Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290

Fecha del Boletín 
04-12-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101204-20

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

20
Demanda 477 de 2008

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 477 de 2008, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro López Arroba, contra la empresa “Open Aliance, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 502 de 2010

En Madrid, a 20 de octubre de 2010.—Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Madrid, el juicio promovido en reclamación de incapacidad temporal, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, la empresa “Open Aliance, Sociedad Anónima”, y los administradores concursales, doña Concepción González Andrés y don José Luis Encinar Telles, por don Pedro López Arroba.

Fallo

Que estimando íntegramente las pretensiones de la demanda, condeno a la empresa “Open Alliance, Sociedad Anónima”, a que pague a don Pedro López Arroba la cantidad de 465 euros líquidos en concepto de prestación de incapacidad temporal correspondiente a diciembre de 2007, con la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social en caso de insolvencia de la empresa legalmente declarada.

Asimismo, impongo a la Tesorería General de la Seguridad Social y, en la calidad que ostentan de administradores concursales, a doña Concepción González Andrés y don José Luis Encinar Telles, la obligación de estar y pasar por el precedente pronunciamiento.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Open Aliance, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.977/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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