Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
21-12-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101221-66

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación

Subdirección General de Edificación

Departamento de Ordenación

66
Modificación Plan Especial finca sita calle Julián Romea, número 23

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, la Modificación del Plan Especial para la finca sita en la calle Julián Romea, número 23, en el Distrito de Chamberí, promovido por la Fundación Universitaria San Pablo CEU, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

Tercero.—Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, advirtiéndoles de los recursos que procedan en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.”

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Significando que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las Ordenanzas del Plan Especial de referencia:

NORMAS DE PROTECCIÓN

1. Condiciones generales

El edificio está incluido en el ámbito del Área de Planeamiento Específico APE.00.01 del Centro Histórico y está regulado por la Norma zonal 3, grado 1, nivel b.

Está incluido en el Catálogo de Edificios Protegidos con protección de nivel (2) estructural.

En consecuencia, su régimen urbanístico se corresponde con lo señalado para los edificios catalogados con este nivel y grado según las Normas Urbanísticas en su título 4 y, en concreto, en el capítulo 4.3, “La protección de la edificación”, más lo establecido por las Normas de Protección de este Plan Especial (modificación PGOU).

2. Régimen de obras

Dado el nivel y grado de protección, el régimen de obras de aplicación es el establecido en el título 4 de las Normas Urbanísticas del PGOM 1997, “Condiciones de Protección del Patrimonio Histórico y Natural”.

Además de las obras permitidas por el PGOUM, conforme al nivel (2), grado de protección estructural, este Plan Especial permite en todo su ámbito el siguiente tipo de obra de edificación, cuya definición establece el artículo 1.4.10 de las Normas del PGOUM, y la vigente Ordenanza de Tramitación de Licencias:

Obras de ampliación, según las condiciones específicas señaladas en los planos de ordenación.

3. Condiciones de edificabilidad

Mediante el régimen de obras admitidas, se permite la ampliación de la edificabilidad hasta un máximo de 5.555,29 metros cuadrados.

Madrid, a 26 de octubre de 2010.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/10.743/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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