Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
02-12-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101202-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1

EDICTO

141
Juicio de faltas 509 de 2009

Doña Sonia González González, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 509 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Navalcarnero, a 29 de septiembre de 2010.—Vistos por mí, doña Míriam Sánchez Calvo, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Navalcarnero (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas número 509 de 2009, seguidos por una presunta falta de estafa, en virtud de denuncia interpuesta por don Alberto Crespo Henche, contra don Iván Ponce Célix, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don Iván Ponce Célix, declarando de oficio las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, ante este Juzgado de apelación, en ambos efectos, ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, permaneciendo las actuaciones durante dicho plazo a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en el artículo 976, en relación con los artículos 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Iván Ponce Célix, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 2 de noviembre de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/43.145/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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