Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
02-12-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101202-244

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2

EDICTO

244
Ejecución 207 de 2010

Don José Manuel Recio Nuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 207 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ahmed El Kanboui, contra las empresas “Habalón Industrial & Tech, Sociedad Limitada”, y “Astunosa Obras y Construcciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña María Pilar Martínez Gamo.—En Toledo, a 1 de octubre de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Ahmed El Kanboui, frente a “Habalón Industrial & Tech, Sociedad Limitada”, y “Astunosa Obras y Construcciones, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, en forma solidaria, por importe de 5.309,72 euros en concepto de principal, más otros 1.592,91 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Habalón Industrial & Tech, Sociedad Limitada”, y “Astunosa Obras y Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el a.BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 1 de octubre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/43.300/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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