Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
17-12-2010

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101217-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 53

EDICTO

120
Juicio de faltas 610 de 2010

El secretario del Juzgado de instrucción número 53 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 610 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por mí, doña Mónica Aguirre de la Cuesta, magistrada-juez de instrucción del número 53 de los de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 610 de 2010, seguidos por una falta de vejaciones, en los que han sido partes: como denunciante, doña Carmen Eugenia Noguera Cabrera, y como denunciantes/denunciados, don Marco Antonio Ampuero Pérez y don Edwin Arley Zuluaga Tabares, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia.

Fallo

Que condeno a don Marco Antonio Ampuero Pérez, como autor responsable de una falta de vejaciones, a la pena de quince días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con una responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas de juicio.

Don Marco Antonio Ampuero Pérez deberá indemnizar a doña Carmen Eugenia Noguera Cabrera en 100 euros. Cantidad que devengará el interés legal.

Que debo absolver y absuelvo a don Edwin Arley Zuluaga Tabares y de don Marco Antonio Ampuero Pérez del resto de los hechos enjuiciados.

Las cantidades serán abonadas, si la presente resolución no es recurrida, en la cuenta corriente que tiene abierta este Juzgado en la entidad “Banesto” (0030), sucursal Juzgados (1845), con el número 4313/0000/76/0610/10.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a la causa, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Edwin Arley Zuluaga Tabares, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 21 de octubre de 2010.—El secretario (firmado).

(03/44.780/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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