Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
02-12-2010

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101202-131

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

131
Juicio de faltas 1.258 de 2010

Doña Sara Hervás González, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 158 de 2010 se ha acordado citar a don Iván Rodríguez Canda, dictándose la siguiente

CÉDULA DE CITACIÓN

El magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles ha acordado citar a quien se dirá a fin de que el día 20 de diciembre de 2010, a las once y treinta horas, asista en la Sala de vistas número 7, planta baja, a la celebración del juicio de faltas indicado, seguido por estafa denunciada por don Sergio Sánchez Rivas, ocurrida el día 27 de enero de 2010, vía internet (venta de ordenador portátil “Mac Book” por un precio de 350 euros), en calidad de denunciado.

Se le hace saber que deberá comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (testigos, documentos, peritos…), y que podrá acudir asistido de letrado, si bien este no es preceptivo.

Apercibiéndole que de no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida podrá imponérsele una multa, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho, y que, en caso de residir fuera de este término, podrá dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de citación a don Iván Rodríguez Canda, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Móstoles, a 26 de octubre de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/42.584/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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