Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
01-12-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101201-269

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

269
Demanda 977 de 2010

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 Bis de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 977 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Victoriano Fernández Algaba, contra la empresa “Tecnología Unimetal, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por don Victoriano Fernández Algaba, frente a la empresa “Tecnología Unimetal, Sociedad Limitada”, en materia de despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el actor el día 28 de junio de 2010, declarando extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos de la fecha de esta resolución, condenando a la empresa demandada a abonar al demandante una indemnización en cuantía de 36.814,53 euros (salvo error u omisión), así como los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (28 de junio de 2010) hasta la fecha de la presente sentencia, a razón de 58,09 euros/día.

Todo ello, sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantía Salarial de conformidad con el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tecnología Unimetal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 2 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.047/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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