Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
03-12-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101203-197

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

197
Demanda 361 de 2009

Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 361 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Manuela Mayorga Redondo y don Juan Pablo Medina López Silva, contra Fondo de Garantía Salarial, “Linser Seguridad y Servicios, Sociedad Cooperativa”, “José Daniel Fernández Arias y Gregorio Linares Arias, Sociedad Cooperativa”, y “Gregorio Linares Arias y Virginia Biencinto González, Sociedad Cooperativa”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 525 de 2010

En Madrid, a 30 de septiembre de 2010.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandantes, doña Manuela Mayorga Redondo y don Juan Pablo Medina López Silva, que comparecen asistidos y representados por don José Luis Espinosa Muñoz, y de otra, como demandados, Fondo de Garantía Salarial, “Linser Seguridad y Servicios, Sociedad Cooperativa”, “José Daniel Fernández Arias y Gregorio Linares Arias, Sociedad Cooperativa”, y “Gregorio Linares Arias y Virginia Biencinto González, Sociedad Cooperativa”, que no comparecen, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debía estimar la demanda interpuesta por doña Manuela Mayorga Redondo y don Juan Pablo Medina López Silva, en concepto de reclamación de cantidad, contra las empresas “José Daniel Fernández Arias y Gregorio Linares Arias, Sociedad Cooperativa”, “Linser Seguridad y Servicios, Sociedad Cooperativa”, y doña Virginia Biencinto González, condenando solidariamente a las codemandadas al pago de las cantidades de 4.518,75 euros para la actora y 6.443,98 euros para el actor en concepto de principal reclamado, más 451,87 euros para la actora y 644,39 euros para el actor en concepto de interés por mora.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a Fondo de Garantía Salarial, “Linser Seguridad y Servicios, Sociedad Cooperativa”, “José Daniel Fernández Arias y Gregorio Linares Arias, Sociedad Cooperativa”, y “Gregorio Linares Arias y Virginia Biencinto González, Sociedad Cooperativa”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.102/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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