Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
09-12-2010

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101209-97

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

97
Recurso suplicación 466 de 2010

Doña Margarita Carrero Rodríguez, secretaria de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (sede de Burgos).

Hago saber: Que en el recurso de suplicación número 466 de 2010 de esta Sala, que trae su causa de los autos número 6 de 2010 del Juzgado de lo social de Segovia, seguidos a instancias de don Alberto Sánchez Arribas y don Víctor Manuel Castellanos Díez, contra “Nokia Siemens Networks”, “OY”, “Nokia Siemens Networks, Sociedad Limitada”, “Ericsson Network Services, Sociedad Limitada”, “Afianza Telecom 2, Sociedad Limitada”, “Afianza Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, y “Afianza Telecom 2, Sociedad Limitada”, “Afianza Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, y “France Telecom España, Sociedad Anónima”, en reclamación sobre despido, ha sido dictada sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen:

Sentencia número 513 de 2010

Ilustrísimos señores don Carlos Martínez Toral, presidente accidental, don Santiago Ezequiel Marqués Ferrero, magistrado, y don José Luis Rodríguez Greciano, magistrado.—Burgos, a 14 de septiembre de 2010.

Fallamos

Que debemos desestimar y desestimamos tanto el recurso de suplicación interpuesto por don Alberto Sánchez Arribas y don Víctor Manuel Castellanos Díez, como el interpuesto por la mercantil “Ericsson Network Services, Sociedad Limitada”, contra la sentencia de 7 de mayo de 2010 dictada en los autos número 6 de 2010 del Juzgado de lo social de Segovia, seguidos a instancias de don Alberto Sánchez Arribas y don Víctor Manuel Castellanos Díez, contra “Nokia Siemens Networks”, “OY”, “Nokia Siemens Networks, Sociedad Limitada”, “Ericsson Network Services, Sociedad Limitada”, “Afianza Telecom 2, Sociedad Limitada”, “Afianza Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, y “France Telecom España, Sociedad Anónima”, en materia de despido, y en su consecuencia, debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida.

Asimismo, se acuerda la imposición a la entidad recurrente de las costas relativas a su recurso, con inclusión minuta de honorarios de los letrados impugnantes, que la Sala fija en 500 euros, para cada uno de ellos. Finalmente, se acuerda la pérdida del depósito y cantidades consignadas para recurrir por la propia empresa recurrente.—Carlos Martínez Toral, Santiago Ezequiel Márques Ferrero y José Luis Rodríguez Graciano (firmados y rubricados).

Y para que sirva de notificación en forma legal a “Afianza Telecom 2, Sociedad Limitada”, y “Afianza Telecomunicaciones, Sociedad Limitada” cuyo último domicilio conocido lo tuvo en avenida Metales, número 17, en polígono industrial de Polvoranca”, en Leganés (Madrid), haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina, ante el Tribunal Supremo, dentro de los diez días siguientes a esta notificación, significándoles que el recurso habrá de prepararse ante esta Sala mediante escrito con firma de abogado o de graduado social colegiado designado en legal forma (artículo 229 de la Ley de Procedimiento Laboral), siendo necesaria la consignación por el importe de la condena, salvo que el recurrente estuviera exento por Ley o gozare del beneficio de justicia gratuita.

La consignación podrá sustituirse por aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista.

Asimismo, las personas antes indicadas ingresarán como depósito 300 euros (conforme al artículo 227.2 de la mencionada Ley de Procedimiento Laboral).

Dichas consignación y depósito deberán efectuarse en la cuenta corriente de esta Sala, bajo la designación de “Depósito y consignaciones”, abierta en la entidad “Banesto”, sita en la calle Almirante Bonifaz, número 15, de Burgos, en cualquiera de sus sucursales, con el número 1062/0000/65/000466/2010, expido la presente en Burgos, a 2 de noviembre de 2010.—La secretaria de la Sala (firmado).

(03/43.495/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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