Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
01-12-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101201-221

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

221
Ejecución 244 de 2009

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 244 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sandra Yiviola Colmenares Moreno, contra las empresas “Radio Mundial FM, Sociedad Limitada”, “Giroexpress, Sociedad Anónima”, y “Telemedia Capital, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

a) Despachar la ejecución solicitado por doña Sandra Yiviola Colmenares Moreno contra “Radio Mundial FM, Sociedad Limitada”, “Giroexpress, Sociedad Anónima”, y “Telemedia Capital, Sociedad Anónima”, por un importe de 6.070,02 euros de principal, más 374,20 euros y 607 euros que se fijan provisionalmente.

b) Acumular a la presente ejecución las que se siguen en este Juzgado bajo el número 245 de 2009 a instancias de don Herney Enrique Ramírez Revelo por un principal de 6.220,99 euros de principal, más la cantidad de 373,26 euros de intereses y 622,09 euros de costas calculadas provisionalmente, de la que se sigue bajo el número 246 de 2009 a instancias de don Miguel Ángel Cerna Alvarado por un principal de 5.160,46 euros de principal, más la cantidad de 309,63 euros en concepto de intereses y 516,05 euros para costas calculadas provisionalmente y la ejecución número 247 de 2009 a instancias de don Alexander Rodríguez Carmona, por un importe de 4.078,97 euros de principal, más la cantidad de 244,74 euros de intereses y 407,90 euros de costas contra las mismas partes ejecutadas, ascendiendo el principal de todas las ejecuciones acumuladas a un total de 21.530,44 euros de principal, más 1.291,83 euros y 2.153,04 euros en concepto de intereses y costas provisonalmente calculadas.

Habida cuenta en la ejecución número 130 de 2009 ha sido practicada averiguación de bienes de las demandadas “Radio Mundial FM, Sociedad Limitada”, “Giroexpress, Sociedad Anónima”, y “Telemedia Capital, Sociedad Anónima”, estese a su resultado y una vez sea practicado el mismo se unirá testimonio dándose traslado de dichas averiguaciones.

Asimismo, procédase al desglose de los poderes notariales aportados, dejando testimonio bastante de los mismos y requiriéndose a la letrada doña Raquel Blanco del Barrio a fin de que comparezca ante este Juzgado para su retirada.

c) Trabar embargo sobre los bienes de las demandadas demandadas “Radio Mundial FM, Sociedad Limitada”, “Giroexpress, Sociedad Anónima”, y “Telemedia Capital, Sociedad Anónima”, en el domicilio de la calle Isla Graciosa, número 1, de San Sebastián de los Reyes, 28703 Madrid.

d) Líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de las deudoras de que tengan constancia, y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a las ejecutadas por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a las ejecutadas, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2802, sito en la calle Orense, número 19.

e) Se advierte y requiere a las ejecutadas en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto.

f) Adviértase a las ejecutadas que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrasen.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Radio Mundial FM, Sociedad Limitada”, “Giroexpress, Sociedad Anónima”, y “Telemedia Capital, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.351/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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