Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
29-11-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101129-193

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

193
Demanda 206 de 2010

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 206 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Luz Teresa Moncada Esquivel, contra la empresa “Gerencia y Administración de Inmuebles Urbanos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 27 de abril de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 331 de 2010

En Madrid, a 27 de abril de 2010.—Doña Emilia Ruiz Jarabo-Quemada, magistrada-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Luz Teresa Moncada Esquivel, con documento nacional de identidad número 50637840-M, que comparece asistida del letrado don Santiago Sautue González, colegiado número 78.510, y de otra, como demandada, “Gerencia y Administración de Inmuebles Urbanos, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en forma, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando en parte la demanda formulada por doña Luz Teresa Moncada Esquivel, que ha venido prestando servicios en la empresa “Gerencia y Administración de Inmuebles Urbanos, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora, y ante la imposibilidad de readmitir a la actora, se declara extinguida la relación laboral que vincula a las partes en la fecha de la presente resolución, y debo condenar y condeno a la empresa demandada a pagar a la actora la cantidad de 6.645,29 euros en concepto de indemnización por la extinción efectuada de su contrato, más la de 3.521,44 euros en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido a la de la presente resolución, y debo absolver y absuelvo a la empresa demandada de las demás pretensiones frente a la misma deducidas en demanda.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gerencia y Administración de Inmuebles Urbanos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de octubre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/42.415/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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