Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
15-12-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101215-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

180
Juicio verbal 716 de 2008

En el procedimiento de juicio verbal número 716 de 2008 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Majadahonda, a 8 de noviembre de 2010.—En nombre de Su Majestad el Rey, vistos por don Ángel Javier García Martín, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Majadahonda, los presentes autos de juicio verbal de reclamación de cantidad, seguidos en este Juzgado con el número 716 de 2008, a instancias del procurador de los tribunales don Esteban Muñoz Nieto, en nombre y representación de “Banesto Renting, Sociedad Anónima”, contra la entidad mercantil “Confederación Ibérica de Montajes, Sociedad Limitada”, en rebeldía, con el siguiente

Fallo

Que estimando lo solicitado por el procurador de los tribunales don Esteban Muñoz Nieto, en nombre y representación de “Banesto Renting, Sociedad Anónima”, frente a la entidad mercantil “Confederación Ibérica de Montajes, Sociedad Limitada”, en rebeldía procesal, se acuerda declarar válida, en cuanto a fecha y efectos, la resolución contractual practicada por la demandante, condenando a la demandada a satisfacer a la demandante la cantidad de 2.147,04 euros, al pago de los intereses moratorios pactados desde la última liquidación practicada hasta su completo pago, al pago de las costas que se devenguen en el procedimiento y a la devolución del bien arrendado.

Notifíquese esta sentencia a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, conforme a lo dispuesto en el artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que será conocido por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Confederación Ibérica de Montajes, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Majadahonda, a 8 de noviembre de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/11.899/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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