Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
15-12-2010

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101215-104

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

104
Modificación ordenanza fiscal tasa de expedición de documentos, acuerdo definitivo

Por acuerdo plenario de 29 de octubre de 2010 se aprobó provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal de la tasa de expedición de documentos, acuerdo que ha resultado definitivo al no haberse producido alegaciones/reclamaciones, durante el plazo de exposición al público, de la modificación de la ordenanza fiscal en el tablón de anuncios y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a tenor del artículo 17.3 del texto ­refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Dicho acuerdo puede ser recurrido en el plazo de dos meses siguientes a la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Su­perior de Justicia de Madrid, a tenor de lo preceptuado en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 19.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

La presente modificación de ordenanza fiscal entrará en vigor el 1 de enero de 2011, una vez haya sido publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

MODIFICACIÓN DE LA TASA DE EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS

Artículo 7:

a) Expedición de fotocopias (blanco y negro):

— DIN-A4: 0,20 euros/copia.

— DIN-A3: 0,25 euros/copia.

— Copia de ordenanzas municipales: 10 euros por ordenanza.

b) Compulsas:

— De una a diez compulsas: 1,20 euros/compulsa.

— Cada una adicional: 1,40 euros/compulsa.

c) Certificaciones:

— Volantes de Empadronamiento: 1,50 euros.

— Certificaciones de Empadronamiento: 3 euros.

— Certificados de convivencia: 5 euros.

— Otros certificados. Por cada hoja o página: 1,50 euros.

d) Derechos de examen:

— Derechos de examen para participar en oposiciones, concursos o concursos-oposiciones en turno libre: 50 euros.

No se tendrá derecho a devolución de la tasa en los supuestos de renuncia del interesado a participar en las pruebas o inadmisión de la solicitud.

El Molar, a 13 de diciembre de 2010.—El alcalde, Emilio de Frutos.

(03/46.956/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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