Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
17-12-2010

Sección 1.3.60.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101217-11

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

ORGANISMO AUTÓNOMO CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES DE MADRID

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Resolución de 15 de diciembre de 2010, del Director-Gerente, por la que se dispone la publicación de las tarifas que regirán durante el año 2011 en las empresas y servicios de transporte de viajeros dependientes del Consorcio Regional de Transportes.

El Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes, en sesión celebrada el 17 de noviembre de 2010, aprobó las tarifas que regirán durante el año 2011 en las empresas y servicios de transporte de viajeros dependientes de este organismo.

La Comisión de Precios del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid, reunida en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2010, ha autorizado las tarifas que habían sido previamente aprobadas por el Consejo de Administración del Consorcio.

En consecuencia, y para general conocimiento, esta Gerencia dispone la publicación del cuadro tarifario, que es el siguiente:

A) Títulos monomodales

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B) Títulos multimodales

— Billete único de 10 viajes (Metrobús), válido para MetroMadrid (red de Metro en la zona tarifaria A, incluido ML-1) y para la Empresa Municipal de Transportes de Madrid: 9,30 euros.

— Billete sencillo combinado, válido para desplazamientos combinados entre los diferentes ámbitos de la red del Metro de Madrid (MetroMadrid, MetroSur, MetroNorte, MetroEste y TFM) y las líneas de los Metros Ligeros: 2 euros.

— Billete de 10 viajes combinado, válido para desplazamientos combinados entre los diferentes ámbitos de la red del Metro de Madrid (MetroMadrid, MetroSur, MetroNorte, MetroEste y TFM) y las líneas de los Metros Ligeros: 15 euros.

— Tarjeta azul: Título personal de validez mensual y utilización ilimitada en la red de MetroMadrid (red de Metro en la zona tarifaria A, incluido ML-1) y para la Empresa Municipal de Transportes de Madrid: 5,50 euros.

C) Abonos de transporte

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— Abono Universidad Alcalá de Henares: 17 euros.

— Tercera edad: 10,90 euros.

— Tercera edad personas con grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100 y familias numerosas categoría general: 8,70 euros.

— Tercera edad miembros de familias numerosas categoría especial: 5,40 euros.

D) Abono anual

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E) Abonos turísticos

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* Niños menores de once años: Descuento del 50 por 100.

F) SE suplemento aeropuerto (*): 1 euro

* Por entrada o salida de las Terminales 2 y 4 del aeropuerto de Barajas. Están exentos de este suplemento los usuarios del Abono Transportes y los trabajadores del aeropuerto.

G) Concesiones de transporte urbano e interurbano por carretera

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H) Criterios comunes a todo tipo de servicios

Los niños menores de cuatro años que no ocupen asiento no precisan título de transporte.

En estas tarifas está incluido el IVA.

Su fecha de entrada en vigor será el 1 de enero de 2011.

Madrid, a 15 de diciembre de 2010.—El Director-Gerente, José Manuel Pradillo Pombo.

(03/47.354/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.60.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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