Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
01-12-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101201-262

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

262
Demanda 1.254 de 2010

Doña María Isabel García Valero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.254 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Rodríguez Polo, contra la empresa “Diptra Pool Europa, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Móstoles, a 8 de noviembre de 2010.

Dispongo: Acumúlense a estos autos los que se siguen en este Juzgado con el número 1.259 de 2010, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento, y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos.

Decreto

Secretaria judicial, doña María Isabel García Valero.—En Móstoles, a 8 de noviembre de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por don José Luis Rodríguez Polo y don Celedonio Herrero Carpintero, frente a “Diptra Pool Europa, Sociedad Limitada”, en materia de despido.

2. Señalar para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, de audiencia del día 9 de diciembre de 2010, a las doce y treinta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados.

3. Requerir la documental solicitada y citar al representante legal de la empresa demandada con los apercibimientos legales de tenerle por confeso, sin perjuicio del criterio de su señoría, el magistrado-juez, en cuanto a su admisión y práctica en el acto de juicio.

4. Constando la empresa de baja en el sistema de Seguridad Social, cítesela a través de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través del Servicio Común de Notificaciones y Embargos de esta localidad.

Sirviendo la presente de citación y notificación en forma a todas las partes, con las siguientes advertencias y apercibimientos:

A la parte demandante: que si no asistiere a la vista, y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistida de la demanda.

A la parte demandada: que conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado lo hará constar en la demanda. Asimismo, la demandada pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal por escrito dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado por procurador o graduado social colegiado, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado. Si no asistiere a la vista, y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistida de la demanda.

A ambas partes: que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.

Se indica también a las partes: que en el caso de solicitarse citación judicial de partes, testigos o peritos deberán pedirlo en el plazo de diez días siguientes a la recepción de la notificación de la presente resolución, debiendo indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por el tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos o como conocedoras de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación, conforme al artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Asimismo, se indica a ambas partes: que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Diptra Pool Europa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 8 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.872/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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