Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
17-12-2010

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101217-15

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

15
ORDEN 5828/2010, de 29 de noviembre, por la que se convoca la II edición del Concurso de Narración y de Recitado de Poesía correspondiente al año académico 2010-2011.

La Ley Orgánica, 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 2 que el sistema educativo se orientará a tener entre sus fines el desarrollo de la personalidad y la creatividad de los alumnos.

El Decreto 22/2007, de 10 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de la Educación Primaria, determina, entre sus fines, el de proporcionar a los alumnos una educación que les permita afianzar el desarrollo personal y adquirir habilidades y conocimientos relativos a la expresión y comprensión oral, a la lectura y a la escritura, así como el desarrollo de la creatividad. Asimismo, señala que los alumnos en esta etapa deben aprender a apropiarse de los contenidos culturales, ejercer su sentido crítico, adoptar una postura creativa y construir su propia versión del mundo, así como empezar a adquirir un saber reflexivo sobre las prácticas comunicativas necesarias para vivir en la sociedad del siglo XXI.

La Consejería de Educación quiere animar a los centros, a los maestros y a los alumnos a poner a prueba la creatividad, el espíritu de esfuerzo y superación y la capacidad de trabajo que supone la participación en un concurso escolar.

La Orden 1578/2010, de 23 de marzo, estableció las bases reguladoras del Concurso de Narración y de Recitado de Poesía para los alumnos de Educación Primaria de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento ­vigente,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto de la norma y ámbito de aplicación

El objeto de la presente Orden es convocar, de conformidad con la Orden 1578/2010, de 23 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Concurso de Narración y de Recitado de Poesía para los alumnos de Educación Primaria de la Comunidad de Madrid, la II edición del Concurso de Narración y de Recitado de Poesía correspondiente al año académico 2010-2011 para los alumnos que estén escolarizados en el quinto curso de la Educación Primaria en centros docentes de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Requisitos para la participación

1. Tanto para el Concurso de Narración como para el Concurso de Recitado de Poesía, uno de los maestros responsables de los alumnos que participen en este concurso hará las funciones de intermediario entre el centro y la Administración educativa.

2. Los centros deberán tener previsto que, al menos los días de las pruebas de las fases territorial y final, así como el día del acto de entrega de los premios, los alumnos sean acompañados, preferentemente, por los maestros responsables designados a tal fin.

3. Los centros solicitarán a los padres o tutores legales de los alumnos que vayan a participar en el Concurso de Narración y de Recitado de Poesía la autorización para la filmación de la prueba, si ello fuese necesario, para el posterior visionado por parte del jurado y posible exhibición en la página web de la Consejería de Educación. Dicha autorización se ajustará en su contenido y diseño al modelo de autorización para la grabación de los alumnos, y será remitida por los centros a la Dirección de Área Territorial correspondiente junto a las solicitudes de participación.

Artículo 3

Plazo de presentación de las solicitudes

1. El plazo de presentación de las solicitudes para ambas modalidades se establece entre los días 10 de enero y 2 de febrero de 2011, ambos inclusive.

2. Una vez cerrado el plazo para la recogida de solicitudes, las Direcciones de Área Territorial las enviarán a la Dirección General de Educación Infantil y Primaria y conservarán una copia de las mismas.

Artículo 4

Selección del número de alumnos participantes

Tanto para la Modalidad de Narración como para la Modalidad de Recitado de Poesía del Concurso, las Direcciones de Área Territorial seleccionarán para la fase final un número máximo de alumnos, distribuidos de la siguiente manera:

— Dirección de Área Territorial de Madrid-Capital: 12 alumnos.

— Dirección de Área Territorial de Madrid-Norte: 6 alumnos.

— Dirección de Área Territorial de Madrid-Sur: 10 alumnos.

— Dirección de Área Territorial de Madrid-Este: 6 alumnos.

— Dirección de Área Territorial de Madrid-Oeste: 6 alumnos.

Artículo 5

Celebración de las pruebas

1. La prueba de narración de la fase territorial se realizará a las once horas del día 28 de febrero de 2011 en todas las Direcciones de Área Territorial.

2. La prueba de recitado de poesía de la fase territorial tendrá lugar entre los días 28 de febrero y 3 de marzo de 2011, ambos inclusive.

3. Tanto para la Modalidad de Narración como para la Modalidad de Recitado de Poesía, la Dirección General de Educación Infantil y Primaria fijará el lugar, la fecha y la hora de celebración de las pruebas de la fase final. Las Direcciones de Área Territorial comunicarán dicha información a los centros correspondientes con la debida antelación. En todo caso, la prueba tendrá lugar antes del día 31 de mayo de 2011.

Artículo 6

Premios

1. La Dirección General de Educación Infantil y Primaria concederá un máximo de tres premios individuales para cada modalidad consistentes, cada uno de ellos, en un dispositivo electrónico multimedia de uso personal.

2. Los centros a los que pertenezcan los tres alumnos premiados de cada modalidad recibirán un lote de libros por un importe mínimo de trescientos euros cada uno de ellos.

Artículo 7

Resolución de la convocatoria

1. La resolución de la convocatoria se hará de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Orden 1578/2010, de 23 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Concurso de Narración y de Recitado de Poesía para los alumnos de Educación Primaria de la Comunidad de Madrid.

2. Una vez finalizado el concurso, y al amparo de lo establecido en el mencionado artículo 13 de la Orden 1578/2010, de 23 de marzo, la Dirección General de Educación Infantil y Primaria elevará la propuesta de concesión de premios a la Consejera de Educación. La Orden de concesión determinará en cada caso las cuantías de los premios y cuantos extremos sean necesarios para su adecuada aplicación.

3. El plazo máximo para la resolución de la presente convocatoria será de tres meses a partir de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes establecido en el artículo 3 de la presente Orden.

4. La resolución de la convocatoria se hará pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Artículo 8

Reclamaciones

Contra esta Orden, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante el propio órgano que la ha dictado o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, computados tanto este como aquel, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Artículo 9

Aceptación de las bases

La participación en el Concurso de Narración y de Recitado de Poesía supone la aceptación de lo establecido en la presente convocatoria y en las bases que la regulan.

Artículo 10

Financiación

1. La convocatoria se financia, con el crédito suficiente y adecuado, con cargo al Programa 504 “Educación Infantil, Primaria y Especial”, Partida 48390 “Familias: Otras actuaciones”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

2. La resolución definitiva de la presente Orden quedará sujeta, con carácter de condición suspensiva, a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2011.

Artículo 11

Costes presupuestarios

Los costes presupuestarios destinados a la financiación de la convocatoria ascienden a un máximo de 7.000 euros.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Habilitación de desarrollo

Se autoriza a la Dirección General de Educación Infantil y Primaria para dictar cuantas disposiciones precise la aplicación de la presente Orden.

Segunda

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 29 de noviembre de 2010.

La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

Ver en documento PDF

(03/46.679/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101217-15