Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
14-12-2010

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101214-5

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

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Resolución de 15 de noviembre de 2010, de la convocatoria de subvenciones, correspondiente a 2010, para la adquisición de vehículos industriales alimentados con energías alternativas y la instalación de estaciones de llenado.

Mediante Orden de 24 de mayo de 2010, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de julio de 2010), se aprobaron las bases reguladoras y se efectuó la convocatoria de subvenciones, correspondiente a 2010, para la adquisición de vehículos industriales alimentados con energías alternativas y la instalación de estaciones de llenado, abriéndose un plazo de un mes para la presentación de solicitudes.

Una vez estudiadas las solicitudes presentadas, habiendo requerido la documentación complementaria necesaria para la evaluación de las mismas y comprobado la situación de los solicitantes en relación con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, se reunió la comisión de evaluación prevista en las bases reguladoras, a fin de valorar las solicitudes y formular la pertinente propuesta de resolución.

A la vista de la propuesta de la comisión de evaluación y de conformidad con la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la citada Orden de 4 de junio de 2009 y demás normas concordantes,

HE RESUELTO

Primero

Otorgar subvención a los solicitantes que se relacionan en el Anexo I.

Segundo

Denegar la subvención a los solicitantes que se relacionan en el Anexo II por no justificar el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, según se especifica en dicho Anexo.

El abono de las subvenciones queda condicionado a la presentación de los justificantes de adquisición de los vehículos o de construcción de las estaciones, que se deberá efectuar en los términos exigidos por las bases de la convocatoria, a cuyo efecto se aportarán los documentos relacionados en el artículo 12 de las mismas.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejero de Transportes e Infraestructuras en el plazo de un mes desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 15 de noviembre de 2010.—El Consejero de Transportes e Infraestructuras, PD (Orden de 20 de julio de 2010), el Director General de Transportes, Ángel Yuste Castillejo.

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Causas de denegación

No justifica el cumplimiento del requisito o el documento presentado es incorrecto:

1. Documento de identidad del solicitante. Si se trata de entidades colectivas, NIF de la entidad.

2. Escritura de constitución y, en su caso, de modificación de los estatutos sociales, debidamente registradas.

3. Documento de identidad del representante.

4. Documento que acredite la vigencia de las facultades de representación.

5. Documento acreditativo de su domicilio fiscal en la fecha de convocatoria o, si no está domiciliado en la Comunidad de Madrid, licencia municipal de los locales o instalaciones en los que desarrolle su actividad. Si dispone de autorizaciones de transporte de mercancías o de viajeros en autobús residenciadas en la Comunidad de Madrid, bastará con indicar esta circunstancia.

6. Certificado bancario que recoja la identificación completa de la cuenta en la que habrá de efectuarse, en su caso, el ingreso de la subvención y que acredite que el titular de la misma es el solicitante.

7. Declaración de otras ayudas percibidas o solicitadas para el mismo proyecto o, en caso contrario, declaración de no haber percibido ni solicitado ninguna, declaración del tamaño de la empresa y de no estar incursa en ninguno de los supuestos de exclusión contemplados en el Reglamento CE 800/2008, y compromiso de mantenimiento de la titularidad del vehículo, conforme al impreso recogido en Anexo II de las bases reguladoras.

8. Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo III).

9. Declaración conforme al Anexo IV que permita efectuar la valoración del criterio de estabilidad en la plantilla. En caso de no aportarse se le asignarán 0 puntos.

10. Certificado justificativo de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social expedido a efectos de solicitar una subvención.

11. Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria a efectos de solicitar una subvención.

12. Certificado de inexistencia de deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid.

13. Presupuesto de compra de los vehículos para los que se solicita subvención.

14. Declaración del fabricante o concesionario sobre las características técnicas del vehículo (Anexo V).

15. Presupuesto de costes relativos al proyecto de estación de llenado con indicación de los directamente relacionados con la protección ambiental.

16. Memoria descriptiva del proyecto de estación de llenado.

17. Justificación de haber ejecutado el proyecto con posterioridad a la presentación de la solicitud.

18. Planos de ubicación de la estación de llenado.

19. Disposición de la parcela en la que se ubicará la estación de llenado.

20. Declaración sobre el uso colectivo de la estación de llenado.

21. Memoria explicativa del efecto incentivador de la subvención.

22. Declaración de no haber incluido las actuaciones objeto de subvención en un proyecto de mejora de servicios regulares permanentes de viajeros de uso general, y de no utilizar en el futuro los bienes subvencionados en la prestación de dichos servicios, conforme al Anexo VIII de las bases reguladoras.

23. Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social expedido a efectos de solicitar una subvención y referido al arrendador (entidad que financia la operación de “leasing” o “renting”).

24. Certificado de Hacienda expedido a efectos de solicitar una subvención y referido al arrendador.

25. Certificado de inexistencia de deudas con la Comunidad de Madrid referido al arrendador.

26. Indicación de una cuenta a nombre del arrendador en la que efectuar el pago de la subvención y justificante de su titularidad.

27. Justificante de la aplicación de un descuento en el coste del “leasing” o “renting” igual al porcentaje que la subvención representa respecto del precio franco fábrica del vehículo.

28. Declaración del servicio al que se destinará el vehículo.

(03/46.521/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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