Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290

Fecha del Boletín 
04-12-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101204-22

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

22
Ejecución 216 de 2010

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 216 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Valer Falamas, don Ión Lazar, don Ángel Herrera, don Istvan Bertalán, don Nicolae Molnar y don Gabriel Olteanu, contra la empresa “Técnicas Construcción e Inversión, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña Carmen Cima Sainz.—En Madrid, a 2 de noviembre de 2010.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo de los bienes inmuebles que se describen:

Finca número 27.499, folio 133, tomo 3.753 del archivo, libro 282, sección Centro, Registro de la Propiedad número 5, de Alcalá de Henares.

Finca número 27.500, folio 136, tomo 3.753 del archivo, libro 282, sección Centro, Registro de la Propiedad número 5, de Alcalá de Henares.

Finca número 27.501, folio 139, tomo 3.753 del archivo, libro 282, sección Centro, Registro de la Propiedad número 5, de Alcalá de Henares.

Como propiedades de “Técnicas, Construcción e Inversión, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-82616905 para responder de la cantidad de 80.508,93 euros, más 16.101,80 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancia de don Valer Falamas, don Ión Lazar, don Ángel Herrera, don Istvan Bertalán, don Nicolae Molnar y don Gabriel Olteanu, contra “Técnicas, Construcción e Inversión, Sociedad Limitada”.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación, advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación..

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Técnicas, Construcción e Inversión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.440/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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