Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
01-12-2010

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101201-100

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SOMOSIERRA

OTROS ANUNCIOS

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Baja padrón municipal habitantes

Decreto de 4 de noviembre de 2010, por el que se resuelve dar de baja en el padrón municipal de habitantes de esta localidad a los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no han renovado su inscripción padronal en las fechas que se indican y/o por otras causas.

Visto lo establecido por resolución de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del director general de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años.

Comprobado que dicha persona ya no reside en el domicilio en el que figura empadronada.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, dispongo:

Primero.—Dar de baja en el padrón municipal de habitantes de esta localidad al extranjero no comunitario sin autorización de residencia permanente que se cita a continuación, que no ha renovado su inscripción padronal en la fecha que se indica.

Apellidos y nombre. — Fecha de caducidad. — Motivo de la baja

Jiménez, Antonio José. — 30 de octubre de 2010. — Caducidad.

Segundo.—Que se publique extracto de esta resolución en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por plazo de quince días a fin de que se presenten las alegaciones que se consideren oportunas.

En Somosierra, a 4 de noviembre de 2010.—El alcalde, Francisco Sanz Gutiérrez.

(02/11.242/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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