Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
02-12-2010

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101202-94

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Octava

EDICTO

94
Procedimiento ordinario 580 de 2010-01-X

Para conocimiento de las personas a cuyo favor pudieran derivarse derechos del acto administrativo impugnado y de quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento del mismo, se hace saber que por Federación Regional de Madrid de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado “F. Giner de los Ríos” se ha formulado recurso contencioso-administrativo contra la Orden 3245/2009, de 3 de julio, de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid, recurso al que ha correspondido el número de procedimiento ordinario 580 de 2010-01-X.

Lo que se anuncia para emplazamiento de los que con arreglo a los artículos 49 y 50, en relación con el 21 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, puedan comparecer como demandados en indicado recurso, en el plazo de nueve días, mediante escrito dirigido a esta Sección y representados conforme establece el artículo 23 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Decreto

El secretario judicial don Luis Fernando Pareja Domínguez.—En Madrid, a 18 de octubre de 2010.

Antecedentes de hecho:

Único.—Por el procurador don Aníbal Bordallo Huidobro, en nombre y representación de Federación Regional de Madrid de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado “F. Giner de los Ríos”, se presentó escrito formulando recurso contencioso-administrativo contra la Orden 3245/2009, de 3 de julio, de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid.

Fundamentos de derecho:

Único.—De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, examinado el escrito de interposición y cumpliendo los requisitos de dicho artículo, procede admitir a trámite el recurso y dado que se ha recibido con carácter previo el correspondiente expediente administrativo, examinado el mismo, procede dar traslado al recurrente para formalizar su demanda en los términos recogidos en la Ley.

Acuerdo: Admitir a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Federación Regional de Madrid de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado “F. Giner de los Ríos”, contra la Orden 3245/2009, de 3 de julio, de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid.

Tener por personado al procurador don Aníbal Bordallo Huidobro, en nombre y representación de la Federación Regional de Madrid de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado “F. Giner de los Ríos”, según copia de poder general para pleitos que acompaña.

Anúnciese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la interposición del recurso, que servirá de emplazamiento a las personas a cuyo favor deriven derechos del acto recurrido y, asimismo, a las que puedan tener interés directo, profesional o económico en el asunto y que no hubieran podido ser emplazadas personalmente.

Recibido el expediente administrativo y no concurriendo ninguno de los supuestos del artículo 51 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, acuerdo conferir traslado a la parte demandante para que, en el plazo de veinte días, formalice la demanda y presente, en su caso, los documentos en que directamente funde su derecho, debiendo acompañar las copias preceptivas, bajo apercibimiento de tenerle por caducado el recurso, haciéndole entrega del expediente administrativo que deberá ser retirado en esta Secretaría por dicha parte.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, deberá fijar la cuantía del recurso por medio de otrosí y con los criterios establecidos en los artículos 41 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Tener por personado y parte a la Administración demandada.

Conforme a lo establecido en el artículo 180 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se designa magistrada ponente del presente recurso a la ilustrísima señora doña Inés Huerta Garicano.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente al de su notificación.

En Madrid, a 18 de octubre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(01/5.073/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101202-94