comunes, de los responsables solidarios, de los responsables subsidiarios y de los sucesores mortis causa, y 62.2 sobre reclamaciones de deuda, del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 25), ha dictado los acuerdos de derivación de responsabilidad que se citan en la relación que se acompaña.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los sujetos responsables, procede practicar la notificación de los acuerdos de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99).

Frente a estos acuerdos que no ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Provincial de Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente al de su notificación, advirtiéndole que tal interposición no suspenderá el procedimiento recaudatorio salvo que se realice el pago de la deuda, se garantice con aval suficiente o se consigne su importe; todo ello de conformidad con los artículos 30.5 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social y el artículo 46, apartados 1 y 2 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aplicados en virtud de la disposición adicional sexta.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Transcurrido el plazo de tres meses computados desde la fecha de interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley, quedando, expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

Para asegurar el cobro de las deudas con la Seguridad Social y antes del inicio del procedimiento de apremio, los órganos de recaudación ejecutiva de la Tesorería General podrán adoptar medidas cautelares de carácter provisional, que se convertirán en definitivas ya en el marco del procedimiento de apremio, ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por R. D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de seguridad social, y en el artículo 54 del R. D. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad ­Social.

Para conocimiento del contenido del correspondiente acuerdo, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, sitos en la Calle Agustín de Foxá, 28-30, 28036 - Madrid.

En Madrid, a 18 de noviembre de 2010.-EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL, JUAN LUIS RODRIGUEZ HURTADO (firmado).

Código de Cuenta de Cotización/Número de Afiliación/Identificador de Persona Física (CCC/NAF/IPF); Razón Social o Nombre del Sujeto Responsable (R.SOCIAL/NOMBRE); Dirección del envío (DIRECCION ENVIO); Código Postal (CP); Localidad del envío (LOCALIDAD); Provincia del envío (PROVINCIA); Año del expte. (AÑO); Número de orden del expte. (NÚMERO EXPTE); Empresas o Sujetos Antecesores (ANTECESORES); Tipo de Derivación de Responsabilidad (TIPO DERIVACION); Concepto de la Derivación (CONCEPTO DERIVACION); Importe de la Derivación de Responsabilidad (IMPORTE); Período que abarca la Deuda Reclamada (PERÍODO).

CCC/NAF/IPF. – R.SOCIAL/NOMBRE. – DIRECCION ENVIO. – CP. – LOCALIDAD. – PROVINCIA. – AÑO. – NÚMERO EXPTE. – ANTECESORES. – TIPO DERIVACION. – CONCEPTO DERIVACION. – IMPORTE. – PERÍODO.

6538414C. – JUAN JOSE DIAZ GONZALEZ. – SOMOTIN, 100 -6ºB. – 28033. – MADRID. – MADRID. – 2010. – 101478. – HIDROGHIBLI, S.L. CCC: 28123220003. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 52.179,39 EUROS 01/09 A 07/09.

46931961R. – MARTA ALCARAZO GARCIA. – CALLE MADRID, 2. – 28609. – VILLANUEVA DE PERALES. – MADRID. – 2010. – 100545. – TAMARSOL TERMAS, S.L. C.C.C.28122781681. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 175.559,38 EUROS. – 12/05 A 10/09.

53401690 Z. – ROSA MARIA MORA GONZALEZ. – SAUCE, 1 -URB. ATALAYA REAL. – 28723. – PEDREZUELA. – MADRID. – 2010. – 101565. – VERTICALES SANSE, S.L.CCC: 28157890833. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 126.063,76 EUROS. – 09/08 A 10/09.

51854765T. – SILVIA CUERVO CAMPILLO. – PUERTO CRUZ VERDE, 44-BQ A-2ºB. – 28045. – MADRID. – MADRID. – 2010. – 101216. – ENCUADERNACION ESPIRAL S.L.CCC: 28162221679. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 61.457,43 EUROS. – 10/07 A 02/10.

1925283E. – DAVID ESPINOSA REDERO. – OLIVA DE PLASENCIA, 31-ESC1-3ºA. – 28044. – MADRID. – MADRID. – 2010. – 101485. – CUBIERTAS Y FACHADAS DERTICAL, S.L. CCC: 28166248290. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 69.319,14 EUROS. – 06/08 A 03/10.

2241067Q. – MONTSERRAT SERRANO AVILA. – MANUEL MIRALLES, 14. – 28320. – PINTO. – MADRID. – 2010. – 101423. – SUR HABITAT GESTION INMOBILIARIA SL CCC: 28156197676. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 7.795,11 EUROS. – 01/08 A 09/08.

49006687 N. – DANIEL HERNANDEZ NOGALES. – Pº DE LISBOA, 29 -8º 3. – 28943. – FUENLABRADA. – MADRID. – 2010. – 101477. – URCO SERVICIOS INTEGRALES, S.L. CCC: 28149235100. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 7.309,04 EUROS. – 03/06 A 01/08.

50038332S. – MARIA DEL MAR BAEZA JIMENEZ. – Pº QUINCE DE MAYO, 19. – 28019. – MADRID. – MADRID. – 2010. – 101209. – TECNOLOGIA LIMPIEZAS SL CCC: 28112977005. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 44.697,12 EUROS. – 07/08 A 03/10.

43661183F. – LUIS RODRIGUEZ GARCIA. – C/ MARTE, NÚMERO 1 3ºB. – 28850. – TORREJON DE ARDOZ. – MADRID. – 2010. – 101490. – TRANSPORTE LOGISTICA Y DISTRIBUCION RODRIGAR SL CCC: 28157373093. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 91.539,15 EUROS. – 01/09 a 01/10.

5254755 Z. – DELFIN JIMENEZ HIDALGO. – CAMELIA, 55. – 28529. – RIVAS-VACIAMADRID. – MADRID. – 2010. – 102185. – CD POOL MUSIC SL. – CCC: 28124409867. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 1.537,92 EUROS. – 09/09 A 10/09.

003055314-V. – ALFONSO BACHILLER SANCHEZ. – C/GENERAL PALANCA, 4 -3ºD. – 28045. – MADRID. – MADRID. – 2010. – 101594. – EXTERNALIA BUSINESS, S.L.CCC: 28171860651. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 63.319,29 EUROS. – 08/09 A 02/10.

50185200-M. – ANASTASIO MARTIN MUÑOZ. – AVDA. DE LOS ANGELES, 12 -BQ 4 -1ºA. – 28223. – POZUELO DE ALARCON. – MADRID. – 2010. – 102129. – MARTIN MUÑOZ ANASTASIO SL CCC: 28149803356. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 26.826,21 EUROS. – 10/08 A 07/09.

28169216995. – PURMA BUILDING SERVICE, S.L. – FRANCISCO REMIRO, 1º -1. – 28028. – MADRID. – MADRID. – 2010. – 101544. – BELA KESZEG, 281282040852. – SOLIDARIA. – EMBARGO DE SALARIOS. – 591,55 EUROS. – 11/09 A 04/10.

51894108-J. – DOLORES MERINO CUELLO. – PRADO DE LAS ENCINAS, 7. – 28200. – SAN LORENZO DE EL ESCORIAL. – MADRID. – 2010. – 102204. – ESCORIAM, S.L C.C.C.28107597242. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 17.865,43 EUROS. – 10/06 A 02/10.

50718326-Z. – JOSE PEREZ MOLINA. – CERRO DE ARAGON, 30. – 28110. – ALGETE. – MADRID. – 2010. – 102201. – LAS MAREAS DEL RIO JUCAR, SL CCC: 28164752268. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 5.772,09 EUROS. – 11/08 A 11/09.

52091831-M. – MARIO BARRADO ROL. – C/EXTREMADURA, 46 -1ºA. – 28944. – FUENLABRADA. – MADRID. – 2010. – 101388. – IMPERBARRADO, S.L. – CCC: 28163257357. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 1.674,93 EUROS. – 05/09 A 08/09.

52474938-R. – RAFAEL FAUSTO MENDEZ CRISTINO. – C/ ANDRES MELLADO, 67 -BJ- DCHA. – 28015. – MADRID. – MADRID. – 2010. – 101677. – VENTABYERTA, S.L. CCC: 28167821512. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 43.075,70 EUROS. – 04/09 A 08/09.

5239272-X. – ANTONIO MARQUEZ SUAREZ. – PUERTA DEL SOL, 14. – 28905. – GETAFE. – MADRID. – 2010. – 101259. – INDUSTRIA MAFASA, S.A. – CCC: 28045639486. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 88.657,47 EUROS. – 10/09 A 12/09.

7837661-C. – RAUL DIAZ MARTIN. – C/ BALEARES, 10. – 28913. – LEGANES. – MADRID. – 2010. – 101483. – SAMA EXPRES, S.L. CCC: 28148452733. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 10.806,29 EUROS. – 12/07 A 10/09.

50450120-B. – MIGUEL CORTES LIMIA. – JESUS CASTELLANOS, 3 -2º IZDA. – 28025. – MADRID. – MADRID. – 2010. – 102220. – EXCAVACIONES CORTES LIMIA, S.L.C.C.C.28 135969944. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 40.730,77 EUROS. – 01/05 a 12/05.

10870199-P. – JUAN ANTONIO FELGUEROSO VIEJO. – CERCIS, 34. – 28034. – MADRID. – MADRID. – 2010. – 101575. – ROFEL TRADING, S.L. CCC: 28142170264, SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 98.901,30 EUROS. – 02/09 A 02/10.

52533741-Q. – JUAN LUIS COT LOPEZ. – C/INFANTAS, 29-3ºD. – 28300. – ARANJUEZ. – MADRID. – 2010. – 101989. – CAFETOC ARANJUEZ, S.L. CCC. 28143797642. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 104.427,92 EUROS. – 08/07 A 09/09.

2650336- T. – CARLOS MERODIO LOPEZ. – VIRGEN DE LOURDES, 36. – 28028. – MADRID. – MADRID. – 2010. – 102143. – P & F IDEAS Y MARKETING, S.L.CCC: 28161312509. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 78.058,58 EUROS. – 07/07 A 02/10.

PROVINCIAS.

PROVINCIA 03 ALICANTE.

ADMINISTRACION NÚMERO 03/08.

Av. Alicante, 2 03203 Elche.

EDICTO DE NOTIFICACION DE RESOLUCIONES DE BAJA DE OFICIO DE TRABAJADORES EN EL REGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTONOMOS.

Por esta Administración de la Seguridad Social se han dictado resoluciones cursando la baja de oficio en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de los trabajadores que se relacionan a continuación, con las fechas de efectos que asimismo se indican, por inexistencia de actividad en el centro de trabajo declarado. Todo ello en aplicación de lo establecido en los artículos 13.4 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 29.06.94) y 29.1.3 y 35.2 del Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, que aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 27.02.96).

Se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL a los efectos de notificación previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27.11.92).

Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del día 27).

NAF. – NOMBRE. – DIRECCIÓN. – LOCALIDAD. – PROVINCIA. – FECHA BAJA.

03 10.573.785 58. – URBANO RUBIO DIAZ. – AV SAN LUIS NÚMERO: 95. – MADRID. – MADRID.

31-01-2010.

ELCHE, 17 de noviembre de 2010.-LA DIRECTORA DE LA ADMINISTRACION, Inmaculada Palma López.

PROVINCIA 39 CANTABRIA.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CANTABRIA.

Notificación de resolución de Actas de liquidación e infracción.

El Jefe de la Unidad de Impugnaciones, por ser desconocidos en los domicilios que constan, por ausencias y otras causas similares, según nos ha informado el Servicio de Correos, conforme se establece en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285 de 27-11-92), notifica la resolución de Actas de liquidación e infracción provisionales, a los sujetos responsables:

Régimen: General.

Identificador: 39/10517675.

Razón Social/Nombre: Aplicaciones Metalúrgicas Matarrañas, S.L.

Dirección: Av. del Meditrerráneo número 9 - 2º.

C.P.: 28007.

Población: Madrid.

Fecha y tipo de resolución: 26.08.10.

Confirmatoria.

Actas números: 392010008009118 I392010000018742.

Periodos: 02/07-09/07 02/07-09/07.

Importes: 6.058,80 626,00.

Se les hace saber, que contra las presentes Resoluciones, de acuerdo con los artículos 31.2 de la Ley General de la Seguridad Social y 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, que podrá presentarse en el registro de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Cantabria, para su resolución por la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Dicho recurso también podrá presentarse en alguno de los demás registros relacionados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Si existiera Sanción, la misma se reducirá automáticamente al cincuenta por cien de su cuantía, si el sujeto infractor diese su conformidad a la liquidación practicada, ingresando su importe hasta el último día del mes siguiente al de la notificación de la presente Resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31.5 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

El importe de la sanción podrá hacerse efectivo mediante el modelo que se acompaña, hasta el último día siguiente del mes al de la notificación de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo y de no haberse interpuesto recurso contra la misma, se devengará el recargo previsto en el artículo 27.2 de la Ley General de la Seguridad Social. Para obtener la reducción a que se refiere el párrafo anterior, deberá acudir a la Administración de esta Dirección Provincial que le corresponda, donde se le facilitará el modelo para que haga efectivo el ingreso antes del vencimiento del plazo mencionado.

El importe de la deuda figurado en el acta de liquidación deberá ingresarse en las entidades financieras autorizadas mediante el modelo TC 1/30 que se acompaña, dentro del plazo antes señalado, iniciándose, en el supuesto de que esta resolución no fuera impugnada o lo fuera sin la consignación de dicho importe o constitución de aval bancario suficiente, el procedimiento de apremio previsto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con el recargo del 35 por 100 sobre el principal de la deuda.

Si se hubiese interpuesto recurso de alzada contra el acto administrativo liquidatorio y se hubiese garantizado el importe de la deuda con aval suficiente o mediante consignación, en los términos del artículo 46.2 del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, el ingreso deberá efectuarse en la cuantía determinada en la resolución del recurso de alzada y dentro de los 15 días siguientes a su notificación.

Una vez que adquiera firmeza en vía administrativa la presente resolución sin que se hayan satisfecho las deudas reclamadas en la misma, se iniciará el procedimiento de apremio mediante la emisión por parte de esta Tesorería General de la Seguridad Social de las correspondientes providencias de apremio, conforme a lo dispuesto en los artículos 31 y 34 de la Ley General de la Seguridad Social.

Santander, a 18 de noviembre de 2010.-Carlos Puente Gómez, Jefe de la Unidad de Impugnaciones.

PROVINCIA 13 CIUDAD REAL.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CIUDAD REAL.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES EN LAS ACTAS DE LIQUIDACIÓN DE CUOTAS E INFRACCIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL A SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del recurrente, deudor o de su representante, procede practicar la notificación de las resoluciones que se relacionan de acuerdo con lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99). por el presente edicto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de cada uno de los Ayuntamientos correspondientes, las resoluciones dictadas en las actas de liquidación de cuotas a la Seguridad Social y de infracción por los mismos hechos.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos o recurrentes, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, al amparo de lo establecido en el artículo 61 de la Ley señalada, se comunica a la empresa/trabajador que podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ciudad Real, sito en Avenida Rey Santo, número 2, 13001 Ciudad Real en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de cada uno de los Ayuntamientos correspondientes, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

De acuerdo con los artículos 31.2 de la Ley General de la Seguridad Social y 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, que podrá presentarse en el registro de la Dirección Provincial de esta Tesorería General de la Seguridad Social en Ciudad Real para su resolución por esta Dirección Provincial.

Si se interpusiese recurso de alzada contra el acto administrativo liquidatorio y se garantizase el importe de la deuda con aval suficiente o mediante consignación, en los términos del artículo 46.2 del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, desestimada la impugnación, el ingreso deberá efectuarse en la cuantía determinada en la resolución del recurso de alzada y dentro de los 15 días siguientes a su notificación.

Una vez que adquiera firmeza en vía administrativa la presente resolución sin que se hayan satisfecho las deudas reclamadas en la misma, se iniciará el procedimiento de apremio mediante la emisión por parte de esta Tesorería General de la Seguridad Social de las correspondientes providencias de apremio, conforme a lo dispuesto en los artículos 31 y 34 de la Ley General de la Seguridad Social.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

En Ciudad Real, a 8 de noviembre de 2010. — EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Basilio Victoria Sánchez.

Número de Expediente (NÚMERO EXPTE.); Código de Cuenta de Cotización/Número de Afiliación/Identificador de Persona Física (CCC/NAF/IPF); Empresa/Trabajador Autónomo (NOM-BRE/R.SOCIAL); Dirección del envío (DIRECCION ENVIO); Código Postal (CP); Localidad del envío (LOCALIDAD); Provincia del envío (PROVINCIA); Número Acta de Liquidación Provisional. (NALP); Importe (IMP); Número Acta de Infracción (NAI); Importe (IMP); Fecha Resolución (FECHA RESOLUCION);.

NÚMERO EXPTE. – CCC/NAF/IPF. – NOMBRE/R.SOCIAL. – DIRECCION ENVIO. – CP. – LOCALIDAD. – PROVINCIA. – NALP. – IMP. – NAI. – IMP. – FECHA RESOLUCION.

13/2010/02/0078/M. – SOCCO MODA S.L. – Urbanización Los Belgas, número 24. – 28400. – COLLADO VILLALBA. – MADRID. – 282010009706026. – 144,24 euros. – 282010005009408. – 6.000,00 euros. – 21/10/2010.

EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Basilio Victoria Sánchez.

PROVINCIA 19 GUADALAJARA.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN.

El Jefe de la Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara.

HACE SABER, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26-11-92 (“Boletín Oficial del Estado” 27-11-1992), a la empresa VALDEPEÑAS VIALES URBANISTICAS, S.L., en el expediente número 19/2010/02/0027/M, ante la imposibilidad de practicar la notificación a través del Servicio de Correos, la Resolución de elevación a definitivas de las Actas de Liquidación número 282010009705420 y de Infracción coordinada número I282010005008596.

En virtud de lo anterior, dispongo que los sujetos pasivos obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante el órgano responsable de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento, en la sede de la Dirección Provincial de la TGSS sita en C/ Carmen, 2. de Guadalajara.

Asimismo se advierte que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado.

De acuerdo con los artículos 31.2 de la Ley General de la Seguridad Social y 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, que podrá presentarse en el registro de la dirección Provincial de esta Tesorería General de la Seguridad Social en Guadalajara o en alguno de los demás registros relacionados en el art.38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para su resolución por la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Guadalajara, 10 de noviembre de 2010.-Fdo.: Andrés Asenjo Martínez.

PROVINCIA 23 JAEN.

EDICTO.

Por el presente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), se hace pública Resolución/es dictada/s por el órgano competente de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Jaén ya que, intentada la notificación al/a los interesado/s no ha sido posible; se advierte que el expediente se encuentra a disposición de los interesados en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Jaén, Unidad de Impugnaciones, sita en Avda. de Madrid, número 70, 4ª planta, donde podrán comparecer para conocimiento íntegro del acto recurrido.

Sujeto responsable: F Y A 2001, S.L.

Régimen: General.

Expte. número.: 23/2010/01/0179/M.

C.C.C./Número. Af.: 23110540693.

Domicilio: C/ La Paz, 8.- 28595 ESTREMERA.

Resolución: Confirma y eleva a definitiva el Acta de Liquidación 232010008017644 y confirma la sanción I232010000046264 por un importe de 6.431,35 euros y 626 euros respectivamente.

Contra la presente resolución, de acuerdo con los artículos 31.2 de la Ley General de la Seguridad Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio y 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común; podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Jaén.

Jaén, 12 Octubre de 2010.-LA JEFA DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, María Dolores Castillo Fe.

PROVINCIA 35 LAS PALMAS.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LAS PALMAS.

ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES DE RECURSOS.

La Jefa del Servicio Técnico de Impugnaciones y Notificaciones de la Dirección Provincial de Las Palmas de la Tesorería General de la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, (“Boletín Oficial del Estado” 27-11-92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notifica por medio de este anuncio las resoluciones a los recursos interpuestos por los interesados que más adelante se relacionan, una vez que intentada su notificación, ésta no pudo practicarse.

Contra las resoluciones que se notifican podrá interponerse el recurso que en la relación se indica ante el órgano también indicado, sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otro que se estime procedente. En el caso de que el órgano ante el que quepa el recurso sea judicial, las resoluciones que se notifican ponen fin a la vía administrativa, en otro caso las resoluciones notificadas no ponen fin a esta vía. El plazo de interposición empezará a contar el día siguiente a la publicación de este anuncio en el boletín oficial de esta provincia cuando el plazo esté expresado en días y el mismo día de la publicación cuando el plazo sea contado en meses.

Firmado. La Jefa del Servicio Tecnico.Amparo Garcia Pascual.

Regimen. – Providencia. – CCC/NAF. – Nombre/R. Social. – Resolución. – Adm/URE. – Recurso Proc. Organo interp. – Plazo.

0521. – Embargo. – 15/1012661156. – Nerea Martinez Idiondo Desistido 35/01 Contencioso. – Tribunal Contencioso-Administrat. TSJC. – 2 Meses.

PROVINCIA 24 LEON.

EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LEÓN.

HACE SABER:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesados, números de expediente y procedimientos se especifican a continuación.

Número Identificación: 28/0326235242.

Razón Social: Natividad Fresno Ortego.

Domicilio: Po. de Oria, número 13-1ºA.

C.P. Localidad: 28830 – San Fernando de Henares.

Expediente: Derivación de responsabilidad solidaria ADM. 2010/168.

Procedimiento: Trámite de audiencia.

En virtud de lo anterior dispongo que el sujeto pasivo, obligado con la Seguridad Social indicado, o su representante debidamente acreditado, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial (Subdirección Provincial de Recaudación Ejecutiva, 3ª Planta), en el plazo de 10 días, contados desde el día siguiente a la publicación en el tablón de edictos de ese Ayuntamiento, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

EL DIRECTOR PROVINCIAL (P.D. de firma: Resolución de 2-5-2006 del Director Provincial de la TGSS), El SUBDIRECTOR RECAUDACION EJECUTIVA, José Ángel Garmilla Ruiz.

PROVINCIA 25 LLEIDA.

Unidad de Impugnaciones de Lleida.

EDICTO.

Notificación de resoluciones de elevación a definitiva de acta de liquidación/confirmación acta de infracción.

Habiéndose dictado resoluciones mediante las que se acuerda confirmar y elevar a definitiva actas de liquidación y confirmar actas de infracción a los sujetos responsables que al pie se relacionan y hallándose los mismos en situación de domicilio desconocido, ignorado paradero o ausentes, por la presente se les notifica dicha resolución, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 14-1-99), informándoles que las mismas están a su disposición en esta Dirección Provincial.

Contra dichas resoluciones podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante esta Dirección Provincial conforme dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11-92).

Número de expediente. – Razón social. – Número de actas.

25 2010 02 0062. – M. Long Distance Comunicate SL. – 282010009701376 282010005002738.

Lleida, 12 de noviembre de 2010.-La jefa de la unidad de impugnaciones, Pilar Longares Felipe.

PROVINCIA 40 SEGOVIA.

SUBIDIRECTOR PROVINCIAL DE GESTION RECAUDATORIA.

EDICTO.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la provincia, para el conocimiento del contenido integro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Órgano responsable de la tramitación: Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria. Plza. Reina Doña Juana, 1 40001 Segovia. Teléfono: 921 414400. Fax: 921 414441.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Segovia, a 23 de noviembre de 2010. El Subdirector Provincial De Gestión Recaudatoria, José Luís Pérez Herranz.

Tipo/Identif. 28 0274263753.

Expediente 40/110/10 bis.

Nombre/Razón Social JOSE RUIZ GUERRERO.

Domicilio CL. ALISEDA, 2 2ºA.

C.P. Localidad 28019 MADRID.

Acto A Notificar TRAMITE DE AUDIENCIA.

Nombre/Razón Social Deudor Inicial MONTEROTULO S.L.

PROVINCIA 45 TOLEDO.

Dirección Provincial de Toledo.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES A SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS.

Con aplicación de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11-1992), de régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común, se comunica a la empresa SICRA CONSTRUCCIONES, REFORMAS Y MULTISERVICIOS, S.L., con C.I.F. B84916576 que por resolución de fecha 18 de agosto de 2010, el director provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Toledo, ha resuelto elevar a definitiva el Acta de Liquidación 45-10-008002660 y confirmar el acta de Infracción 45-10-00023503.

De acuerdo con los artículos 31.2 de la Ley General de la Seguridad Social y 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, que podrá presentarse en el registro de la Dirección Provincial de esta Tesorería General de la Seguridad Social en Toledo para su resolución por la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Dicho recurso también podrá presentarse en alguno de los demás registros relacionados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La sanción propuesta en el acta de infracción se reducirá automáticamente al 50 por 100 de su cuantía si el sujeto infractor diese su conformidad a la liquidación practicada, ingresando su importe hasta el último día del mes siguiente al de la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Una vez que adquiera firmeza en vía administrativa la presente resolución sin que se hayan satisfecho las deudas reclamadas en la misma, se iniciará el procedimiento de apremio mediante la emisión por parte de esta Tesorería General de la Seguridad Social de las correspondientes providencias de apremio, conforme a lo dispuesto en los artículos 31 y 34 de la Ley General de la Seguridad Social.

Toledo, a 18 de noviembre de 2010.-EL JEEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Francisco Macias Pérez.

Dirección Provincial de Toledo.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES A SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS.

Con aplicación de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11-1992), de régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común, se comunica a la empresa SICRA CONSTRUCCIONES, REFORMAS Y MULTISERVICIOS, S.L., con C.I.F. B84916576 que por resolución de fecha 18 de agosto de 2010, el director provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Toledo, ha resuelto elevar a definitiva el Acta de Liquidación 45-10-008002963 y confirmar el acta de Infracción 45-10-00023705.

De acuerdo con los artículos 31.2 de la Ley General de la Seguridad Social y 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, que podrá presentarse en el registro de la Dirección Provincial de esta Tesorería General de la Seguridad Social en Toledo para su resolución por la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Dicho recurso también podrá presentarse en alguno de los demás registros relacionados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La sanción propuesta en el acta de infracción se reducirá automáticamente al 50 por 100 de su cuantía si el sujeto infractor diese su conformidad a la liquidación practicada, ingresando su importe hasta el último día del mes siguiente al de la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Una vez que adquiera firmeza en vía administrativa la presente resolución sin que se hayan satisfecho las deudas reclamadas en la misma, se iniciará el procedimiento de apremio mediante la emisión por parte de esta Tesorería General de la Seguridad Social de las correspondientes providencias de apremio, conforme a lo dispuesto en los artículos 31 y 34 de la Ley General de la Seguridad Social.

Toledo, a 18 de noviembre de 2010.-EL JEEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Francisco Macias Pérez.

Dirección Provincial de Toledo.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES A SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS.

Con aplicación de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11-1992), de régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común, se comunica a la empresa SICRA CONSTRUCCIONES, REFORMAS Y MULTISERVICIOS, S.L., con C.I.F. B84916576 que por resolución de fecha 18 de agosto de 2010, el director provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Toledo, ha resuelto elevar a definitiva el Acta de Liquidación 45-10-008002862 y confirmar el acta de Infracción 45-10-00023604.

De acuerdo con los artículos 31.2 de la Ley General de la Seguridad Social y 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, que podrá presentarse en el registro de la Dirección Provincial de esta Tesorería General de la Seguridad Social en Toledo para su resolución por la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Dicho recurso también podrá presentarse en alguno de los demás registros relacionados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La sanción propuesta en el acta de infracción se reducirá automáticamente al 50 por 100 de su cuantía si el sujeto infractor diese su conformidad a la liquidación practicada, ingresando su importe hasta el último día del mes siguiente al de la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Una vez que adquiera firmeza en vía administrativa la presente resolución sin que se hayan satisfecho las deudas reclamadas en la misma, se iniciará el procedimiento de apremio mediante la emisión por parte de esta Tesorería General de la Seguridad Social de las correspondientes providencias de apremio, conforme a lo dispuesto en los artículos 31 y 34 de la Ley General de la Seguridad Social.

Toledo, a 18 de noviembre de 2010.-EL JEEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Francisco Macias Pérez.

PROVINCIA 49 ZAMORA.

DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA.

UNIDAD DE IMPUGNACIONES.

Habiéndose intentado la notificación, hallándose ausente en el momento de la misma y actualmente en ignorado paradero, se cita por el presente edicto a la empresa abajo reseñada con último domicilio conocido en el lugar que se indica, a fin de que comparezca ante esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, sita en Avda. de Requejo, número 23, de Zamora, en el improrrogable plazo de diez días contados a partir del siguiente a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, que será expuesto también en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento; con el objeto de hacerle entrega, en forma legal, la resolución dictada en el expediente que se señala, advirtiéndole que de no comparecer en dicho plazo se seguirá al expediente la tramitación que corresponde.

EMPRESA: MAVAL SEGURIDAD, S.L.

DOMICILIO: CL. PEDRO DIEZ, 45 28019 MADRID.

EXPEDIENTE: ACTA LIQUIDACION 492010008006844.

Todo ello en cumplimiento del Artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” número 285 de 27-12-92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por el Artículo 1º.17 de Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” número 12 de 14-01-99) se hace público a los efectos de notificación del interesado.

Zamora, a 17 noviembre de 2010.-EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, José A. Martín Martín.

(01/5.090/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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