Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
20-12-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101220-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

83
Modificaciones créditos presupuesto general 2010: 17/2010

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del artículo 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado el 30 de julio de 2010 sobre las modificaciones al presupuesto 17/2010, suplemento de créditos, y 18/2010, crédito extraordinario, que se hace público resumido por capítulos:

Modificación 17/2010

Suplemento de créditos:

— Capítulo VI. Inversiones reales: 425.998,72 euros.

Capítulo de ingresos que financia la modificación:

— Capítulo VI. Enajenación de inversiones reales: 425.998,72 euros.

Modificación 18/2010

Crédito extraordinario:

— Capítulo VI. Inversiones reales: 25.900 euros.

Bajas de créditos que financian la modificación:

— Capítulo VI. Inversiones reales: 25.900 euros.

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Villaviciosa de Odón, a 18 de noviembre de 2010.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(03/45.961/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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